Tareas a domicilio no es relación laboral

La Justicia determinó que no había relación laboral entre una empresa y un confeccionador textil que contrató y que trabajaba desde su hogar. “La relación jurídica adolece de las notas propias de un contrato de trabajo subordinado, que denota la ausencia de la subordinación», indicó el fallo.

Lo resolvió la Sexta Cámara del Trabajo de la Ciudad de Mendoza, integrada por los jueces Eliana Esteban, Orlando Farruggia y Laura Lorente, en el fallo “Gimenez Daniel José C/ Arte Textil S.R.L. y Otros s/ Despido».

El actor interpuso demanda contra dos sociedades, cuyo representante lo contrató para trabajar en su propio domicilio, para armar prendas que le entregaban cortadas. Sostuvo que su tarea era armarlas y remitirlas a la empresa, donde se las lavaba y se vendían.

En su escrito de presentación manifestó que en un principio las tareas las hizo con máquinas propias, pero con el aumento del trabajo la demandada adquirió nuevas máquinas que se las proporcionó. Explicó también que la relación no fue registrada y se lo obligó a inscribirse como monotributista. Ver más

Chofer de pipa que explotó en Xalostoc ingresa a penal

El chofer de la pipa de gas que chocó y explotó en San Pedro Xalostoc, provocando la muerte de 26 personas, Juan Omar Díaz Olivares, ya fue ingresado al penal de Ecatepec, informó la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM).

El conductor que accidentalmente provocó la muerte de 26 personas tras el choque y explosión de una pipa de gas ingresó al penal de Ecatepec.

La dependencia indicó que tras superar el estado de salud que presentaba, elementos de la policía investigadora cumplimentaron la orden de aprehensión contra Díaz Olivares, de 36 años, por los delitos de homicidio, lesiones y daño en bienes, girada por un juez, informó la agencia Notimex.

Refirió que el implicado recibía atención médica en un hospital del Distrito Federal, donde fue dado de alta y minutos después agentes de investigación lo trasladaron al penal de Ecatepec, donde quedó a disposición de un juez.

La PGJEM hará la petición para llevar a cabo la audiencia de imputación, con lo que seguirá el proceso contra el detenido por su probable responsabilidad en los delitos referidos.

Hasta el momento el saldo del accidente ocurrido el 7 de mayo en la autopista México-Pachuca es de 26 personas fallecidas y 10 permanecen hospitalizadas.

Desde el 9 de mayo, el Juez de Control del Distrito Judicial de Ecatepec giró orden de aprehensión en contra de Díaz Olivares, señaló el diario Milenio. Ver más

Un empleado de un cementerio inició un juicio por los problemas auditivos que le causó su trabajo

El superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan Horacio González Gaviola, confirmó el hecho, aunque se mostró optimista ya que que en los últimos años bajó un 35 por ciento la mortalidad por riesgos del trabajo.

González Gaviola también se sorprendió por algunos datos relevados en Rosario.

El superintendente de Riesgos del Trabajo, Juan Horacio González Gaviola, quien está en Rosario haciendo inspecciones en el sector frigorífico y portuario, confirmó hoy que un trabajador de un cementerio jujeño inició un insólito juicio por hipoacusia, además de mostrarse optimista al afirmar que en los últimos 8 años bajó un 35 % la mortalidad por riesgos del trabajo.

«Ocurrió en San Pedro, Jujuy, pero no equivoquemos las prioridades, en el mundo del trabajo hay gente que se queda sorda en serio porque los empleadores no toman las medidas del caso para proteger a los trabajadores», arrancó aclarando en su diálogo con «Todos en La Ocho» el funcionario nacional. Ver más

Procesan a «Camau» Espínola y a empresarios por el derrumbe de un edificio

El intendente de Corrientes, junto a funcionarios y privados, fueron imputados por homicidio y estrago culposo agravados debido al colapso de una obra que causó la muerte de ocho obreros

La Justicia dictó el procesamiento con distintos niveles de responsabilidad y prisión preventiva a empresarios y funcionarios municipales, el intendente de la ciudad de Corrientes Carlos Mauricio Espínola entre ellos en el marco de la causa que se sigue por el derrumbe en una construcción que arrastró a la muerte a ocho obreros.

El episodio fue calificado por diarios locales como «la mayor tragedia en la construcción» de la Provincia. El derrumbe ocurrió el 22 de marzo de 2012, cuando de un sólo golpe 8 operarios perdieron la vida y 2 sufrieron graves heridas al desplomarse una estructura en la cúspide del piso noveno de una obra a raíz de la caída de un tanque de agua.

La titular del Juzgado de Instrucción N° 6 de Corrientes, doctora Graciela Elizabeth Ferreyra, a través de la Resolución N° 805 dictó el procesamiento de los empresarios y funcionarios por encontrarlos prima facie responsables de los delitos de estrago culposo agravado por peligro de muerte y por el resultado de muerte y homicidio culposo agravado. Ver más

La Cámara Nacional del Trabajo elevó la indemnización en una causa por accidente laboral

La Sala IX del tribunal de apelaciones ordenó ajustar las prestaciones por incapacidad según el índice Ripte, aprobado por la ley 26.773, sancionada el año pasado, en un hecho ocurrido en el 2008. Fijó además la fecha para el cálculo de intereses

Fallo Completo

La Sala IX de la Cámara Nacional del Trabajo decidió ajustar los montos de las prestaciones dinerarias por incapacidad permanente de las contingencias laborales ocurridas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 26.773, de acuerdo con el índice RIPTE previsto por el art. 17 inc. 6 de esa norma.

El juez Roberto Pompa, a cuyo voto adhirió el magistrado Alvaro Edmundo Balestrini, sostuvo que «conforme los antecedentes expuestos, el artículo 17, inc. 6) de la ley 26.773 se refiere a las prestaciones dinerarias por incapacidad permanentes sucedidas durante la vigencia de la Ley 24.557, el Decreto 1278/00 y el Decreto 1694/09”.

Continúa señalando que las prestaciones dinerarias se ajustarán “a la fecha de entrada en vigencia de la ley conforme al índice RIPTE desde el día 1-1-10”. Ver más

La víctima fue culpable de la explosión

En un caso de una explosión en una estación de servicio que mató a un trabajador, la Justicia atribuyó responsabilidad al demandado y a la víctima, debido a que esta última, “era un técnico especializado” y “contaba con la antigüedad necesaria para seguir el procedimiento”.

La Tercera Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributario de Mendoza determinó que la explosión de un tanque de nafta en una estación de servicio, que terminó en la muerte de un trabajador, fue culpa de la víctima y de la empresa en un 40% y 60%, respectivamente.

La sentencia fue dictada en la causa “Acieff de Carmona Claudia y por sus hijos menores y otros c/ Dinox S.A. y otros p/ Daños y Perjuicios”. La mujer del trabajador fallecido interpuso una demanda por daños y perjuicios contra la empresa dueña de la estación de servicio. En primera instancia se hizo parcialmente lugar a la acción incoada y se dispuso la distribución de las responsabilidades en los porcentajes indicados. La sentencia fuer apelada por ambas partes, por considerarla arbitraria. Ver más