Con respirador artificial atienden en un sanatorio de Reconquista a un peón rural que se accidentó y estuvo caído varias horas hasta que lo encontraron. Familiar pidió al patrón más contención

Rubén González al ser rescatado sobre un acoplado, gravemente herido. Fue el 3 de octubre de 2022.

Rubén González, 61, está internado en la terapia intensiva del Sanatorio Padre Pío, en la Ciudad de Reconquista, tras accidentarse en su lugar de trabajo, en la Estancia «Las Gamitas», propiedad del italiano Domingo Iannozzi, ubicada en la localidad de Golondrina, 100 Km al Norte de Reconquista, por RP31.

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Dos casos: Sufrió acoso y maltrato laboral en un súper. Doble condena por trabajo en “negro”

Después de cinco años de relación laboral en una empresa de supermercados de Bariloche, una trabajadora se dio por despedida de manera indirecta. La relación con su jefe -gerente de la sección en la que se desempeñó- fue atravesada por permanentes tratos denigrantes y carentes de perspectiva de género, según expresó en la demanda judicial. Estas situaciones debilitaron su salud y requirió atención especializada. La trabajadora tuvo dos embarazos en el marco de esta relación de trabajo, detalló la Justicia rionegrina.

El fallo de la Cámara Primera del Trabajo hizo lugar a la presentación y condenó a una cadena importadora y exportadora de la Patagonia a abonar la indemnización que por liquidación correspondiera, más los intereses pertinentes.

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Cartón lleno: Sufrió un accidente que le generó incapacidad y no tenía ART ni estaba registrada

Una trabajadora de Cipolletti sufrió un accidente con una máquina para empanar milanesas y ese episodio le dejó una incapacidad en la mano derecha.

Sin embargo, este episodio no fue un hecho común y corriente, ya que la mujer no contaba con los mínimos derechos que una trabajadora precisa. No tenía ART, no estaba registrada y cobraba menos de lo que establecía la escala salarial.

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Accidente laboral fatal: reunión en la Secretaría de Trabajo

Este martes 27 de septiembre se desarrolló una reunión en el Ministerio de Trabajo – delegación Casilda- entre personas de la Unión Obrera Metalúrgica y representantes de la empresa Silos Bacalini por el lamentable accidente laboral donde perdió la vida un operario el pasado 20 de septiembre en la planta ubicada en 9 de Julio y Ruta 33. La UOM dijo que «el siniestro fue causal de falta de mantenimiento del puente grúa».

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Muerte del obrero en Unión: un acta del Ministerio de Trabajo advierte que no hay constancia de que esté inscripto en una ART

Tras una inspección en el lugar del accidente, un acta del Ministerio de Trabajo precisa que la empresa no acreditó constancia de afiliación a una ART ni de entrega de ropa de trabajo y elementos de seguridad personal al operario.

Un acta de inspección del Ministerio de Trabajo confirma que no hay constancia de que el obrero que murió cuando trabajaba en el Club Atlético Unión esté inscripto en una Aseguradora de Riesgo del Trabajo (ART), lo cual es responsabilidad de la empresa constructora. Tampoco tenía elementos de seguridad.

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Resolución SRT 48/2022: Derógase el CAPÍTULO II del TÍTULO I de la Resolución SRT 20/2021 (Cese de la Incapacidad Laboral Temporaria)

Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2022

VISTO el Expediente EX-2021-30921946-APN-SAT#SRT, las Leyes N° 24.241, N° 24.557, N° 26.425, N° 26.773, N° 27.348, N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus prórrogas, N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus prórrogas, los Decretos Nº 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, Nº 717 de fecha 28 de junio de 1996 y sus modificatorios, Nº 2.104 y Nº 2.105 ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 58 de fecha 1 de abril de 2022, las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO (S.R.T.) N° 298 de fecha 23 de febrero de 2017, N° 20 de fecha 14 de abril de 2021, la Disposiciones de la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas (G.A.C.M.) Nº 4 de fecha 19 de julio de 2021, N° 6 de fecha 7 de diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, se amplió en el país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, prorrogada sucesivamente por los D.N.U. N° 167 de fecha 11 de marzo de 2021 y N° 867 de fecha 23 de diciembre de 2021, hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (O.M.S.) en relación con el Coronavirus COVID-19.

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