Resolución 215/2024: Protocolo de Actuación sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo. Ministerio de Salud Pcia. de Santa Fe

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 21 FEB 2024

VISTO:

El expediente Nº 00501-0201943-1 del S.I.E., por el que se gestiona la aprobación del “Protocolo de Actuación sobre Violencia y Acoso en el Mundo del Trabajo”, de aplicación en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que los trabajadores que se desenvuelven en el ámbito laboral de la salud -profesionales o no profesionales, administrativos, de servicios generales-, reconociendo la complejidad de las organizaciones sanitarias, están expuestos a diversos factores de riesgos, pues están en condiciones de constante e intensa exigencia; en efecto, el trabajo en los servicios relacionados a las prestaciones de la salud se diferencian de otros ámbitos laborales debido a que en estos espacios se trabaja con situaciones que involucran a personas en condición de vulnerabilidad, teniendo contacto directo con el sufrimiento, la pobreza, el dolor, la muerte, etc. a lo que se suma la preocupación por el aumento de demandas por mala praxis;

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El 44 % de los trabajadores del sector químico son mujeres

Según la Encuesta de Población Activa (INE), el sector químico cerró 2023 con el mayor equilibrio de género hasta la fecha. Así, actualmente el 44,4 % de las personas asalariadas en la industria química española son mujeres, mientras que en 2019 eran el 36,2%, lo que supone un crecimiento de 8,5 puntos porcentuales en los últimos cuatro años.

Se trata, además, de una de las industrias menos masculinizadas en comparación con la media de la industria manufacturera en su conjunto, donde las mujeres representan el 28,7 % del total de personas trabajadoras.

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Resolución MTEySS 1.570/2023: Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente 2024-2028

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-141134621-APN-DGD#MT, el Artículo 75, inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por Ley N° 23.849), los Convenios de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) sobre la edad mínima, Ginebra, 1973, N° 138, ratificado mediante Ley N° 24.650, y sobre las peores formas de trabajo infantil, Ginebra, 1999, N° 182, ratificado mediante Ley N° 25.255, la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias, la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N° 26.061, la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente N° 26.390, el Decreto Nº DCTO-2019-50-APN-PTE de fecha 19 de diciembre de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su Artículo 75 inciso 22 introduce en el ordenamiento jurídico numerosos tratados internacionales de los derechos humanos, entre ellos, la Convención sobre los Derechos del Niño que establece, en su Artículo 32, apartado 1, que “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”.

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Las condiciones infrahumanas de los obreros del Camp Nou, con 56 horas de trabajo semanales: «Solo busco un trozo de pan»

Un reportaje de ‘El Periódico’ señala con pruebas la explotación de los obreros. El Barça solo tendría responsabilidad civil.

Un extenso reportaje de El Periódico, que lleva cinco meses de investigación sobre las obras del Camp Nou, ha concluido con varias certezas que conducen a la «explotación laboral» de los trabajadores que están llevando a cabo la remodelación del estadio, cuyos sueldos están por debajo del salario mínimo, no perciben las horas extras y se ven obligados a trabajar incluso los sábados con amenazas de despedido en caso de llegar tarde.

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Detuvieron a policías y bomberos por falsificar habilitaciones en Córdoba

En total, hay siete capturados, varios de ellos actuales o ex funcionarios del cuerpo de Bomberos de la Policía. Allanaron grandes comercios. No se descartan vínculos con el municipio capitalino.

Siete personas fueron detenidas este martes en la provincia de Córdoba acusadas de haber conformado una banda que falsificaba certificados de Bomberos para lograr las habilitaciones de grandes superficies comerciales.

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Un tribunal declara el suicidio de un trabajador como accidente laboral

La sentencia determina que existió «causalidad» con la situación que vivía en su empleo, por lo que su viuda y su hija tendrán que recibir las prestaciones de la Seguridad Social

El suicidio de Juan Manuel Bedia Díez, que tenía 53 años cuando se quitó la vida una mañana de abril de 2021, fue un accidente de trabajo. Así lo dictaminó el 27 de febrero el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria atendiendo a una reclamación de su viuda, Nuria Terán. La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PAÍS, no es pionera, pero sí constituye un reconocimiento infrecuente: desde 1970, el Tribunal Supremo ha dictado menos de una decena en este sentido.

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