La salud y la seguridad en la encrucijada: Informe anual de la EU-OSHA de 2012

En una coyuntara económica delicada, cuando se está reevaluando a todos los niveles el valor de la seguridad y la salud en Europa, la EU-OSHA sigue abogando por no recortar la inversión de las organizaciones más inteligentes en este ámbito. En su informe anual más reciente, la Agencia demuestra una vez más hasta qué punto esta inversión puede resultar rentable, tanto en términos éticos como económicos.

Comunicado de prensa

En un contexto de incertidumbre económica permanente, la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA) presenta en su Informe Anual correspondiente 2012 la intensa labor desarrollada por el organismo a fin de promover la importancia que reviste para todo tipo de empresa una adecuada labor preventiva en materia de seguridad y salud en el trabajo.

En un momento en que se debate la próxima estrategia que sustituirá a la aplicada por la Unión Europea en materia de SST durante el período 2007-2012, la Dra. Christa Sedlatschek, Directora de la EU-OSHA, sostiene que este es el momento de abogar, más que nunca, desde un punto de vista etíco y económico, por la salud y la seguridad en el lugar de trabajo. Ver más

Salud y seguridad en el trabajo: la Comisión inicia una consulta pública sobre el futuro marco de actuación de la UE

La Comisión Europea ha iniciado una consulta pública para recabar las percepciones y aportaciones del público a raíz de los resultados de la evaluación de la estrategia europea de salud y seguridad en el trabajo (2007-2012), que ha de ayudar a definir los retos actuales y futuros en el ámbito de la salud y seguridad en el trabajo y a buscar soluciones para abordarlos. Todos los ciudadanos y todas las organizaciones están invitados a participar en esta consulta, que estará abierta del 31 de mayo al 26 de agosto de 2013. Se busca principalmente la participación de representantes de las autoridades públicas de los Estados miembros, de organizaciones sindicales y patronales y de otras partes y expertos con interés en el ámbito de la salud y la seguridad en el trabajo. Ver más

El sentido común aplicado a la Seguridad y Salud en el Trabajo

Dos informes publicados hace poco en el Reino Unido que nos descubrió el amigo David Mairal, revelan que el Gobierno de aquél país está haciendo un rápido progreso en la restauración del sentido común a la seguridad y salud enfocado a ahorrar a las empresas millones de libras y un tiempo considerable cada año.

El primero, escrito por el profesor Ragnar Löfstedt, examina los progresos realizados en la aplicación de las recomendaciones contenidas en «Recuperar la Seguridad y Salud para todos» su informe de 2011. El informe señala que estos cambios ayudarán a las empresas centrarse en el crecimiento en lugar de la burocracia innecesaria.

El otro informe evidencia que el Gobierno ya ha aplicado 23 de las 35 recomendaciones del informe de Lord Young del año 2010 «Sentido Común, Seguridad Común».

El Ministro de Trabajo británico, Mark Hoban justificó las medidas de este modo: Ver más

Larroque presentó un proyecto de ley para regular el trabajo en los call center

La iniciativa presentada por el diputado oficialista estipula una jornada máxima diurna de seis horas, descansos y francos durante los fines de semana

El diputado oficialista Andrés Larroque presentó un proyecto de ley que apunta a regularizar las relaciones laborales entre teleoperadores y empleadores en los centros de atención de llamadas, denominados «Call Center», donde actualmente existen «modalidades de trabajo precarizadas».

El proyecto de ley tiene como objeto regir las relaciones laborales que se entablen en el sector privado entre los teleoperadores y sus empleadores por el trabajo que se preste en los centros de atención de llamadas.

Allí se determina que la jornada diaria de trabajo no podrá exceder las seis horas y la nocturna no podrá ser mayor de cinco horas y media; además de que los trabajadores deberán gozar de al menos dos fines de semana por mes trabajado y durante la jornada diaria se otorgará un descanso de quince minutos cada dos horas efectivamente trabajadas.

En los fundamentos del proyecto presentado por Larroque se expresa también que «una de las tantas consecuencias negativas y de más difícil sustitución, de la imposición del neoliberalismo, ha sido el desarrollo de modalidades de trabajo precarizadas, flexibles, que facilitaron a las empresas políticas de tercerización y/o relocalización de actividades».

Y agrega que «los llamados `call centers´ o `centros de atención de llamadas´ son una de esas modalidades». Ver más

La conducta suicida como riesgo psicosocial en el trabajo

Aunque las causas del acto suicida son múltiples; el ambiente laboral (entorno de trabajo, organización del tiempo de trabajo, organización de las funciones y tareas y estructura de la organización) puede convertirse en precipitante del acto suicida como una consecuencia negativa del estrés laboral, el síndrome de burnout o el mobbing. Por Fernando Mansilla Izquierdo – Psicosociología

En toda Europa se producen suicidios en el lugar de trabajo, pero éstos no aparecen en las estadísticas laborales.

La conducta suicida es un fenómeno multicausal y complejo que ha estado presente en todas las épocas históricas y todas las sociedades, y que se manifiesta por una variedad de comportamientos en un continuo que va desde la ideación en sus diferentes expresiones, pasando por las amenazas, los gestos e intentos, hasta el suicidio propiamente dicho. Además es un fenómeno complejo que incluye componentes biológicos, psicológicos, sociológicos, filosóficos, morales, etc.

Aunque las causas del acto suicida son múltiples; el ambiente laboral (entorno de trabajo, organización del tiempo de trabajo, organización de las funciones y tareas y estructura de la organización) puede convertirse en precipitante del acto suicida como una consecuencia negativa del estrés laboral, el síndrome de burnout o el mobbing. Se ha manifestado que tanto el estrés como el burnout como el mobbing pueden dar lugar a la conducta suicida, pero lo más factible es que la conducta suicida sea generada por una conjunción de factores de riesgo psicosociales como el estrés laboral, el burnout y el mobbing.

Es preciso analizarlos por separado.

Aunque en el medio laboral se pueden dar dos tipos de estrés laboral: el estrés laboral espisódico y el estrés laboral crónico. Es este último el que puede conducir a conductas de suicidio, teniendo en cuenta las diferencias individuales (características personales específicas, expectativas, experiencias pasadas, actitudes, aptitudes y sus propios sentimientos), las circunstancias ambientales y los patrones de conducta.

Hay patrones de conducta específicos que pueden contribuir al estrés laboral. Estos patrones de conducta relacionados con el estrés laboral son de tipo A y C.

El patrón de conducta tipo A lo presentan aquellos sujetos que perciben el entorno como amenazante para su autoestima y para lograr sus objetivos. Son personas muy ambiciosas, agresivas, irritables, irascibles e impacientes.

El patrón de conducta tipo C (Temoshok y Dreher, 1992) muestra características como: estilo verbal pasivo, actitudes de resignación y de sumisión y bloqueo, cooperativos, con deseos de agradar y con inhibición, represión y negación de las reacciones emocionales, especialmente la inhibición de las expresiones agresivas y de ira. Ver más

El área de Salud Laboral de LAB llama en Ginebra a luchar por puestos seguros

Ibon Zubiela, responsable de Salud Laboral de LAB, participó en la reunión de la Federación Sindical Mundial en Ginebra. Habló sobre las consecuencias de Bangladesh y llamó a luchar por la salud en el trabajo.

El área de Salud Laboral de LAB participó esta semana en la reunión de la Federación Sindical Mundial (FSM) sobre Salud y Seguridad en el marco de la 102 Conferencia Internacional del Trabajo (OIT).

El secretario Ibon Zubiela intervino con una ponencia propia sobre «Bangladesh, ejemplo de desigualdad en salud».

Ante los representantes de la FSM, el sindicalista de LAB recordó que «las transnacionales ajustan su responsabilidad legal a cumplir la ley del Estado receptor (Bangladesh) y en ningún caso aceptan cumplir directamente con el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional del Trabajo». Ver más