Resolución SRT 7/2021: Actualización Compensaciones Dinerarias

Ciudad de Buenos Aires, 05/03/2021

VISTO el Expediente EX-2020-12920644-APN-SCE#SRT, las Leyes Nº 24.557, N° 26.417, N° 26.773, N° 27.348, los Decretos Nº 1.278 de fecha 28 de diciembre de 2000, N° 1.694 de fecha 05 de noviembre de 2009, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 4 de fecha 11 de enero 2019, N° 70 de fecha 16 de septiembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo se creó esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.).

Que, en relación al régimen legal de las prestaciones dinerarias, el artículo 11 de la normativa antes indicada en el considerando precedente determina que: “(…) 1. Las prestaciones dinerarias de esta ley gozan de las franquicias y privilegios de los créditos por alimentos. Son, además, irrenunciables y no pueden ser cedidas ni enajenadas. 2. Las prestaciones dinerarias por Incapacidad Laboral Temporaria (ILT) o permanente provisoria se ajustarán en función de la variación del AMPO definido en la Ley N° 24.241, de acuerdo a la norma reglamentaria. 3. El Poder Ejecutivo nacional se encuentra facultado a mejorar las prestaciones dinerarias establecidas en la presente ley cuando las condiciones económicas financieras generales del sistema así lo permitan. (…)”.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) dictó el Decreto N° 1.278 de fecha 28 de diciembre de 2000, que incorporó como apartado 4 del artículo 11 de la Ley Nº 24.557 y su modificatoria, el siguiente texto: “4. En los supuestos previstos en el artículo 14, apartado 2, inciso “b”; artículo 15, apartado 2; y artículos 17 y 18, apartados 1 de la presente ley, junto con las prestaciones allí previstas los beneficiarios percibirán, además, una compensación dineraria adicional de pago único, conforme se establece a continuación: a) En el caso del artículo 14, apartado 2, inciso “b”, dicha prestación adicional será de PESOS TREINTA MIL ($ 30.000). b) En los casos de los artículos 15, apartado 2 y del artículo 17, apartado 1), dicha prestación adicional será de PESOS CUARENTA MIL ($ 40.000). c) En el caso del artículo 18, apartado 1, la prestación adicional será de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000).”.

Que a través del Decreto N° 1.694 de fecha 05 de noviembre de 2009 se actualizaron las referidas compensaciones dinerarias adicionales de pago único en concepto de Incapacidad Laboral Permanente (I.L.P.) y muerte, eliminando los topes indemnizatorios para todos los casos y estableciendo pisos por debajo de los cuales no se reconocerá válidamente el monto indemnizatorio.

Que mediante la sanción de la Ley N° 26.773 se estableció el régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el que se encuentra integrado por las disposiciones de ese cuerpo normativo, por la Ley N° 24.557 de Riesgos del Trabajo y sus modificatorias, por el citado Decreto N° 1.694/09, sus normas complementarias y reglamentarias, y por las que en el futuro las modifiquen.

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ALCOA: CÓMO UN SOFTWARE FUE UNA DE LAS CLAVES PARA AFIANZAR UN PROYECTO DE LIDERAZGO EN SEGURIDAD

Uno de los mayores casos de éxito de liderazgo en seguridad es el de Paul O’Neill en ALCOA. O’Neill demostró que la seguridad puede transformar a toda una organización.

Alcoa es una empresa estadounidense, la tercera más grande productora de aluminio en el mundo. En los años 70 y 80 el sector había experimentado un bajón importante, y la compañía no lo estaba pasando bien. Y para revertir la situación, la compañía contrató como CEO a Paul O’Neill.

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10 años después de Fukushima: autopsia de un accidente nuclear

Un nuevo trabajo de investigación ha documentado la presencia de partículas de cesio gran tamaño y altamente radiactivas en las inmediaciones de los reactores dañados de la central nuclear de Fukushima

Parque de Yamatsuriyama, en la prefectura de Fukushima, Japón
Foto: iStock

Este mes de marzo se cumplen 10 años desde que una desgraciada cadena de acontecimientos provocara uno de los desastres nucleares más sonados del siglo XXI. Así el 11 de marzo del 2011, a unos 130 kilómetros de la costa de Japón y a unos 32 de profundidad en el océano Pacífico se producía el que fue bautizado como el Gran Terremoto de la Costa de Japón. Con una magnitud de 9,1 MW en la Escala Sismológica de Magnitud de Momento, y catalogado como el cuarto terremoto más fuerte detectado en la Tierra durante los últimos 500 años, este daría lugar a un tsunami en el que olas de hasta 15 metros de altura golpearían la costa del país nipón con la mala fortuna de encontrarse en su camino a la central nuclear de Fukushima Daiichi.

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Un trabajador murió al caer de un andamio porque su jefe no llamó a la ambulancia

Un particular episodio sucedió en relación a un accidente de trabajo en Alboraya: una comunidad autónoma de Valencia.

Todo sucedió el viernes a la tarde cuando un trabajador ecuatoriano sufrió una caída desde el andamio que estaba desmontando en un edificio de tres plantas en la calle Tavernes Blanques de esa localidad.

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Muere un trabajador de 61 años al volcársele encima un toro mecánico, en Mercabarna

La víctima mortal era empleado de una empresa logística, veterano con experiencia y estaba a dos años de poder jubilarse. Un total de 708 personas fallecieron en accidentes de trabajo en el 2020, el 2% más que en el año anterior.

Un trabajador de 61 años ha muerto en la madrugada de este viernes en un accidente laboral, mientras operaba dentro del recinto de Mercabarna de Barcelona.

Los hechos transcurrieron cerca de las 3.20 horas, cuando el empleado conducía un toro mecánico y este se le volcó encima; según explicaron fuentes conocedoras del suceso.

El primer visionado de las imágenes de las cámaras de video vigilancia no indica que el siniestro obedeciera a un error humano y tanto el vehículo, como la infraestructura, reunían las condiciones pertintentes de seguridad, según han explicado fuentes sindicales consultadas.

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Muere un motorista con una mochila de Glovo tras chocar contra un camión de la basura en Madrid

El repartidor, que tenía 48 años, sufrió varios traumatismos y entró en parada cardiorrespiratoria. Efectivos del SAMUR intentaron reanimarle durante 30 minutos sin éxito.

Un motorista de 48 años que llevaba una mochila de la empresa de reparto de comida Glovo ha muerto esta noche tras una «colisión frontolateral» contra un camión de la basura en la calle Embajadores, en el distrito madrileño de Arganzuela.

Desde la compañía han asegurado que «la persona fallecida no estaba registrada ni operaba a través de la app de Glovo«, por lo que podría estar trabajando para otra empresa como Uber Eats o Deliveroo y llevar la bolsa de Glovo. Otra de las posibilidades es que el motorista sí trabajara para Glovo, pero no directamente, sino que hubiera alquilado la cuenta que pertenecería a otro titular.

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