Ley 27.548: Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de coronavirus COVID-19

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de coronavirus COVID-19

Artículo 1°- Declaración de Interés Nacional. Declárese prioritario para el interés nacional la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores y voluntarios que cumplen con actividades y servicios esenciales durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de coronavirus COVID-19.

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Decreto 747/2020: Programa de Protección al Personal de Salud ante la Pandemia de Coronavirus COVID-19

DCTO-2020-747-APN-PTE – Ley Nº 27.548. Apruébase reglamentación.

Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-41002476-APN-DD#MS, la Ley N° 27.548 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 987 del 4 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.548 “Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de Coronavirus COVID-19” declara prioritario para el interés nacional la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores, las trabajadoras, voluntarios y voluntarias que cumplen con actividades y servicios esenciales durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de Coronavirus COVID-19.

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Trabajó parada por años y le salieron varices: el súper tendrá que pagarle

Después de acumular miles de horas atendiendo de pie a los clientes, una cajera empezó a sufrir las consecuencias en su salud. Como no quisieron reconocer su patología como accidente de trabajo, los demandó y ganó el juicio.

Sandra trabajó 14 años como cajera y muchas de esas horas las pasó parada, sin una silla donde descansar. Sus dolores en las piernas se convirtieron en várices, más adelante vinieron calambres y después un médico le diagnosticó artritis en una rodilla. Cuando planteó el problema en su trabajo, el supermercado y la ART le dijeron que no era una enfermedad laboral sino un problema suyo. Sandra los denunció y esta semana consiguió un fallo a su favor: tendrán que pagarle por los daños en sus piernas.

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Sigue internado el joven al que una ART debe adaptarle su casa

Tiene 20 años, sufrió un grave accidente de tránsito mientras trabajaba y está en el hospital Santa Isabel de Hungría. La Justicia exigió a la aseguradora hacer las modificaciones en su vivienda para que se produzca la externación.

El joven que sufrió un grave accidente laboral en 2019 y debía ser trasladado desde la clínica Santa Isabel de Hungría a su domicilio para evitar un posible contagio de coronavirus, sigue internado en el centro asistencial privado. Pese a que la Justicia emitió una resolución urgente para que una aseguradora de riesgos del trabajo (ART) se haga cargo de las terapias y de las modificaciones necesarias a su vivienda, la familia denunció que hasta el momento sólo recibió un colchón antiescaras y «un par de cosas más».

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La Pampa: Peón rural sufrió un accidente y la Jueza ordenó que le compren las prótesis y una silla de ruedas antes de dictar sentencia

La jueza civil de primera instancia, Susana Fernández, hizo lugar a la tutela anticipatoria solicitada por un peón rural que sufrió la amputación de una pierna y un brazo, y otras lesiones físicas y psíquicas, a raíz de un siniestro vial.

Fernández, titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y de Minería 1 de Santa Rosa, sostuvo que existe “una urgencia impostergable para adoptar” esa decisión, debido a “la gravedad del cuadro de salud y los daños irreparables” que sufriría el alambrador si tuviera que esperar el dictado del fallo definitivo.

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