Ley 14.371 Ley de Prevención y Erradicación de Violencias y Acoso en el Trabajo (Pcia. de Santa Fe)

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

LEY DE PREVENCIÓN Y ERRADICACIÓN DE VIOLENCIAS Y ACOSO EN EL TRABAJO

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES INICIALES

ARTÍCULO 1 – Objeto. La presente tiene por objeto prevenir, detectar, erradicar y sancionar las violencias y el acoso en el mundo del trabajo, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

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El primer día de clases, colapsó el piso de un aula en una escuela de Sunchales y hay heridos

Mauro Zambon, bombero voluntario de Sunchales, explicó lo sucedido tras el hundimiento del suelo de un aula en la histórica construcción de la ciudad.

En la mañana de este martes, un sector del piso de un aula de la escuela Florentino Ameghino, en Sunchales, colapsó de forma repentina, dejando personas heridas.

El hecho ocurrió alrededor de las ocho de la mañana, justo cuando los estudiantes ingresaban al establecimiento educativo.

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Por ingerir ácido nítrico en su colegio, menor está en cuidados intensivos: otros infantes resultaron lesionados

Su padre aseguró que el menor le pidió a una niña un poco más grande que él que le ayudara a abrir el envase para tomar el contenido

Un menor de 4 años de edad se encuentra recluido en el Hospital Internacional de Colombia (HIC), ubicado en Piedecuesta, Santander, luego ingerir ácido nítrico por accidente en la institución educativa Nuevo Gandhy, al confundir la botella que contenía este químico con una de bebida gaseosa.

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Cómo escaparon los obreros que estaban en la obra en construcción que se derrumbó a una cuadra del Congreso

Ocurrió en la esquina de Combate de los Pozos y Adolfo Alsina después del mediodía. No hubo víctimas ni lesionados

Afortunadamente, no hubo que lamentar víctimas tras el derrumbe en una obra en construcción en el barrio porteño de San Cristóbal que ocurrió este lunes por la tarde, justo a una cuadra del Congreso de la Nación. Es más, los seis obreros que estaban trabajando dentro de la casa antigua en demolición, ubicada sobre las calles Combate de los Pozos y Adolfo Alsina, lograron escapar por sus propios medios y resultaron ilesos.

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Formosa: una maestra rural falleció por la ola de calor

En horas de la siesta, falleció una maestra rural de la localidad formoseña de Ibarreta. Fue identificada como Carmen Soria y cayó de su moto desvanecida por la Ruta 81 a la  altura de la entrada a El Oculto. La docente estaba volviendo de su trabajo, una escuela especial de Estanislao del Campo

Una maestra rural falleció al descompensarse en la ruta en la tarde del jueves en Formosa. Carmen Soria, de 42 años murió tras perder el control de la motocicleta en la que se trasladaba y terminar en la banquina, sin la participación de otro vehículo. Sucedió en la Ruta Nacional N° 81, inmediaciones al acceso de la comunidad El Oculto, jurisdicción de Ibarreta.

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Resolución MTEySS 1.570/2023: Plan Nacional para la Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente 2024-2028

Ciudad de Buenos Aires, 04/12/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-141134621-APN-DGD#MT, el Artículo 75, inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por Ley N° 23.849), los Convenios de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (OIT) sobre la edad mínima, Ginebra, 1973, N° 138, ratificado mediante Ley N° 24.650, y sobre las peores formas de trabajo infantil, Ginebra, 1999, N° 182, ratificado mediante Ley N° 25.255, la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias, la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N° 26.061, la Ley de Prohibición del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo Adolescente N° 26.390, el Decreto Nº DCTO-2019-50-APN-PTE de fecha 19 de diciembre de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Nacional en su Artículo 75 inciso 22 introduce en el ordenamiento jurídico numerosos tratados internacionales de los derechos humanos, entre ellos, la Convención sobre los Derechos del Niño que establece, en su Artículo 32, apartado 1, que “Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social”.

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