La Corte bonaerense confirmó una sentencia en la que una ART fue condenada por su responsabilidad civil en un accidente laboral. Desde la compañía no habían efectuado controles médicos a la accidentada y tampoco sugirió un cambio de posición a los empleadores.
En los autos “E., G. A. c/Municipalidad de Florencio Varela y otro/a s/Accidente”, los integrantes de la Suprema Corte de Buenos Aires (SCBA) confirmaron una sentencia en la que la aseguradora de riesgos del trabajo fue condenada solidariamente por su responsabilidad civil, en los términos del artículo 1.074 del Código del fuero.
Los jueces recordaron que la compañía no brindó ningún tipo de recomendación a la trabajadora de la salud accidentada, así como tampoco lo hizo con sus empleadores, a quienes tenía que sugerirles que no realizara tareas de higienización de otras personas.
En su voto, el juez Eduardo de Lázzari señaló que “inicialmente cuadra destacar que el art. 39.1 de la ley 24.557 -en cuanto eximía de responsabilidad civil al empleador, salvo en caso de dolo- ha sido declarado inconstitucional por el tribunal de grado, en conclusión que no ha sido debidamente cuestionada por la quejosa”. Ver más
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