Disposición GG.SRT 16/2020: Protocolo General para la Prevención del COVID-19. Guía de Recomendaciones para una Reincorporación Gradual Responsable al Trabajo

Ciudad de Buenos Aires, 07/08/2020

VISTO el Expediente EX-2020-18610334-APN-GP#SRT, las Leyes N° 19.587, N° 24.557, Nº 27.541, el Decreto N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020, Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus prórrogas, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 4 de fecha 11 de enero de 2019, N° 15 de fecha 12 de febrero de 2020, N° 22 de fecha 17 de marzo de 2020, N° 29 de fecha 21 de marzo de 2020, las Disposiciones de la Gerencia General (G.G.) N° 5 de fecha 27 de marzo de 2020, Nº 6 de fecha 3 de abril de 2020, la Disposición de la Gerencia de Prevención (G.P.) Nº 3 de fecha 22 de marzo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1° de la Ley N 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo estableció que sus disposiciones se aplicarán a todos los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sea la naturaleza económica de las actividades, el medio donde ellas se ejecuten, el carácter de los centros y puestos de trabajo y la índole de las maquinarias, elementos, dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten.

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Operario está delicado con el 40% del cuerpo quemado

Sergio Cárdenas sufrió un accidente en el yacimiento de Sinopec, en Cañadón Seco. Con casi la mitad de su cuerpo y vías aéreas quemadas, su estado es reservado. Petroleros Privados culpa a la operadora.

En la tarde del martes ocurrió un accidente de trabajo en el yacimiento de Sinopec Argentina, en Cañadón Seco. Se produjo una explosión que lesionó a dos trabajadores. Uno de ellos es un supervisor de la operadora, que sufrió quemaduras leves en el rostro, y está fuera de peligro.

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Resolución ARN 190/2020: Protocolo General de Medidas de Prevención y Seguridad para Emergencia Sanitaria por COVID-19

Ciudad de Buenos Aires, 31/07/2020

VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Ley de Administración Financiera y Sistemas de Control N° 24.156, la Ley de Emergencia Sanitaria N° 27.541, los Decretos DNU N° 260/20 y N° 297/20 y sus complementarios, el Acta Acuerdo CYMAT – ARN N° 1 de firma conjunta, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260/20 se amplió la emergencia sanitaria establecida mediante la Ley N° 27.541, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que en atención a la evolución de la situación epidemiológica se dictó el Decreto N° 297/2020, que dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (ASPO), desde el 20 de marzo hasta el 31 de marzo de 2020, el que fue prorrogado por los Decretos N° 325/2020, N° 355/2020, N° 408/2020, N° 459/2020, N° 493/2020, N° 520/2020, N° 576/2020 y N° 605/2020 hasta el 2 de agosto del corriente año.

Que, asimismo, el Artículo 6° del Decreto N° 297/20 estableció que están exceptuados del cumplimiento del ASPO y de la prohibición de circular las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, entre las que incluyó las actividades y servicios efectuados por las autoridades superiores del gobierno nacional y trabajadores del sector público nacional convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades.

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Encontraron muerto a un trabajador dentro del Ingenio El Tabacal

Recién el lunes se entregará el cuerpo a los familiares. La empresa envió sus “condolencias” a la familia. El Sindicato azucarero denunció explotación.

Un trabajador fallecido junto a “la plataforma de inspección de las cintas de alimentación que conducen a la planta” del Ingenio El Tabacal, fue encontrado este viernes cerca de las 8. Esa es la única información que dio la empresa Seaboard Energías Renovables y Alimentos a cargo de la administración de la empresa ubicada en Hipólito Yrigoyen, pueblo del departamento Orán. Hasta ayer la Policía de la provincia remitía solamente al parte de la empresa como información oficial.

El trabajador fue identificado como Juan Cancino, de 42 años y padre de tres hijos, según informó la empresa en un comunicado oficial.  

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LA CONFIANZA LES COSTÓ LA VIDA A DOS SOLDADORES AL EXPLOTARLES PIPA CON GAS EN ALTAMIRA

Sin medidas de seguridad e higiene opera la empresa Citsa, que se dedica a la limpieza y reparación de pipas, esta tarde dos de sus trabajadores con categoría de soldador al estar maniobrando en la reparación de auto tanque que al meterle soplete, la flama hizo contacto con los residuos y sobrevino la fatal tragedia, explosión por descuido trabajadores que antes de soldar no desgasificarón el contenedor.

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Un juez falla que tomar fotografías de una empleada de baja trabajando en su propiedad no vulnera su intimidad

No todo lo que ocurre entre los muros de una propiedad privada está amparado por el derecho a la intimidad. Las fotografías tomadas por un detective desde la calle al interior de un inmueble pueden constituir prueba válida en un juicio y no vulnerar la intimidad de los fotografiados. Así lo establece el Juzgado de lo Social n. 1 de Soria, en una reciente sentencia de abril de 2020, en la que el juez destaca que «no es íntimo lo que uno mismo realiza a la vista de todos». 

Como apunta el fallo (disponible aquí), para que las imágenes no vulneren la intimidad de los fotografiados en su propiedad (un local, un piso…) se deben reunir dos requisitos. Primero, que el local no se trate de una vivienda habitual. En segundo lugar,que la activididad sea visible para cualquier viandante en el exterior. Así, no existe intimidad si, de forma deliberada, los propietarios se exponen al exterior, por ejemplo dejando las ventanas abiertas o sin cortinas o trabajando desde zonas visibles. 

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