Ley 13.907: Créase el Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional de la Provincia de Santa Fe

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE SANCIONA CON FUERZA DE LEY:

CAPÍTULO I: CREACIÓN

ARTÍCULO 1.- Creación. Créase el Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional de la Provincia de Santa Fe como persona jurídica pública de carácter no estatal.

El ejercicio profesional de las actividades vinculadas con la Higiene y Seguridad en el Trabajo en la Provincia de Santa Fe, se rige por las disposiciones de la presente ley, su reglamentación y por los Estatutos, Reglamentos, Códigos Internos y Resoluciones Administrativas que se dicten y adopten los órganos del Colegio en ejercicio de sus atribuciones.

ARTÍCULO 2.- Definición. A los fines de la presente ley, entiéndese por actividades vinculadas con la Higiene y Seguridad en el Trabajo a aquellas en las que resulta necesario la aplicación de conocimientos y capacidades con el fin de prevenir riesgos a través del mejoramiento continuo de los ambientes laborales.

ARTÍCULO 3.- Profesionales comprendidos. El Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional de la Provincia de Santa Fe, estará integrado por:

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Por un entorno laboral sin riesgos

“[…] es plausible que el MTPE haya emprendido el esfuerzo de asegurar que los trabajadores de nuestro país desarrollen sus actividades en un entorno más seguro y libre de riesgos […].

El Poder Ejecutivo publicó el miércoles pasado el Decreto Supremo Nº 020-2019-TR, que modifica el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo con el propósito de promover una cultura de prevención de riesgos laborales y hacer más pronta la actuación de los inspectores del sector en caso de accidentes seguidos de la muerte del trabajador.

La norma fortalece la fiscalización en seguridad y salud en el trabajo (SST) y refuerza las medidas de prevención de riesgos laborales que los empleadores deberán tomar.

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Condenan a una ART por negar injustificadamente el pago de una indemnización

La Cámara del Trabajo de la ciudad de Villa María condenó a una aseguradora de riesgos del trabajo (ART) a pagar un interés del 5% mensual sobre las sumas adeudadas a un trabajador, en razón de haberle negado injustificadamente el pago de las indemnizaciones que le correspondían por un grave accidente de trabajo. Asimismo, decidió poner en conocimiento de la Justicia penal los hechos denunciados en la causa por los familiares del trabajador para que se investigue la posible comisión de delitos.

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Ley 27521: Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Objeto. El objeto de la presente ley es establecer un “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria” (SUNITI), correspondiente a medidas corporales estandarizadas, regularizado conforme la reglamentación específica que disponga la autoridad de aplicación, con destino a la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria destinada a la población a partir de los doce (12) años de edad.

Art. 2°- Integración normativa. Complementariedad. La presente ley se entiende complementaria del Código Civil y Comercial de la Nación, de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor y de la ley 23.592 de Penalización de Actos Discriminatorios a los fines de su interpretación y aplicación.

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Detectaron trabajadores rurales esclavos durmiendo sobre bidones de agroquímicos

Una flagrante situación de explotación laboral, cinco casos de trabajo infantil y dos de trabajo adolescente, fueron detectados durante la fiscalización efectuada por el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores.

Una flagrante situación de explotación laboral, cinco casos de trabajo infantil y dos de trabajo adolescente, fueron detectados durante la fiscalización efectuada por el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) en dos establecimientos denominados Estancia Santa Elena y Estancia Santa Rosa, propiedad de Ramón Alberto Rodríguez, ubicados en la localidad de Paraje Galarza, en el el departamento Ituzaingó, en la provincia de Corrientes.

Las inspecciones tuvieron lugar el pasado 21 de noviembre en ambos establecimientos, que pertenecen al mismo empleador, dedicados a la actividad forestal, específicamente a la extracción de resina.

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«La mitad de los accidentes de trabajo tienen que ver con hábitos de vida no saludables»

La Junta de Castilla y León inicia una campaña dirigida a los trabajadores y trabajadoras de la Comunidad para que sigan hábitos de vida saludable que prevengan los accidentes laborales . Entre las recomendaciones están hacer ejercicio, llevar una dieta saludable y evitar el tabaco y el alcohol. La jefa de la Oficina Territorial de Trabajo de León, Ana Guerrero Folgueras, también inspectora de Trabajo y Seguridad Social, destaca en esta entrevista que la salud laboral es una asignatura aún pendiente, que hay muchos factores que influyen en la salud de los trabajadores que no están contabilizados como enfermedad profesional y que los siete técnicos de seguridad e higiene en el trabajo son insuficientes para hacer todas las visitas a las empresa que necesita una provincia tan extensa como León.

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