Un accidente en un pozo de YPF en Vaca Muerta dejó dos heridos

Un accidente que se produjo en la madrugada del martes en el yacimiento petrolero La Ribera que la empresa YPF opera en Vaca Muerta, Neuquén, terminó con dos trabajadores heridos, uno de ellos de gravedad.

“En el día de ayer, en horas de la madrugada, YPF controló rápidamente un incidente que se registró en una pileta de un equipo de separación del yacimiento La Ribera, durante una maniobra de rutina para la industria”, informó la empresa en un comunicado. “Apenas registrado el incidente se inició el rol de emergencia y se implementaron las medidas para controlar la situación”, agregó. Seguir leyendo Un accidente en un pozo de YPF en Vaca Muerta dejó dos heridos

Un técnico en seguridad está grave tras quedar atrapado en el derrumbe de un obra

Ocurrió pasadas las 14 en Ovidio Lagos al 800. Fue rescatado por bomberos zapadores.

Un técnico en seguridad de una obra en construcción sufrió graves heridas al quedar atrapado entre los escombros, a causa de un derrumbe en una obra en construcción ubicada en el macrocentro de Rosario. Seguir leyendo Un técnico en seguridad está grave tras quedar atrapado en el derrumbe de un obra

Se complicó el cuadro de trabajador petrolero accidentado e investigan por qué ocurrió el accidente

Daniel Torres, el petrolero accidentado en el pozo La Ribera X1 esta madrugada, afronta un complicado cuadro médico a raíz de que el fuego habría afectado sus pulmones. El trabajador continúa internado en terapia intensiva en Neuquén capital.

El parte médico de las 17 no tuvo noticias alentadoras respecto al estado de salud. Como se informó, un incendio de una pileta le produjo quemaduras en la cara, las manos y las vías aéreas superiores aunque también tendría afectados los pulmones, señalaron fuentes gremiales.

Mientras tanto, se investiga cómo pudo ocurrir el episodio. La empresa Rakiduamn opera separadores y donde ocurrió el incendio no debió haber gas sino sólo producto líquido. Seguir leyendo Se complicó el cuadro de trabajador petrolero accidentado e investigan por qué ocurrió el accidente

Decreto 1742/2018: Reglamento de Salidas Escolares” para todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial (Pcia. Santa Fe)

Decreto 1742/2018: Reglamento de Salidas Escolares” para todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial (Pcia. Santa Fe)

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

29 de Junio de 2018.

VISTO:

El Expediente N° 00401-0263668-2 del registro del Ministerio de Educación, mediante el cual se gestiona la derogación de los Decretos Nros. 4641/83 “Reglamento para Campamentos Educativos” y 1077/78 modificatorio de su similar Nº 1384/77 relativo a las “Excursiones escolares”, proponiendo la aprobación del Reglamento de Salidas Escolares; y

CONSIDERANDO:

Que es necesario redefinir, clasificar y establecer conceptos precisos acerca de las diferentes formas que adquieren las salidas escolares (institucionales, excursiones, viajes de estudio, campamentos, etcétera) a fin de establecer acciones y requisitos concretos para cada una de ellas;

Que en el marco de una activa política de estado, pensada desde la perspectiva de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, surge el desafío de que todos ellos, dentro de la Provincia, cuenten con espacios y tiempos para experimentar actividades fuera del ámbito edilicio de la escuela y para que, a través de experiencias directas sobre los aspectos de la naturaleza, la sociedad y la cultura, adquieran los educandos aprendizajes significativos;

Que las salidas escolares constituyen un espacio de estudio en contacto directo con el entorno cultural, científico, natural y económico-productivo; favoreciendo aprendizajes significativos desde la praxis y el desarrollo y participación en experiencias grupales de convivencia en el ambiente natural,

Que la Ley de Educación Nacional Nº 26206 establece en su Artículo 123º inciso ñ) que las instituciones educativas deberán: “Promover experiencias educativas fuera del ámbito escolar, con el fin de permitir a los/as estudiantes conocer la cultura nacional, experimentar actividades físicas y deportivas en ambientes urbanos y naturales y tener acceso a las actividades culturales de su localidad y otras”, siendo las Jurisdicciones quienes dispongan esta organización;

Que resulta pertinente, a los fines de consolidar en los establecimientos educativos, a través de sus recursos humanos, un cambio en la concepción respecto a la naturaleza de las Salidas Escolares, bajo el control de autoridad educativa, en cuanto a su procedimiento, tramitación e implementación;

Que dichas Salidas Escolares se encuentran bajo control de autoridad educativa, en su condición de parte integrante del Ministerio de Educación y ejecutadas por parte del personal educativo; Seguir leyendo Decreto 1742/2018: Reglamento de Salidas Escolares” para todos los niveles y modalidades del sistema educativo provincial (Pcia. Santa Fe)

Murió luego de que lo picara una araña en Beltrán

Es un hombre de 30 años, empleado municipal. Realizaba tareas en la obra del parque eólico. Analizan el caso.

Gran conmoción causó el fallecimiento de un hombre de 30 años empleado municipal de Luis Beltrán a raíz de una posible picadura de una araña cuando realizaba tareas en la obra de construcción del parque eólico que se encuentra en plena ejecución dentro de Valle Medio. Seguir leyendo Murió luego de que lo picara una araña en Beltrán

Resolución MTySS 203/2018 y MGyRE 426/2018 (Pcia. Santa Fe): Programa “Hablemos Claro – Prevención de los consumos problemáticos en el ámbito laboral”

Resolución MTySS 203/2018 y MGyRE 426/2018 (Pcia. Santa Fe): Programa “Hablemos Claro – Prevención de los consumos problemáticos en el ámbito laboral”

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

21/JUN/2018

VISTO:

El expediente Nº 01601-0094542-0, del registro del Sistema de Información de Expedientes dei Ministerio de Trabajo y Seguridad Social; y

CONSIDERANDO:

Que la presente gestión es instada por la Subsecretaría de Políticas de Empleo y Trabajo Decente, por medio de la cual se tramita la creación del Programa “Hablemos Claro – Prevención de los consumos problemáticos en el ámbito laboral” a implementar conjuntamente con la Agencia de Prevención del Consumo de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (APRECOD);

Que este Ministerio de Trabajo y Seguridad Social tiene, entre otras, la función de entender en la concientización, educación e información a la ciudadanía sobre sus derechos y obligaciones en materia laboral y de la seguridad social, garantizando el pleno acceso a la información y promoviendo una cultura de diálogo (artículo 27, inciso 18 de la Ley Nº 13.509) así como entender en la promoción de la seguridad y salud en el trabajo y de la protección de la vida y la salud en el trabajo (artículo 27, inciso 22 de la Ley Nº 13.509);

Que en el año 2008 se creó el Comité de Salud y Seguridad en el trabajo, posibilitando un marco legal para que trabajadores, trabajadoras, empleadores y empleadoras participen orgánica y responsablemente en la discusión y formulación de políticas laborales encaminadas a la prevención de accidentes y enfermedades del trabajo;

Que en el año 2009 el Gobierno de la Provincia de Santa Fe presenta su primera Agenda de Trabajo, fruto de un proceso de elaboración participativa que logró consolidar la colaboración recíproca de distintos actores de la comunidad santafesina y la Organización Internacional del Trabajo (OIT), planteando como objetivo prioritario “Lograr condiciones sanas y seguras para preservar la vida y la salud psicofísica de los trabajadores y trabajadoras;

Que a través del Decreto Nº 0419/2016 se creó la Agencia de Prevención de Consumo de Drogas y Tratamiento Integral de las Adicciones (APRECOD), dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe, cuyo principal objetivo es articular y coordinar acciones con las diferentes Jurisdicciones para garantizar el tratamiento integral de los consumos problemáticos de sustancias y las adicciones;

Que en ese marco la APRECOD lleva adelante el Programa ABRE Vida en pos de fortalecer programas provinciales existentes y generar nuevos para dar respuestas efectivas a la situación actual;

Que, este Organismo Laboral, a través de la Subsecretaría de Políticas de Empleo y Trabajo Decente, Junto a la APRECOD desarrollaron un ciclo bajo el título de “Hablemos claro”, cuyo objetivo fue sensibilizar y reflexionar sobre el impacto de los consumos problemáticos en los ámbitos laborales, los que estuvieron destinados a delegados dé los Comités Mixtos de Salud y Seguridad en el trabajo, áreas de recursos humanos, asociaciones empresarias y gremiales y público en general;

Que en esas instancias de diálogo se abrieron nuevas demandas por parte de organizaciones sindicales y empresarias que ponen en luz la necesidad de profundizar en un programa preventivo, haciendo necesario la creación del programa “Hablemos Claro”;

Que los objetivos del Plan “Hablemos Claro” son: diseñar e implementar estrategias sostenidas para la prevención y reducción del impacto de los consumos problemáticos de sustancias legales e ilegales en ámbitos laborales, potenciando factores protectores y disminuyendo factores de riesgo; sensibilizar sobre el impacto de los consumos problemáticos de sustancias en el ámbito laboral; asesorar y capacitar a los colectivos del mundo del trabajo (empresas, sindicatos, organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil) para la prevención y abordaje integral de la temática en sus ámbitos; brindar asesoría técnica y acompañar la elaboración de programas de prevención, adaptados a cada contexto laboral y promover el abordaje del consumo problemático en el ámbito laboral en las negociaciones colectivas de trabajo;

Que el Programa “Hablemos Claro” está destinado a trabajadores y trabajadoras, asociaciones empresarias, organizaciones de la sociedad civil, organismos públicos de la Provincia de Santa Fe y al público en general, teniendo como destinatarios prioritarios a sindicatos y sectores empresariales que conforman los Comités Mixtos de Salud y Seguridad en el Trabajo; Seguir leyendo Resolución MTySS 203/2018 y MGyRE 426/2018 (Pcia. Santa Fe): Programa “Hablemos Claro – Prevención de los consumos problemáticos en el ámbito laboral”

Se electrocutó al orinar en una obra, pero no lo indemnizarán

Un Tribunal Extracontractual desestimó la demanda de un joven de 20 años. El hecho ocurrió en 2004 en bulevar Oroño al 500.

Era una madrugada de agosto de 2004 y Mauro C., de 20 años, volvía a pie del boliche. Había caminado nueve cuadras cuando sintió ganas «incontenibles» de orinar. Estaba en bulevar Oroño al 500 y el lugar que le pareció más resguardado para hacerlo fue una obra en construcción que tenía abierta una parte del cerramiento externo de chapa. Entró, orinó y recibió una descarga eléctrica que lo dejó 23 días en terapia con quemaduras en el 10 por ciento del cuerpo. Tras su internación, inició una demanda contra la EPE y contra los dueños del edificio, a quienes reclamaba una abultada indemnización por daños patrimoniales y morales. Hace unos meses, el Tribunal Extracontractual Nº 6 rechazó la demanda al entender que la responsabilidad había sido suya por ingresar en propiedad privada y generar la descarga eléctrica al apuntar el chorro de orina directo contra el tablero eléctrico. Seguir leyendo Se electrocutó al orinar en una obra, pero no lo indemnizarán

La Corte revocó un fallo laboral que condenó a una aseguradora a pagar una indemnización de más de dos millones de pesos por un accidente de trabajo que no fue probado

Con la firma de los Jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda y la disidencia del Juez Horacio Rosatti, la Corte Suprema revocó el fallo de la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que condenó a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), solidariamente con las empleadoras, a indemnizar a un trabajador sin que se hubiera demostrado su responsabilidad en la producción o agravamiento de las lesiones padecidas.

Fallo Corte Suprema

El trabajador demandó un resarcimiento por las secuelas de un accidente que dijo haber ocurrido en enero de 2011. Alegó que mientras operaba una prensa enfardadora de papel sufrió un corte plantar que se le infectó, le ocasionó gangrena y, finalmente, derivó en la amputación de su pierna izquierda. Basó su reclamo en el derecho civil para lograr una reparación integral del daño y no solo la indemnización tarifada de la Ley de Riesgos del Trabajo. Seguir leyendo La Corte revocó un fallo laboral que condenó a una aseguradora a pagar una indemnización de más de dos millones de pesos por un accidente de trabajo que no fue probado