Resolución MTySS Pcia. Santa Fe 377/2020: Capacitaciones Laborales y/o Profesionales (COVID-19)

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

22 OCT 2020;

VISTO:

El expediente N° 01601-0099811-2, del registro del Sistema de Información de Expedientes, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada por el señor Secretario de Coordinación y Gestión sobre la necesidad de establecer una autorización ministerial a las actividades de capacitación Laboral y/o profesional, es conveniente la sanción de una Resolución ministerial estableciendo las condiciones para el desarrollo de las mentadas actividades.

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Decreto 747/2020: Programa de Protección al Personal de Salud ante la Pandemia de Coronavirus COVID-19

DCTO-2020-747-APN-PTE – Ley Nº 27.548. Apruébase reglamentación.

Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-41002476-APN-DD#MS, la Ley N° 27.548 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 987 del 4 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.548 “Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de Coronavirus COVID-19” declara prioritario para el interés nacional la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores, las trabajadoras, voluntarios y voluntarias que cumplen con actividades y servicios esenciales durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de Coronavirus COVID-19.

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Ley 27.555: Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo

Disposiciones.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

RÉGIMEN LEGAL DEL CONTRATO DE TELETRABAJO

Artículo 1°- Objeto. La presente ley tiene por objeto establecer los presupuestos legales mínimos para la regulación de la modalidad de Teletrabajo en aquellas actividades, que por su naturaleza y particulares características, lo permitan. Los aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas.

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Decreto 341/2020: Protocolo de Prevención General Provincial (Pcia Santa Fe)

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

13 abr 2020

VISTO:

Los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, Nº 297/20, Nº 325/20 y Nº 355/20 referidos a la emergencia sanitaria y aislamiento social preventivo y obligatorio, y DNU Nº 367/2020 sobre incorporación como enfermedad profesional no listada al COVID-19.

CONSIDERANDO:

Que la declaración de emergencia pública en materia sanitaria declarada por el artículo 1° de la Ley N° 27541, Decretos Nº 260/20, N°270/20, Nº 297/20, N° 325/20 y Nº 355/20, las Resoluciones regulatorias en materia de prevención en higiene y seguridad dictadas por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación Nº 21/2020 y Nº 29/2020, referentes a la propagación de casos del nuevo coronavirus COVID-19 y motivadas ellas en su declaración como pandemia por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con fecha 11 de marzo de 2020;

Que el Decreto Nº 297/20 dispuso el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y reconoce que la sociedad se encuentra ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes, siendo necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario;

Que por medio de los Decretos de este Poder Ejecutivo N° 0270/20, 0304/20 y 0328/20 la provincia de Santa Fe adhirió a los DNU arriba mencionados;

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Resolución MTySS 41/2020: Protocolo prevención COVID-19 (Pcia. Santa Fe)

SANTA FE, «Cuna de la Constitución Nacional»,

8 de abril de 2020.

VISTO:

Las Leyes Nº 20.744, N° 19.587, N° 24.557, N° 27.541, Nº 10468, los Decretos Reglamentarios Nº 351/79, 911/96, 617/97 y 311/03, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260/2020, N° 297/2020 y 325/2020, las Resoluciones de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.) N° 21/2020 y 29/2020 y las Disposiciones Nº 01/2020, 03/2020, 05/2020 y 06/2020.

CONSIDERANDO:

La declaración de emergencia pública en materia sanitaria declarada por el artículo 1° de la Ley N° 27.541, Decreto Nº 260/2020, N° 270/2020, Nº 297/2020 y N° 325/2020 y sus Resoluciones regulatorias en material laboral dictadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación Nº 202/2020, 207/2020, 219/2020, y por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo de la Nación Nº 21/2020 y 29/2020, referentes a la propagación de casos del nuevo coronavirus COVID-19 y motivadas ellas en su declaración como pandemia por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) con fecha 11 de marzo de 2020.

Que el Decreto Nº 297/2020 dispone el aislamiento social, preventivo y obligatorio, y reconoce que la sociedad se encuentra ante una potencial crisis sanitaria y social sin precedentes, siendo necesario tomar medidas oportunas, transparentes, consensuadas y basadas en las evidencias disponibles, a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario.

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Ley 27521: Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1°- Objeto. El objeto de la presente ley es establecer un “Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria” (SUNITI), correspondiente a medidas corporales estandarizadas, regularizado conforme la reglamentación específica que disponga la autoridad de aplicación, con destino a la fabricación, confección, comercialización o importación de indumentaria destinada a la población a partir de los doce (12) años de edad.

Art. 2°- Integración normativa. Complementariedad. La presente ley se entiende complementaria del Código Civil y Comercial de la Nación, de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor y de la ley 23.592 de Penalización de Actos Discriminatorios a los fines de su interpretación y aplicación.

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