Por lenta, ahora le sale más caro a la A.R.T.

La Justicia Comercial ratificó la multa impuesta a una A.R.T. por incumplir con sus deberes asistenciales en forma inmediata. Las facultades sancionatorias de la Superintendencia fueron ratificadas y la aseguradora tendrá que afrontar una sanción pecuniaria considerable.

La Cámara Comercial confirmó la multa impuesta a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo por las demoras en otorgar las prestaciones asistenciales requeridas por un trabajador que sufrió un accidente laboral. El Tribunal desestimó la defensa de prescripción y ratificó las facultades de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para imponer penalidades pecuniarias a las entidades infractoras.

En 2010 la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.), impuso una multa a Mapfre A.R.T. mediante una resolución administrativa. La sanción fue producto de las infracciones cometidas por la Asegurado de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) a la legislación y en relación con el siniestro sufrido por un trabajador.

La A.R.T. incumplió las obligaciones que le impone la Ley 24.557, de Riesgos del Trabajo. La empresa otorgó en forma tardía las prestaciones de fisioterapia y kinesiología requeridas por el trabajador que sufrió un siniestro laboral. También omitió dar una respuesta oportuna ante los requerimientos de información efectuados por el Departamento de Control de Prestaciones en Especie de la S.R.T.

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La Segunda, Sancor y San Cristóbal darán cobertura de ART a empleadores

La Superintendencia de Seguros autorizó las solicitudes de cinco compañías aseguradoras a cubrir la responsabilidad civil del empleador por muerte o lesiones personales de sus empleados en exceso de las prestaciones dinerarias, contempladas en la Ley de Riesgo de trabajo,

Las empresas Sancor Seguros, Berkley, Equitativa del Plata, Federación Patronal, San Cristóbal y La Segunda ya pueden ofrecer esta cobertura a empleadores y otras cinco compañías podrían sumarse en los próximos días, de acuerdo a la resolución nº 35.550, firmada en el día de hoy.

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Mendoza, sobre la media nacional por muertes en accidentes de laborales

El presidente de ART en la Argentina,Juan Horario González Gaviola, señaló que ha bajado el número sobre todo de muertes en accidentes de trabajo, aproximadamente en los últimos tres años un 30%. Agregó que aún son altos los índices comparados a nivel nacional.

El presidente de ART en la Argentina ,Juan Horario González Gaviola manifestó «viene bajando en forma sustancial especialmente el tema de accidentes mortales y en los últimos tres años ha bajado más del 30%. El logro más importante ha sido la baja muy importante en accidentes mortales.

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Claves para tener en cuenta

1 ¿Qué marco legal rige para determinar la relación laboral entre empresas y teletrabajadores?

-Las leyes que rigen el teletrabajo en relación de dependencia son las mismas que las que rigen para el trabajo. Y éstas son: ley de contrato de trabajo (L. 20.744), ley de accidentes de Trabajo (L. 24.557), ley de seguridad e higiene (L. 19.587). En cuanto a ciertas particularidades del teletrabajo pueden acordarse por medio de un documento privado o en un convenio colectivo. Por otro lado, se encuentran en el Senado dos proyectos de Ley de Teletrabajo que pueden verse en www.teletrabajolegal.org.ar.

2 ¿Cómo pasar de un régimen presencial a uno virtual basado en la productividad?

-En primer lugar se requiere de un análisis de las actividades realizadas en el puesto. Como generalmente se habla de teletrabajo dos o tres veces por semana, hay que reservar aquellas actividades que requieren presencia en el lugar por su relación con los elementos físicos de la misma para los días presenciales y ver las tareas que pueden seguirse a través de objetivos bien definidos para los días de teletrabajo. Es conveniente realizar una prueba que tenga en cuenta la reversibilidad al puesto presencial por cualquiera de las partes (teletrabajador o teleempleador) siempre que haya causas justificadas.

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Accidentes de Trabajo: crean un seguro para lo que no cubre la ART

Se busca evitar que las empresas quiebren ante el reclamo de indemnizaciones altas.

Ante el impacto sobre las empresas de los juicios de accidentes de trabajo, la Superintendecia de Seguros autorizará a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) o compañías de seguros a ofrecer a los empleadores un seguro adicional de responsabilidad civil .

El objetivo es que este nuevo seguro cubra los eventuales reclamos que puedan realizar los trabajadores accidentados o sus familiares – y que son aceptadas por la Justicia -, por encima de las indemnizaciones tarifadas del sistema .

Así las empresas podrán contar con un doble seguro: el actual más otro complementario por la responsabilidad civil .

Para operar este seguro, las compañías aseguradoras deberán contar con la autorización oficial con un capital mínimo adicional al que se requiere para operar en el ramo responsabilidad civil.

La nueva operatoria – según comentaron a Clarín en el sector – se basa en el decreto 1694 de 2009 que reconocía que los fallos de la Corte Suprema habían declarado la inconstitucionalidad de la ley de Riesgos del Trabajo, en cuanto prohibía al trabajador recurrir a la Justicia para reclamar el resarcimiento integral por las lesiones laborales sufridas.

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«La doble vía en los accidentes laborales es una locura»

La jefa de Liberty Seguros se opone a que se demande a la empresa y a la ART

Susana Agustín no anda con rodeos a la hora de opinar sobre la falta de una ley de accidentes de trabajo, una carencia que permite que un accidentado cobre el seguro de una aseguradora de riesgos de trabajo (ART) y además pueda iniciar un juicio civil al empleador. «La doble vía es una locura», dice la presidenta de la norteamericana Liberty Seguros, en referencia a una situación que se vive desde septiembre de 2004, cuando la Suprema Corte declaró inconstitucional el artículo 39 de la ley 24.557 de riesgos del trabajo, que establecía que la única vía de reclamo era la ART.

-¿Qué es lo que más molesta de la falta de una nueva ley de ART?

-Lo que preocupa es que hay una doble vía porque los trabajadores cobran primero la indemnización y después, el reclamo judicial. Por eso digo que si hay doble vía, saquemos el beneficio de litigar sin gastos. La doble vía es una locura, que crea incertidumbre en el empleador y que alimenta una industria del juicio que mueve cuantiosos honorarios.

-La Presidenta dijo que habrá una ley de ART. ¿Le cree?

-La Presidenta dijo que se va hacia eso y yo no puedo pensar lo contrario. Se están haciendo las cosas para que se aclare el tema. Propuestas hay: las nuestras y también las de la CGT, que defienden la doble vía y están impulsadas por el diputado [Héctor] Recalde.

-¿Qué más propone usted?

-Lo que proponemos es que en la nueva ley se contemple más el proceso preventivo y también que se incluyan nuevas enfermedades o siniestros que no se tienen en cuenta hoy. Nosotros, por cuenta propia, trabajamos mucho con la prevención y así logramos reducir mucho la cantidad de accidentes.

-Cuando se estatizaron las AFJP, ¿no temió que las ART corrieran la misma suerte?

-No, no. Porque se trata de cosas distintas. La argumentación del Gobierno en el caso de las AFJP era entendible. Todos sabemos que las AFJP no explicaron muchas cosas que debieron haber explicado.

-¿En qué caso puntual?

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