La Corte Suprema decidió que los jueces laborales no pueden fijar «arbitrariamente» las indemnizaciones

El fallo del tribunal señala que las reparaciones están «tarifadas», es decir, que surgen de una fórmula que considera la edad y el salario de la víctima

Los jueces laborales no pueden aumentar a su arbitrio el importe de la indemnización por accidente de trabajo fijado por la ley, sostuvo este martes en un fallo dividido la Corte Suprema de Justicia.

Con la firma de los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton de Nolasco y la disidencia del juez Horacio Rosatti, la Corte revocó un fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que, según el criterio del Alto Tribunal, había incrementado injustificadamente el importe de la indemnización por accidente laboral. Ver más

Singapur pide mayor esfuerzo mundial al cierre del congreso seguridad laboral

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

Alrededor de 2,78 millones de trabajadores mueren cada año como consecuencia de accidentes y enfermedades ocurridas en los puestos laborales, según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) presentados en este congreso que comenzó el domingo pasado.

Las enfermedades provenientes del trabajo representan ellas solas 2,4 millones de muertes anuales.

En términos del número de víctimas mortales por cada 100.000 trabajadores, la tasa ha pasado de 13,8 en 2003 a 11,3 en 2014. Ver más

Advierten que hay 106 accidentes laborales por día en Santa Fe

Tras la muerte de un operario en la planta de molienda de soja Renova, en la localidad de Timbúes este viernes, desde la Legislatura provincial denunciaron la falta de condiciones de seguridad en las agroexportadoras de la provincia. El diputado Carlos Del Frade, un habitual crítico de las multinacionales cerealeras, advirtió que en la provincia de Santa Fe se registran «106 accidentes laborales por día», según estadísticas de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo. Para el legislador, la cifra «es de terror». “Los que buscan ganarse la vida, la pierden, repetida contradicción cotidiana», señaló. Ver más

Empresa deberá cubrir el tratamiento de un obrero sin ART

La Cámara Segunda del Trabajo de Roca hizo lugar al amparo de un trabajador de 35 años y ordenó a una empresa frutícola la cobertura integral de las cirugías y tratamientos que necesita por las gravísimas lesiones que sufrió en un accidente laboral, sin contar con cobertura de ninguna Aseguradora de Riesgos del Trabajo.

El Tribunal que dictó el fallo estuvo integrado por los jueces Edgardo Albrieu, Adriana Mariani y Daniel Tobares, dado que el amparo fue interpuesto durante la feria judicial de invierno. Ver más

Por qué el horno calero fue una trampa mortal

Por la tarea que realizaban dos operarios, la profundidad en la que quedaron atrapados y el tipo de construcción, las chances de sobrevivir eran mínimas.

En Los Berros, la mayoría de los hombres adultos han pasado alguna vez por una calera. Saben, conocen cómo y qué riesgos se corren. Las medidas de seguridad en las pequeñas caleras de ese distrito no abundan, todo es precario, desde el vínculo laboral hasta la prevención de accidentes de trabajo. Ver más

Intimaron a una ART que se negaba a entregar documentación a un trabajador

El hombre sufrió un accidente laboral y pidió su historia clínica para presentarla ante otro médico, pero desde la aseguradora no accedieron al pedido.

La Cámara Laboral Segunda de Bariloche hizo lugar a acción de Habeas Data e intimó a Provincia ART S.A a presentar ante el Tribunal, la Historia Clínica con todos los estudios y/o certificaciones médicas realizadas por accidente sufrido por un trabajador, como así también todos los elementos y/o documentación existente en su poder.

El fallo indica que la presentación deberá ser realizada en el plazo de cinco días de su notificación, bajo apercibimiento de aplicar una multa diaria en concepto de intereses por cada día de retraso desde el vencimiento del plazo otorgado. La presentación se efectuó ya que la ART no entregó la historia clínica y otra documentación del trabajador, no obstante haber sido solicitada la misma, en virtud del agravamiento de su estado de salud y conforme lo dictaminado por la Comisión Médica. Ver más