1 ¿Qué marco legal rige para determinar la relación laboral entre empresas y teletrabajadores?
-Las leyes que rigen el teletrabajo en relación de dependencia son las mismas que las que rigen para el trabajo. Y éstas son: ley de contrato de trabajo (L. 20.744), ley de accidentes de Trabajo (L. 24.557), ley de seguridad e higiene (L. 19.587). En cuanto a ciertas particularidades del teletrabajo pueden acordarse por medio de un documento privado o en un convenio colectivo. Por otro lado, se encuentran en el Senado dos proyectos de Ley de Teletrabajo que pueden verse en www.teletrabajolegal.org.ar.
2 ¿Cómo pasar de un régimen presencial a uno virtual basado en la productividad?
-En primer lugar se requiere de un análisis de las actividades realizadas en el puesto. Como generalmente se habla de teletrabajo dos o tres veces por semana, hay que reservar aquellas actividades que requieren presencia en el lugar por su relación con los elementos físicos de la misma para los días presenciales y ver las tareas que pueden seguirse a través de objetivos bien definidos para los días de teletrabajo. Es conveniente realizar una prueba que tenga en cuenta la reversibilidad al puesto presencial por cualquiera de las partes (teletrabajador o teleempleador) siempre que haya causas justificadas.
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