El infarto mortal que sufrió un trabajador de Volkswagen Navarra mientras se cambiaba de ropa y se ponía el equipo de protección para su labor debe ser considerado accidente de trabajo y dar lugar a la indemnización y pensión consiguientes, según una reciente sentencia del Tribunal Supremo.
La viuda del trabajador, que murió en abril de 2010 a los 42 años, reclamaba de la Seguridad Social y de la aseguradora Mutua Universal la pensión derivada de muerte en accidente de trabajo, a lo que se negó la aseguradora, a la que los tribunales habían dado la razón hasta que acudió al Supremo.
El alto tribunal recuerda para fundamentar su decisión que «el tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo».
Pero después matiza y precisa que también considera «tiempo de trabajo» determinados «lapsos temporales en los que el trabajador no se halla estrictamente en su puesto, pero sí realizando operaciones indispensables para incorporarse al mismo». Ver más
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