Acoso sexual: buscan imponer fuertes cargas a los empleadores

El proyecto extiende al empleador la responsabilidad por el acoso perpetrado por otro empleado bajo ciertas condiciones. De aprobarse la iniciativa, los empleadores deberían aumentar el control sobre los empleados si quieren evitar incurrir en las fuertes responsabilidades que el proyecto prevé, entre las que figuran indemnizaciones dobles y reparaciones civiles complementarias.

Se trata de una iniciativa del diputado Héctor Recalde, que ingresó el pasado 14 de diciembre. Lo respaldan representantes de todo el espectro político. Prevé que el empleador será co-responsable del acoso sexual perpetrado por un empleado si no responde adecuadamente a la denuncia del hecho.

El diputado Héctor Recalde fue uno de los más prolíficos legisladores de 2006: más de 59 proyectos de ley llevaron su firma y muchos de ellos buscaban modificar el régimen laboral vigente. Una de las últimas iniciativas del diputado es la que busca prevenir y sancionar el acoso sexual.

El proyecto extiende al empleador la responsabilidad por el acoso perpetrado por otro empleado bajo ciertas condiciones. De aprobarse la iniciativa, los empleadores deberían aumentar el control sobre los empleados si quieren evitar incurrir en las fuertes responsabilidades que el proyecto prevé, entre las que figuran indemnizaciones dobles y reparaciones civiles complementarias.

La iniciativa lleva la firma de 14 diputados de las más variadas orientaciones políticas, y es el resultado de una labor de consenso en torno a varias iniciativas de las diputadas Marcela Rodríguez, Miriam Curletti, Soledad Escudero, el diputado Claudio Lozano y el mismo Recalde. Fue presentado en mesa de entradas de Diputados el pasado 14 de diciembre, dentro del período de extensión de las sesiones ordinarias.

El proyecto se suma a una larga lista de iniciativas legislativas que buscan castigar tanto este tipo de conductas como el llamado mobbing, o acoso laboral. Sin embargo, la firma de representantes de casi todos los bloques políticos que integran la Cámara de Diputados hace que ésta iniciativa tenga fuertes posibilidades de convertirse en ley en algún momento de los próximos meses.

El régimen propuesto se aplica a «todo tipo de relación laboral» y también se extiende a las de enseñanza y aprendizaje y a las que surjan de las prestaciones de servicios sanitarios. Define al acoso sexual en términos amplios: todo «acto, comentario reiterado o conducta con connotación sexual no consentida por quien la recibe» es acoso sexual, siempre y cuando «perjudique el desempeño» o el «bienestar personal» de la víctima.

Según los fundamentos de la iniciativa, el acoso sexual constituye «una expresión de violencia que conculca el derecho al trabajo y a la salud», viola la dignidad humana y «provoca consecuencias sumamente perjudiciales sobre la integridad psíquica y física de las personas que lo padecen».

Si bien la norma se aplica tanto para varones y mujeres, el proyecto fue elaborado siguiendo las previsiones contenidas en la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, que tiene jerarquía constitucional y cuyo Protocolo Facultativo fue ratificado a fines de noviembre por el Congreso de la Nación. Normalmente, las víctimas son empleadas de sexo femenino: según una encuesta de 1997 realizada entre empleados del sector público nacional y citada por los propios legisladores, un 47.4% de las mujeres consultadas fueron víctima de acoso sexual.

Principales características

La ley prevé que para que el régimen sea aplicable debe haber una propuesta, presión o requerimiento de tipo sexual no deseado por quien lo recibe. Pero además, debe darse una de las siguientes condiciones:

– El pedido se formula con un anuncio expreso o tácito de causar un perjuicio a la víctima respecto de las expectativas que pueda tener en el ámbito de la relación.
– El rechazo o negativa de la víctima es utilizado como fundamento para la toma de decisiones relativas a dicha persona o a una tercera persona vinculada directamente con ella.
– El acoso interfiere el habitual desempeño del trabajo y provoca un ambiente hostil u ofensivo.
– El acoso produce efectos perjudiciales en las condiciones de empleo, el cumplimiento laboral y el estado general de bienestar de la persona acosada.
– La iniciativa considera que el acoso es de «especial gravedad» cuando la víctima se encuentre en una posición de vulnerabilidad y prevé considerar como acoso también a «todo acto de naturaleza sexual que sin estar dirigido a una persona en particular, cree un clima de intimidación, humillación u hostilidad».

Una de las previsiones más novedosas es la que establece las circunstancias que hacen «presumir» una situación de acoso. Ellas son:

– Advertencias reiteradas al denunciado.
– Persecución telefónica al domicilio de la supuesta víctima.
– Forcejeos físicos entre los dos partes involucradas.
– Demoras injustificadas al denunciante más allá de su jornada laboral.
– Cuando se requieran datos personales sobre la vida sexual del denunciante.
– Regalos con connotación sexual.
– Trato segregativo sin causa justificada.
– Persecución fuera del ámbito de la relación laboral.
– Averiguaciones sobre la vida privada o sexualidad de la víctima.

Mayor control del empleador

En las empresas grandes que cuentan con una amplia planta de empleados de distinta jerarquía, es muy probable que tanto acosador como acosado sean empleados en relación de dependencia. Sin embargo, el proyecto pone obligaciones y responsabilidades a cargo del empleador, incluso en ese caso.

En ese sentido, la iniciativa prevé que el empleador deberá mantener «condiciones adecuadas de respeto» en el lugar de trabajo. Además, deberá adoptar una política interna tendiente a «prevenir, desalentar, evitar y sancionar las conductas configurativas de acoso sexual».

Esto implica que el empleador deberá aumentar el control que ejerce sobre las relaciones laborales dentro de su empresa si quiere evitar las fuertes responsabilidades que la ley le asigna en caso de comprobarse que «toleró» de alguna manera la conducta acosadora de un empleado dentro de su establecimiento.

La iniciativa establece que el trabajador podrá denunciar el contrato de trabajo cuando â?? mediando denuncia – el empleador no tomare las medidas necesarias para evitar y sancionar las conductas. Prevé que en ese caso la indemnización «será del doble de la prevista» para los casos de despido sin causa, «sin perjuicio de las previstas en otras normas que correspondiere».

Además, la persona afectada estará habilitada para reclamar una indemnización civil suplementaria que «no podrá ser inferior al equivalente de diez veces el importe mensual de la suma que resulta del promedio de todas las remuneraciones devengadas en el último año».

Pero incluso si el trabajador acosado decidiera permanecer en su puesto de trabajo, estaría habilitado para reclamar ésta indemnización civil, en la que el empleador será solidariamente responsable junto con el empleado autor de la falta.

Otros proyectos

La iniciativa se agrega a una larga lista de proyectos que buscan castigar el acoso en el ámbito de trabajo.

En ese sentido, la diputada Marcela Rodríguez -firmante del proyecto- presentó en marzo pasado una iniciativa tendiente a castigar el mobbing. La norma impedía despedir a quien denunciase un caso de acoso o persecución psicológica y también a los empleados que fuesen testigos en la denuncia. Además, establecía una responsabilidad solidaria del empleador por todo acto de violencia que ocurra en la empresa, venga de un empleado o de un tercero ajeno a la misma pero con acceso a ella, como por ejemplo, los proveedores.

En tanto, en los últimos tiempos se presentaron varias iniciativas contra el «acoso laboral». Se destacan entre ellas los proyectos del diputado Osvaldo Nemirovsci, de Ada Maza, de Haide Giri y de Gerardo Morales. Para los abogados laboralistas que asesoran a las empresas, la característica principal de este tipo de proyectos es que definen muchas conductas en forma vaga e imprecisa. Ello obligaría a las empresas a extremar las precauciones para evitar incurrir en responsabilidades, lo que conllevaría un lógico aumento del costo laboral.

Además, los expertos consideraron que la amplitud de los términos elegidos por el legislador puede incentivar los reclamos judiciales frívolos, lo que produciría un aumento de la ya de por sí alta litigiosidad laboral.

La iniciativa que es respaldada por un amplio apoyo político fue girada a la comisión de Legislación de Trabajo, que preside el diputado Recalde. Allí será estudiada y podría ser debatida en el recinto el próximo año.

Ramiro Ã?lvarez Ugarte
ralvarez@infobae.com
Fuente: Infobaeprofesional.com – 26/12/2006

Condenan a un consorcio por no tener iluminados los pasillos

La Justicia de Bahía Blanca condenó al consorcio de un edificio de esa ciudad a indemnizar con más de $10.000 a una mujer (no era propietaria), que se cayó por las escaleras y sufrió daños. El tribunal sostuvo que la escalera, en las condiciones en que estaba, era una cosa riesgosa. La demandada sostenía que había culpa de la víctima, porque bajó las escaleras apurada y sin tantear la pared. La juez de primera instancia sostuvo que había culpa concurrente.

Fuente: www.diariojudicial.com

Lo atamos con alambre

La Cámara Civil condenó a un consorcio a indemnizar a un plomero por los daños sufridos cuando se le cayó una mocheta sobre el brazo izquierdo mientras trabajaba. El Tribunal le atribuyó el 90 por ciento de la responsabilidad al consorcio y el 10 restante al actor porque tuvo una deficiente actitud asumida en la emergencia.

Fuente: www.diariojudicial.com

Un niño murió aprisionado bajo un ascensor

El pequeño de 9 años había sido rescatado con vida, pero luego falleció. El accidente se habría producido por desperfectos en los sensores del elevador, en la provincia de Córdoba. La víctima sería familiar de David Nalbandian.

Un niño de 9 años murió hoy después de haber quedado aprisionado bajo un ascensor en un edificio del barrio San Martín de esta ciudad, informó la Policía.

La muerte del menor de edad ocurrió en un complejo habitacional ubicado en calle Tambo 190, aparentemente a raíz de una falla en los sensores de los ascensores.

El niño fue retirado con vida por el Grupo Especial de Salvamento (GES) del Cuerpo de Bomberos y posteriormente falleció, indicaron fuentes policiales.

La víctima de este episodio fue identificada como Lautaro Nalbandián, de nueve años, y la policía no indicó si tiene algún parentesco con David Nalbandián, el tenista nacido en la localidad de Unquillo que actualmente disputa el Masters de Shangai.

Sin embargo, los informantes no precisaron si el niño llegó a ser trasladado a algún centro asistencial. «Habría quedado atrapado en el primer piso, en la puerta del ascensor», dijo una fuente policial presente en el lugar.

Fuente: www.infobae.com

Alarma y evacuación por escape de gas en Villa Devoto

Buenos Aires. Vecinos de cuatro cuadras y una escuela del barrio porteño de Villa Devoto debieron que ser evacuados hoy por los bomberos al romperse un caño de gas de alta presión por la acción de operarios que efectuaban tareas de pavimentación en la zona.

El incidente ocurrió pasadas las 15, cuando los vecinos de la esquina de Gualeguaychú y López, comenzaron a sentir un fuerte olor a gas, por lo que salieron alarmados de sus viviendas y allí comprobaron la rotura del caño.

Tras efectuar la denuncia, los bomberos evacuaron en forma preventiva a los vecinos de cuatro cuadras, dos sobre Gualeguaychú y los otros dos sobre la calle López, al percibir un fuerte olor a gas en todo el barrio, mientras que docentes y alumnos de una escuela de la zona se autoevacuaron.

El director de Defensa Civil, Carlos Zuloaga, dijo a Télam que no hubo personas afectadas en las evacuaciones realizadas y los vecinos se quedaron en las esquinas hasta que pudieron vover a su hogares a las 16.40.

Voceros de Metrogas dijeron que la rotura ocurrió en un caño de 10 milímetros, con una presión de 10 bar, por lo que se prdujo una importante pérdida de fluido.

Indicaron además que la rotura se produjo cuando operarios que efectuaban trabajos de pavimentación con un martillo neumático, ocasionaron la avería en el caño de gas. (Télam)

Fuente: Diario La Capital

Alumnos evacuados y miedo por incendio en un colegio

Las llamas tomaron la cocina y el buffet del establecimiento «Paula Montal», del barrio porteño de Balvanera. Los bomberos controlaron rápidamente las llamas y no hubo víctimas ni daños.

El incendio comenzó a las 11.15 en un colegio ubicado en el centro porteño, cuyos alumnos fueron evacuados solo por precaución, ya que el rápido accionar de los bomberos evitó que haya víctimas.

El siniestro se inició en el buffet, en el primer piso del establecimiento ubicado en Viamonte 1892. La policía cerró al tránsito la esquina de Viamonte y Riobamba mientras aguardaba la llegada de los bomberos.

Una dotación de bomberos controló la situación y ayudó a los alumnos del establecimiento a salir ilesos.

El incendio fue apagado a tiempo y no avanzó a las distintas dependencias del colegio, evitando daños materiales de importancia.

Fuente: www.infobae.com