La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo emitió un histórico fallo, sobre el que ha informado este diario. Con los votos de los camaristas Enrique Arias Gibert y Oscar Zas y la disidencia de María García Melgarejo, la Sala V del tribunal consideró imprescriptible una acción iniciada por la hija de un desaparecido en 1977 en la empresa Dálmine Siderca del grupo Techint. La víctima fue secuestrada en el lugar de trabajo por las Fuerzas Armadas y continúa desaparecida.
En la causa “Ingegnieros, María Gimena c/ Techint SA”, la empresa había solicitado la prescripción de la acción, alegando que se había cumplido el plazo de dos años previsto por la legislación laboral, y el juzgado laboral de primera instancia rechazó la demanda. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó la sentencia de primera instancia y ordenó al juez de primer grado dar curso a la investigación judicial.
La sentencia abre una instancia judicial nueva para las víctimas del terrorismo de Estado. En efecto, de los 30 mil detenidos-desaparecidos y 10 mil presos políticos estimados como víctimas del terrorismo de Estado, más de la mitad serían asalariados, y su desaparición, muerte o arresto podría tener relación de causalidad con su trabajo.