Hubo épocas gloriosas en las que jubilados y trabajadores participaban en la administración de las cajas previsionales.
Argentina es uno de los pocos países en que los trabajadores no participan en el sistema de salud y seguridad.
Llama la atención, pero en nuestro país los protagonistas sociales (trabajadores y empleadores) suelen ser convidados de piedra a la hora de regular las relaciones laborales. En particular, el “ninguneo” a los trabajadores resulta una “contradictio in terminis”, ya que se trata de “sujetos de preferente tutela constitucional”, al decir de nuestra Corte Suprema.
Existen distintos campos en los que puede presentarse esa posibilidad de participación; uno de ellos es a través de los distintos mecanismos que explícitamente establece la Constitución Nacional como intervención de los trabajadores en la superestructura empresaria: colaboración en la dirección, control de la producción y participación en las ganancias de las empresas. Como sabemos, esta disposición sufrió un letargo de cincuenta años sin que hubiera mayor inquietud por activarla, hasta que llegó su “príncipe azul” a despertarla; en lejanos tiempos mejores (hace poco más un año) el inefable Hugo Moyano (en ese entonces, una de las filosas espadas del kirchnerismo, casi una “Escalibur”) propuso un proyecto de ley que aterrorizó al sector empresario, que debía compartir sus ganancias, y hoy ha vuelto – seguramente – a cumplir con el sortilegio que, como sabemos, no puede ser inferior a cien años.
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