Tres Preguntas sobre un Accidente de Trabajo

¿Quién? ¿Cómo? ¿Porqué? Son las tres preguntas que se deben hacer a la hora de analizar un accidente de trabajo.

Un accidente se puede entender como una cadena de eventos que se produce en el entorno de determinado conjunto de condiciones ambientales y que terminan produciendo daños a algo o alguien.

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!Hay que Dejar de Vender Humo en Higiene y Seguridad en el Trabajo!

Empecé a estudiar esta disciplina allá por el año 1994, y desde esa época vengo escuchando que la prioridad la debe tener la seguridad por sobre la producción.

Al principio y por muchos años fui un gran adepto a está idea, pero con el tiempo y la introducción paulatina al mundo de la educación, como docente en materias específicas de la especialidad, esta idea fue mutando.

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¿Es la Seguridad e Higiene en el Trabajo una Inversión?

No puedo afirmarlo desde los conceptos de la contabilidad, no sé si es un debe o un haber o en qué parte del libro contable se debe imputar. Pero desde una mirada más filosófica se puede afirmar que es una inversión. Así lo dicen la mayoría de todos los teóricos en la materia, aunque en verdad es un tipo de esas inversiones donde no se puede saber la rentabilidad real por la dificultad de establecer relaciones claras entre lo invertido y el retorno de esa inversión.  

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Con el Diario del Lunes… lo hubiera evitado

Después de haber vivido de cerca un accidente hay dos aspectos que nos aturden.

El Diario del Lunes nos hace creer que lo pudimos haber evitado.

El Diario del Lunes nos muestra la cara más perversa de la realidad, nos dice qué no hicimos y qué pudimos haber hecho para evitarlo.

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SOBRE EL EJERCICIO PROFESIONAL Y EL COBRO DE HONORARIOS

Otro de los temas que habitualmente sale a debate en distintos foros sobre Seguridad e Higiene en el Trabajo, es sobre los honorarios y más precisamente, cuánto se debe cobrar, y sobre las tablas de honorarios que publican y actualizan algunos colegios.

Sobre el mismo siempre tuve en claro que los honorarios profesionales estaban desregulados, pero nunca encontré el sustento legal a tal idea. Indagando en la normativa legal Argentina dí con el Decreto 2284/91 sobre «Desregulación del Comercio Interior de Bienes y Servicios y del Comercio Exterior. Entes Reguladores. Reforma Fiscal. Mercado de Capitales. Sistema Único de la Seguridad Social. Negociación Colectiva. Disposiciones Generales.» Ver más

SOBRE EL EJERCICIO PROFESIONAL Y LA MATRICULACIÓN

Muchas veces a surgido la pregunta si es necesario matricularse para ejercer el trabajo relacionado a la seguridad e higiene en el trabajo, aunque sobre el tema ya no quedan dudas, es bueno indagar en la normativa legal que nos obliga a tal situación. Para empezemos por el Código Penal que en su artículo 247 encontraremos parte de esa respuesta.

Código Penal. Capítulo III: Usurpación de autoridad, títulos u honores

ARTICULO 247 – Será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente.
Será reprimido con multa de setecientos cincuenta a doce mil quinientos pesos, el que públicamente llevare insignias o distintivos de un cargo que no ejerciere o se arrogare grados académicos, títulos profesionales u honores que no le correspondieren.
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