La Cámara Civil y Comercial de San Isidro ordenó a una empresa constructora a que indemnice a un hombre con más de $100.000 por haber tropezado con una madera que sobresalía de la obra.
Muchas veces, las empresas constructoras no reparan en la necesidad de mantener en orden y de forma correcta las estructuras previas a las edificaciones. En el caso de los autos “Ragonese, Carlos Antonio c/Carbe S.A. y otro s/Daños y perjuicios (sumario)”, los integrantes de la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Isidro entendieron que el actor debía recibir una reparación económica de parte de la empresa denunciada.
En el caso, el hombre tropezó con una madera que sobesalía del encofrado de la obra en construcción, un accidente que le provocó diferentes fracturas y problemas. Por este motivo, los jueces determinaron que la empresa debía pagarle una indemnización de 103.200 pesos.
El juez Carlos Ribera recordó que en una primera instancia “la demanda fue rechazada con fundamento en que el actor no explicó con claridad la mecánica del accidente, motivo por el cual en la sentencia se afirmó que no era posible saber la causa del accidente y por tanto analizar la responsabilidad de la demandada”.
“Además se argumentó que la prueba ofrecida tampoco ilustraba al respecto, con referencia en particular a la declaración del único testigo presencial. También se dijo que en materia de responsabilidad es necesario acreditar la causalidad entre el daño y la conducta de la demandada, por lo cual, al no encontrarse probado tal extremo, la acción fue desestimada”, explicó el magistrado. Ver más