Decreto 1.374/2020: Considerar presuntivamente a la enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2 como una enfermedad de carácter profesional (Pcia Santa Fe)

SANTA FE, «Cuna de la Constitución Nacional»

10 NOV. 2020

VISTO:

El Artículo 34 del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 875/20 del Poder Ejecutivo Nacional, al cual la Provincia de Santa Fe adhiriera por Decreto Nº 1307/20; y

CONSIDERANDO:

Que por dicha norma se modifica el Artículo 4° del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 367/20, incorporándose hasta sesenta (60) días posteriores a la finalización de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 260 de fecha 12 de marzo del corriente año, a los miembros de fuerzas policiales federales y provinciales que cumplan servicio efectivo, entre los casos en que la enfermedad COVID-19, producida por el virus SARS- CoV-2, se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional -no listada- en los términos del apartado 2 inciso b) del artículo 6º de la Ley Nº 24557;

Que la Provincia de Santa Fe adhirió oportunamente al Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 367/20 mediante el Decreto Nº 0341/20, por cuyo Artículo 4° se instruyó a la Dirección Provincial de Autoseguro de Riesgo de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe, a considerar presuntivamente a la enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2 como una enfermedad de carácter profesional, y por lo tanto cubierta por el sistema de autoseguro provincial;

Que si bien al así disponerlo no se discriminó entre sectores de agentes provinciales alcanzados por la medida, al haberse modificado la norma nacional a la cual se adhiriera mediante la incorporación del sector antes aludido, corresponde obrar en consecuencia dejando claramente sentado que el mismo se encuentra alcanzado por la medida;

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Resolución MTySS Pcia. Santa Fe 377/2020: Capacitaciones Laborales y/o Profesionales (COVID-19)

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

22 OCT 2020;

VISTO:

El expediente N° 01601-0099811-2, del registro del Sistema de Información de Expedientes, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada por el señor Secretario de Coordinación y Gestión sobre la necesidad de establecer una autorización ministerial a las actividades de capacitación Laboral y/o profesional, es conveniente la sanción de una Resolución ministerial estableciendo las condiciones para el desarrollo de las mentadas actividades.

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Ley 27.548: Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de coronavirus COVID-19

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de coronavirus COVID-19

Artículo 1°- Declaración de Interés Nacional. Declárese prioritario para el interés nacional la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores y voluntarios que cumplen con actividades y servicios esenciales durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de coronavirus COVID-19.

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Decreto 747/2020: Programa de Protección al Personal de Salud ante la Pandemia de Coronavirus COVID-19

DCTO-2020-747-APN-PTE – Ley Nº 27.548. Apruébase reglamentación.

Ciudad de Buenos Aires, 16/09/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2020-41002476-APN-DD#MS, la Ley N° 27.548 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD Nº 987 del 4 de junio de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.548 “Programa de Protección al Personal de Salud ante la pandemia de Coronavirus COVID-19” declara prioritario para el interés nacional la protección de la vida y la salud del personal del sistema de salud argentino y de los trabajadores, las trabajadoras, voluntarios y voluntarias que cumplen con actividades y servicios esenciales durante la emergencia sanitaria causada por la pandemia de Coronavirus COVID-19.

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Sigue internado el joven al que una ART debe adaptarle su casa

Tiene 20 años, sufrió un grave accidente de tránsito mientras trabajaba y está en el hospital Santa Isabel de Hungría. La Justicia exigió a la aseguradora hacer las modificaciones en su vivienda para que se produzca la externación.

El joven que sufrió un grave accidente laboral en 2019 y debía ser trasladado desde la clínica Santa Isabel de Hungría a su domicilio para evitar un posible contagio de coronavirus, sigue internado en el centro asistencial privado. Pese a que la Justicia emitió una resolución urgente para que una aseguradora de riesgos del trabajo (ART) se haga cargo de las terapias y de las modificaciones necesarias a su vivienda, la familia denunció que hasta el momento sólo recibió un colchón antiescaras y «un par de cosas más».

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MUERE POR EXPLOSIÓN DE EXTINTOR

UNA PERSONA MÁS RESULTÓ LESIONADA

Una fuerte explosión en un aparente taller clandestino de extinguidores provocó que un hombre muriera y su ayudante quedara gravemente herido. 

Los hechos ocurrieron en el número 408 de la calle Morelos, entre Palafox e Independencia, de la colonia Revolución Verde, en Madero. 

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