Disposición GP.SRT 3/2022: Estándares de Uso de Herramientas Digitales para el Registro, Validación, Almacenamiento y Accesibilidad a los Datos Relacionados a la Constancia Digital de Entrega de Ropa de Trabajo y Elementos de Protección Personal

Ciudad de Buenos Aires, 01/12/2022

VISTO el Expediente EX-2022-36319569-APN-SPR#SRT, las Leyes Nº 19.549, 19.587, N° 24.557, los Decretos N° 170 de fecha 21 de febrero de 1996, Nº 434 de fecha 01 de marzo de 2016, Nº 891 de fecha 01 de noviembre de 2017, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 299 de fecha 18 de marzo de 2011, N° 25 de fecha 4 de abril de 2018, N° 13 de fecha 18 de octubre de 2018, N° 4 de fecha 11 de enero de 2019, N° 44 de fecha 15 de mayo de 2020, N° 83 de fecha 23 de diciembre de 2020, N° 66 de fecha 14 de noviembre de 2022, la Disposición de la Gerencia de Prevención (G.P.) Nº 2 de fecha 23 de abril de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Nacional debe procurar la aplicación de mejoras continuas con el fin de agilizar y tornar más eficientes los procedimientos administrativos, como así también, favorecer la celeridad y sencillez de los procesos propendiendo a la eliminación de trámites cuya aplicación generen costos innecesarios.

Que contribuye a la consecución de dicho propósito, la utilización de las nuevas tecnologías, las herramientas informáticas y el uso de los mejores instrumentos, más innovadores y menos onerosos.

Que conforme lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley Nº 24.557, esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) ostenta entre sus competencias la de regulación y supervisión del sistema instaurado por el mentado cuerpo normativo.

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Explota horno en complejo Cangrejera de Pemex, en Veracruz; reportan un herido

La explosión se registró en el horno BA 1101, celda A de la planta fraccionadora de hidrocarburos que forma parte de la línea de producción de este complejo petroquímico.

Una fuerte explosión al interior del complejo petroquímico «Cangrejera» en la zona industrial del sur de Veracruz generó alarma entre los pobladores de la región, además de la movilización de los cuerpos de emergencia de Petróleos Mexicanos (Pemex).

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El día que explotó la refinería de Feyzin

© Georges Vermard / Biblioteca Municipal de Lyon
© Georges Vermard / Biblioteca Municipal de Lyon

El martes 4 de enero de 1966 a las 6:30 horas, dos técnicos de la refinería Feyzin -abierta dos años antes- tomaron una muestra de una esfera de propano. Mantenimiento de rutina. Pero el operador multiplica las malas manipulaciones. Un tapón de hielo formado en una de las válvulas se rompió repentinamente. El propano sale a chorros de repente. Fue imposible para los técnicos poner fin a la fuga y una gruesa capa de gas se extendió por el recinto industrial.

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Muere un trabajador tras caer desde un séptimo piso mientras arreglaba un aire acondicionado

Se trata del segundo accidente laboral de estas características que se produce en Barcelona en menos de una semana

Unidad del SEM atendiendo una emergencia, como la de este miércoles tras caer un hombre desde un séptimo piso en Sant Andreu / EUROPA PRESS

Un hombre de 28 años ha muerto este miércoles en un accidente laboral al caer desde un séptimo piso mientras reparaba un aire acondicionado en un piso en el distrito de Sant Andreu en Barcelona.

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Resolución SRT 66/2022: Constancias Digitales de Visita

Ciudad de Buenos Aires, 14/11/2022

VISTO el Expediente EX-2022-36320309-APN-SPR#SRT, las Leyes N° 19.549, N° 19.587, N° 24.557, los Decretos N° 1.759 de fecha 03 abril de 1972 (t.o. 2017), N° 170 de fecha 21 de febrero de 1996, N° 434 de fecha 01 de marzo de 2016, N° 891 de fecha 01 de noviembre de 2017, los Decretos de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 239 de fecha 26 de diciembre de 1996, N° 310 de fecha 10 de septiembre de 2002, N° 463 de fecha 11 de mayo de 2009, N° 741 de fecha 17 de mayo de 2010, N° 299 de fecha 18 de marzo de 2011, N° 3.194 de fecha 02 de diciembre de 2014, N° 25 de fecha 4 de abril de 2018, N° 13 de fecha 18 de octubre de 2018, N° 4 de fecha 11 de enero de 2019, N° 40 de fecha 29 de abril de 2020, N° 44 de fecha 15 de mayo de 2020, N° 83 de fecha 23 de diciembre de 2020, la Disposición de la Gerencia de Prevención (G.P.) N° 2 de fecha 23 de abril de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el ESTADO NACIONAL debe procurar la aplicación de mejoras continuas con el fin de agilizar y tornar más eficientes los procedimientos administrativos; como así también, favorecer la celeridad y sencillez de los procesos propendiendo a la eliminación de trámites cuya aplicación generen costos innecesarios.

Que contribuye a la consecución de dicho propósito, la utilización de las nuevas tecnologías, de herramientas informáticas y el uso de instrumentos más innovadores y menos onerosos.

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