Ley 13.492 Pcia de Santa Fe: Modifica artículos Ley 10.468 sobre Ley Orgánica de la Secretaria de Estado de Trabajo (actual MTySS) y Actuaciones Administrativas sobre Trabajo y Salud y Seguridad en el Trabajo
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LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Modifícase el artículo 41 de la Ley Nº 10.468, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 41: Las personas de existencia visible o ideal serán sancionadas de acuerdo a las siguientes normas:
1. Las infracciones leves se sancionarán de acuerdo a la siguiente graduación:
a) Apercibimiento, para la primera infracción leve, de acuerdo a los antecedentes y circunstancias de cada caso, evaluadas por la autoridad administrativa de aplicación.
b) Multa del veinticinco por ciento (25 %) al ciento cincuenta por ciento (150 %) del valor mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al momento de la constatación de la infracción.
2. Las infracciones graves se sancionarán con multa del trinta por ciento (30 %) al doscientos por ciento (200 %) del valor mensual del Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente al momento de la constatación de la infracción, por cada trabajador afectado. Ver más