Pilcaniyeu: un trabajador rural cayó de su caballo y deberá ser resarcido por la ART

Según el informe del Cuerpo de Investigación Forense, «el trabajador padeció una incapacidad laboral parcial permanente y definitiva del 17,29%».

El puestero de una estancia cayó de su caballo sobre el piso helado de Pilcaniyeu mientras trabajaba y deberá ser indemnizado por la Aseguradora de Riesgos de Trabajo (ART).

Según informaron desde el Poder Judicial, el hombre prestaba servicios en el establecimiento rural denominado «Estancia Cerro Alto», ubicado en las cercanías de Pilcaniyeu. Estaba a cargo del cuidado y recorrido del campo, los arreglos de alambrados, el control de animales su arreo y traslado e incluso, la esquila. Desarrollaba su labor de manera continua, ininterrumpida y con residencia dentro del campo.

El accidente ocurrió cuando el trabajador rural intentaba subir a su caballo para realizar una recorrida por el campo. Resbaló en el hielo y cayó, apoyando su mano derecha contra el piso nevado, donde había un pedazo de hierro. La caída le provocó una herida cortante en la base del dedo pulgar de la mano derecha.

Fue trasladado al hospital de Comallo, donde suturaron la herida, le aplicaron la vacuna antitetánica y le suministraron analgésicos. Y luego, fue derivado a un sanatorio privado de Bariloche donde recibió prestaciones médicas por parte de la ART. Poco después, continuó con el tratamiento de rehabilitación y si bien la comisión médica firmó el dictamen con «el alta y una incapacidad a determinar», tuvo que retomar su trabajo.

La sentencia de la Cámara Segunda Laboral de Bariloche consideró que «no está controvertido el siniestro sufrido por el trabajador» y por eso, deberá ser indemnizado.

Para determinar el grado de incapacidad, el fallo consideró el informe del Cuerpo de Investigación Forense que, en su dictamen, estableció que «el trabajador, como consecuencia del infortunio sufrido padece una incapacidad laboral parcial permanente y definitiva del 17,29%».

https://www.rionegro.com.ar/pilcaniyeu-un-trabajador-rural-cayo-de-su-caballo-y-debera-ser-resarcido-por-la-art-1744121/

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