14/02/2011
La Cámara del Trabajo de Bariloche hizo lugar al reclamo que realizó un empleado que sufrió una lesión laboral en uno de sus ojos. Los jueces condenaron a Asociart ART SA a pagar la diferencia porque liquidaron las prestaciones dinerarias por incapacidad previstas en la ley con un salario mucho menor al que debían haber tomado para el cálculo.
Los jueces de la Cámara del Trabajo de esta ciudad, Carlos María Salaberry, Ariel Asuad y Juan Alberto Lagomarsino, resolvieron declarar la inconstitucionalidad del artículo 12 de la Ley de Riesgos del Trabajo, que estipula el ingreso base para el cálculo del pago que se le debe realizar a un empleado que sufrió un accidente laboral.