Explosión en planta química deja al menos nueve muertos en noreste de ChinaExplosión en planta química deja al menos nueve muertos en noreste de China

14/04/2011

Al menos nueve personas murieron a causa de una explosión y posterior incendio ocurridos anoche en una planta química ubicada en el distrito de Ranghulu de la ciudad de Daqing, en la provincia nororiental china de Heilongjiang, informaron hoy jueves funcionarios locales.

La detonación se produjo a cerca de las 22:10 hora local del miércoles en un edificio de tres pisos perteneciente a la planta química Fuxin del pueblo de Lamadian, cuando 14 personas se encontraban en su interior, explicó el gobierno local.

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Piden denunciar los abusos en el trabajo

NUEVA YORK – La secretaria del Departamento de Trabajo de Estados Unidos, Hilda Solis animó a todos las personas que trabajen en este país, con o sin documentos, a denunciar en casos de abuso.

«Si alguien no se le paga su salario mínimo, su sobretiempo, o si tienen un accidente del trabajo y no reciben ninguna compensación por ello, necesitan contactar nuestra oficina de Horas y Sueldos («Wages and Hours»). Nosotros no vamos a dar su información a ninguna otra agencia, todo es confidencial. Queremos saber si hay gente afectada, queremos que la gente nos llame y trabaje con nosotros», dijo Solís enfáticamente.

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Nueve personas murieron tras explosión en una fábrica de productos químicos en China

14/04/2011 – 00:44

De los 14 trabajadores presentes en el lugar, sólo cinco consiguieron escapar del recinto. Bomberos aun investiga las causas del siniestro.

Nueve personas murieron a consecuencia de una explosión que tuvo lugar en una fábrica de productos químicos en la ciudad de Lamadian, en la provincia nororiental china de Heilongjiang, informó la agencia Nueva China.

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OCURRIÓ EN UN TINGLADO

12 . 04 . 2011 | 01:59

Accidente de trabajo le costó la vida a un obrero

A las 11.40 se produjo un accidente de trabajo con una víctima fatal en la Capital de Tucumán, más precisamente en Mendoza 1140. Se trata del obrero Carlos Giménez, de 24 años, quien se desplomó desde un tinglado mientras reparaba un aire acondicionado. Murió en el acto.

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Trabajo seguro, trabajo digno

La Cámara Laboral ordenó a un frigorífico a que indemnice a un trabajador por las condiciones de “precariedad” que debiera afrontar mientras trabajaba y que derivaran en un accidente que lo dejó paralítico.

La sala VII de la Cámara Laboral, integrada por Juan Carlos Morando, Estela Milagros Ferreirós y Gregorio Corach, condenó a un frigorífico a indemnizar a un empleado que mientras realizaba tareas de pintura tuvo un accidente que lo dejo paralítico.

Se trata de la causa “PRD c/ Frigorífico Los Ángeles S.R.L. y otros s/ Accidente – Ley Especial», que se inició luego de que el trabajador sufriera un accidente mientras se desempeñaba como operario del frigorífico.

Según la denuncia presentada por el empleado, fue enviado a realizar tareas de pintura en un tanque de agua “sin elementos de seguridad ni capacitación” y “en momentos en que cumplía dichas tareas cayó al vacío, lo que le provocó pérdida de conciencia”. A raíz del accidente quedó con secuelas irreversibles como “la pérdida de la movilidad de su cuerpo desde la cintura para abajo, lo que le imposibilita caminar”.

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Por lenta, ahora le sale más caro a la A.R.T.

La Justicia Comercial ratificó la multa impuesta a una A.R.T. por incumplir con sus deberes asistenciales en forma inmediata. Las facultades sancionatorias de la Superintendencia fueron ratificadas y la aseguradora tendrá que afrontar una sanción pecuniaria considerable.

La Cámara Comercial confirmó la multa impuesta a una Aseguradora de Riesgos del Trabajo por las demoras en otorgar las prestaciones asistenciales requeridas por un trabajador que sufrió un accidente laboral. El Tribunal desestimó la defensa de prescripción y ratificó las facultades de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo para imponer penalidades pecuniarias a las entidades infractoras.

En 2010 la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (S.R.T.), impuso una multa a Mapfre A.R.T. mediante una resolución administrativa. La sanción fue producto de las infracciones cometidas por la Asegurado de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) a la legislación y en relación con el siniestro sufrido por un trabajador.

La A.R.T. incumplió las obligaciones que le impone la Ley 24.557, de Riesgos del Trabajo. La empresa otorgó en forma tardía las prestaciones de fisioterapia y kinesiología requeridas por el trabajador que sufrió un siniestro laboral. También omitió dar una respuesta oportuna ante los requerimientos de información efectuados por el Departamento de Control de Prestaciones en Especie de la S.R.T.

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