Una mujer murió al caer de un décimo piso en Belgrano

Aparentemente, la mujer, que trabajaba como empleada doméstica, estaba limpiando las defensas vidriadas de un balcón y cayó al vacío

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Una mujer murió este mediodía al caer de un décimo piso, presumiblemente mientras limpiaba las defensas vidriadas de un balcón de un departamento ubicado en el barrio porteño de Belgrano. Ver más

Una alumna sufrió una descarga eléctrica en la escuela Nigelia Soria

Estudiantes de la Escuela Provincial de Danzas N°5032 denuncian problemas edilicios graves. Este año ya hubo suspensión de clases por cortocircuitos producidos por filtraciones de agua

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Luna almorzaba con sus amigos en el comedor de su escuela el jueves pasado, donde está ubicada una estructura de hierro con una enredadera, cuando sufrió una descarga eléctrica durante algunos segundos. Luego de que la joven denunciara que el colegio no respondió ante lo ocurrido, el Centro de Estudiantes convocó a una sentada para denunciar las malas condiciones edilicias, que se realiza este viernes en sus instalaciones. Ver más

Dos operarios murieron tras electrocutarse mientras trabajaban en Luján

El hecho ocurrió pasadas las 13 en la zona industrial. Uno de ellos falleció en el acto y el otro murió momentos después en el hospital.

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Dos operarios murieron este mediodía mientras trabajaban en una torre de electricidad en en calle Brandsen, en la zona industrial de Luján de Cuyo. Ver más

Explosión en una empresa del Parque Industrial de Junín: hay un herido grave

Ocurrió esta mañana, alrededor de las 10.30, en la fábrica de calefones MIR Adalberto Unipersonal. Bomberos trabajó en el lugar. Un hombre de 30 años sufrió quemaduras y fue trasladado de urgencia al hospital.

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Una explosión ocurrida esta mañana, alrededor de las 10.30, en la empresa MIR Adalberto Unipersonal -que fabrica calefones, tendederos, reposeras-, situada en el Parque Industrial de Junín, dejó como saldo un hombre de 30 años -identificado como Juan Calderón- con heridas severas producto del terrible estallido. Ver más

Resolución 158/2016: Condiciones de Trabajo para el Personal que se Desempeña en la Actividad de NUECES Y SUS VARIEDADES

Resolución 158/2016: Condiciones de Trabajo para el Personal que se Desempeña en la Actividad de NUECES Y SUS VARIEDADES

Boletín Oficial Resolución 158/2016: Condiciones de Trabajo para el Personal que se Desempeña en la Actividad de Nueces y sus Variedades

Buenos Aires, 08/11/2016

VISTO, el Expediente N° 1-206-53 825/16 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente la Comisión Asesora Regional N° 3 eleva a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario una propuesta de condiciones de trabajo para el personal que se desempeña en la actividad de NUECES Y SUS VARIEDADES, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RÍOS.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido los representantes sectoriales en cuanto a la pertinencia de establecer las condiciones de trabajo para la mencionada actividad, debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL
DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Fíjanse las condiciones de trabajo para el personal que se desempeña en la actividad de NUECES Y SUS VARIEDADES, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RÍOS, conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA JULIA SQUIRE, Presidenta, Comisión Nacional de Trabajo Agrario. — Dr. HUGO EZIO ERNESTO ROSSI, Rep. Ministerio de Agroindustria. — Dr. ALBERTO FRANCISCO FROLA, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. — Lic. DANIEL EDUARDO ASSEFF, Rep. CONINAGRO. — Sr. RAMÓN ERNESTO AYALA, Representante UATRE. — Sr. JORGE ALBERTO HERRERA, Representante UATRE. Ver más

Resolución CNTA 150/2016: Condiciones de Trabajo para el Personal que se Desempeña en la Actividad YERBATERA

Resolución CNTA 150/2016: Condiciones de Trabajo para el Personal que se Desempeña en la Actividad YERBATERA

Boletín Oficial Resolución CNTA 150/2016: Condiciones de Trabajo para el Personal que se Desempeña en la Actividad Yerbatera

Buenos Aires, 07/11/2016

VISTO, el Expediente N° 613/15 del Registro del MINISTERIO de TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO

Que por Resolución N° 89 de fecha 28 de diciembre de 2009 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario se aprobaron las condiciones de trabajo para el personal que se desempeña en la actividad YERBATERA, en el ámbito de la Provincia de MISIONES y los departamentos de Ituzaingó y Santo Tomé de la Provincia de CORRIENTES.

Que en el citado expediente la entonces Comisión Asesora Regional NEA eleva a la Comisión Nacional de Trabajo Agrario una propuesta de modificación de determinadas cláusulas contenidas en la mencionada Resolución.

Que se considera prioritario reforzar y ampliar el contenido protectorio de las normas que regulan el trabajo agrario en general y con carácter específico aquellas referidas a los trabajadores no permanentes.

Que la actividad objeto de tratamiento es desarrollada de manera mayoritaria por trabajadores encuadrados en el referido colectivo, razón por la cual al cumplir las cláusulas acordadas en el seno de la misma con el objetivo señalado en el párrafo precedente, debe procederse a su determinación.

Que, asimismo, y a fin de facilitar un mejor ordenamiento de la normativa vigente se decide establecer el nuevo texto completo.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26 727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL
DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Establécense las condiciones de trabajo para el personal que se desempeña en la actividad YERBATERA, en el ámbito de la Provincia de MISIONES y de los departamentos de Santo Tomé e Ituzaingó de la Provincia de CORRIENTES, conforme se consigna en el Anexo que forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA JULIA SQUIRE, Presidenta, Comisión Nacional de Trabajo Agrario. — Dr. HUGO EZIO ERNESTO ROSSI, Rep. Ministerio de Agroindustria. — Dr. ALBERTO FRANCISCO FROLA, Rep. Confederaciones Rurales Argentinas. — Lic. DANIEL EDUARDO ASSEFF, Rep. CONINAGRO. — Sr. RAMON ERNESTO AYALA, Representante UATRE. —Sr. JORGE ALBERTO HERRERA, Representante UATRE. Ver más