Tragedia en Sáenz Peña: operario murió al caer dentro de un silo de girasol

El fatal accidente ocurrió ayer, un operario se encontraba dentro del silo, cuando de repente se desmoronó quedando atrapado.

Según pública el portal termal, Periodismo365, a las 18.30 horas de ayer, Martín Vallejos de 28 años de edad, oriundo de Sáenz Peña, realizaba tareas de limpieza dentro de un silo de la Cooperativa Unión Agrícola Avellaneda, en el predio del Parque Industrial de nuestra ciudad. Ver más

Un hombre resultó quemado tras la explosión de un tanque de combustible en Guaymallén

La víctima estaba soldando cuando se desencadenó el accidente. Terminó con quemadura facial en el hospital Lagomaggiore.

Un hombre de 40 años resultó con severas quemaduras este mediodía en Guaymalllén tras una explosión en un tanque de combustible. Ver más

Servidumbre y trata en dos talleres textiles inspeccionados por la AFIP

El 96% de trabajadores no estaban registrados por su empleador, trabajaban más de 12 horas y cobraban salarios por debajo del mínimo establecido por la ley.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detectó, en dos talleres textiles, que el 96% de trabajadores no estaban registrados por su empleador, trabajaban más de 12 horas y cobraban salarios por debajo del mínimo establecido por la ley. El procedimiento se realizó en dos talleres textiles clandestinos ubicados en Merlo, provincia de Buenos Aires, y en el barrio porteño de Mataderos. Ambos se dedicaban a la confección de jeans. Ver más

Atrapado dentro de un Silo de cereal

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Accidentes in itinere: ordenan pagar la indemnización pese a que el trabajador cambió de trayecto

Para el máximo tribunal cordobés, la modificación no fue sustancial y que podrían haber existido circunstancias que lo obligaron a tomar esa decisión. Los empleadores consideran que es un hecho imposible de prever y que impacta en las alícuotas

Las empresas y aseguradoras se muestran preocupadas por los numerosos litigios vinculados con los accidentes laborales camino a la casa o al trabajo, también conocidos como «in itinere», que padecen los dependientes.

Entre los más comunes se encuentran la colisión de vehículos, las caídas en la calle que provocan esguinces o fracturas o los robos con lesiones en la vía pública. Se estima que este hecho representa casi un 30% de la siniestralidad laboral.

Si bien no ponen en duda que el empleado debe ser indemnizado por completo para lograr la mejor recuperación posible y, en caso de no lograrlo, obtener un ingreso que le permita subsistir decorosamente, la discusión en este punto radica en quién debe hacerse cargo de esa reparación. Ver más

Resolución SRT 25/2018: Sistema Electrónico de Relevamiento General de Riesgos Laborales (R.G.R.L.)

Resolución SRT 25/2018: Sistema Electrónico de Relevamiento General de Riesgos Laborales (R.G.R.L.)

Boletín Oficial Resolución SRT 25/2018: Sistema Electrónico de Relevamiento General de Riesgos Laborales (R.G.R.L.)

Ciudad de Buenos Aires, 04/04/2018

VISTO el Expediente EX-2018-09044588-APN-SMYC#SRT del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la Ley Nº 19.549, Nº 24.557, N° 25.506, las Resoluciones S.R.T. N° 635 de fecha 23 de junio de 2008, N° 365 de fecha 16 de abril de 2009, N° 463 de fecha 11 de mayo de 2009, N° 741 de fecha 17 de mayo de 2010, modificatorias y reglamentarias, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto por la Ley Nº 24.557 corresponde a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) regular y supervisar el Sistema de Riesgos del Trabajo.

Que a efectos de optimizar el funcionamiento integral de dicho Sistema, esta S.R.T. dictó la Resolución S.R.T. Nº 463 de fecha 11 de mayo de 2009, a través de la cual se aprobó la Solicitud de Afiliación y el Contrato Tipo de Afiliación.

Que en el mentado cuerpo normativo se estableció la obligación por parte de los empleadores de presentar un Relevamiento General de Riesgos Laborales (R.G.R.L.) como parte integrante del Anexo I de la Solicitud de Afiliación.

Que en función de lo previsto en la mentada norma, el R.G.R.L. debe ser completado obligatoriamente en todos sus campos por el empleador o profesional responsable, revistiendo los datos allí consignados carácter de declaración jurada.

Que por otro lado, la Resolución S.R.T. N° 741 de fecha 17 de mayo de 2010, modificatorias y reglamentarias, determinó plazos y procedimientos a efectos del cumplimiento por parte de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) de su obligación de registrar e informar a esta S.R.T., los R.G.R.L. de los empleadores contratantes.

Que desde la sanción de la norma precitada, el ESTADO NACIONAL ha propiciado distintos programas tendientes a la modernización de la Administración Pública, mediante iniciativas de transformación, innovación, mejora continua e integración de los procesos.

Que en el marco de la política de modernización de la Administración Pública que impulsa el Gobierno Nacional, la S.R.T. consideró necesario implementar proyectos encaminados a promover la digitalización de los procesos, para de este modo permitir la creación, el registro y el archivo de documentos electrónicos en medios electrónicos, para fomentar la despapelización.

Que al respecto, el artículo 48 de la Ley N° 25.506 establece: “Implementación. El Estado nacional, dentro de las jurisdicciones y entidades comprendidas en el artículo 8º de la Ley 24.156, promoverá el uso masivo de la firma digital de tal forma que posibilite el trámite de los expedientes por vías simultáneas, búsquedas automáticas de la información y seguimiento y control por parte del interesado, propendiendo a la progresiva despapelizacion”.

Que en la actualidad, las A.R.T. envían una versión escaneada del R.G.R.L. documental, que es suscripto por los empleadores manualmente; sin embargo, se han producido inconvenientes con la metodología vigente.

Que en este contexto, la Subgerencia de Monitoreo y Control, entendió necesario impulsar mediante un acto administrativo, la creación y mantenimiento por parte de las A.R.T., de un sistema electrónico de R.G.R.L. para el intercambio entre éstas y los empleadores obligados, prescindiendo de la firma hológrafa, lo cual redundará posteriormente en la exigencia a las A.R.T. de la presentación del R.G.R.L. en formato digital. Ver más