Cuál fue el desastre tecnológico que cambió la normativa ambiental europea

La explosión en 1976 de la fábrica de Seveso, en un pueblo de los Alpes italianos, no solo liberó al exterior enormes cantidades de un veneno usado en la guerra de Vietnam, sino que obligó a la Unión Europea a imponer una regulación ambiental sin precedentes

La catástrofe ambiental fue conocida como el “desastre de Seveso” , un incendio industrial ocurrido en una pequeña planta química en la región de Lombardía, Italia

Hasta mediados del siglo XX, el paradigma de desarrollo de posguerra no incluía la variable ambiental: contaminar era apenas un subproducto no deseado pero inevitable. Pero el 10 de julio de 1976, en el norte poderoso de Italia, más precisamente en Seveso, nació la era la contaminación industrial. Y el pánico asociado.

Allí, dando trabajo a un bucólico pueblo de los Alpes pero sin significar ninguna amenaza, funcionaba la planta ICMESA, subsidiaria de la suiza Hoffman-La Roche, que fabricaba un pesticida conocido como 2,4,5 T. Un incendio en el interior de la planta provocó la liberación de una cantidad nunca determinada de un subproducto mortal de aquel herbicida. Seguir leyendo Cuál fue el desastre tecnológico que cambió la normativa ambiental europea

«El pueblo envenenado»: cuando el terror y el duelo se adueñó de una apacible comarca italiana

Sucedió hace 41 años: una enorme nube de veneno dejó muertos, heridos, quemados e intoxicados, pero no logró que que los parroquianos del bar abandonaran la picada y la tele. El relato periodístico, en primera persona

La experiencia de un periodista en las calles de una ciudad que golpeada por el desastre ecológico seguía como si nada hubiese ocurrido

El 9 de julio del 76, a las 12.37 del mediodía, una explosión en la fábrica de químicos ICMESA tendió un manto de veneno mortal sobre el municipio de Seveso, a 25 kilómetros del norte de Milán, entonces de apenas diez mil almas. La enorme nube tóxica obligó a una estampida no sólo de sus empleados y obreros: de más de la mitad de sus habitantes.

Ese mismo día, lejos de celebrar la independencia, partí a Roma, hice transbordo hacia una Milán desierta (pronto empezaba el ferragosto, el abrasador verano itálico, y el éxodo de los milaneses era casi total), me alojé en el antiguo Grande Hotel Delle Palme, digno de un film de Luchino Visconti, ese irrepetible esteta, y al otro día tomé un tren, también desierto, con destino al lugar del desastre. Seguir leyendo «El pueblo envenenado»: cuando el terror y el duelo se adueñó de una apacible comarca italiana

Tragedia en Guaymallén: murió un niño de un año atropellado por un autoelevador

Al parecer la víctima se soltó de los brazos de la madre y corrió hacia donde estaba el vehículo, que andaba en ese momento en reversa.

Un trágico hecho se produjo este mediodía en una fábrica de salsas de Guaymallén. Un niño de tan sólo un año y ocho meses murió luego de ser atropellado por un autoelevador Sampi. El suceso ocurrió a las 12.30 en la empresa Tuxedo, ubicada en calle Mitre de La Primavera. Seguir leyendo Tragedia en Guaymallén: murió un niño de un año atropellado por un autoelevador

Gran Rosario: la UNR detectó graves fallas de seguridad en la construcción

Un estudio de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) arrojó que sólo el 4 por ciento de las pequeñas construcciones en localidades aledañas contaron medidas de prevención para evitar caídas. Los docentes advirtieron sobre la informalidad de la actividad y los peligros para los trabajadores. Sólo el 7 por ciento de los obreros usaba casco al momento del relevamiento.

La Facultad de Arquitectura y Diseño de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) elaboró un informe llamado “Relevamiento y análisis de las condiciones de salud y seguridad en obras de pequeña y mediana escala en el área de Rosario”, con el fin de crear una herramienta para el diagnóstico y el diseño de modelos de gestión en la prevención. Se estudiaron obras en Alvear, Pérez, Granadero Baigorria, Villa Gobernador Gálvez, Pueblo Esther, Soldini, Zavalla y Roldán. Ayudados por estudiantes y divididos en quince grupos enviados a cada localidad, salieron a tomar los datos de las condiciones de higiene y seguridad en las construcciones. El resultado no fue el mejor. La mayoría no cumplía con las condiciones de seguridad mínimas para evitar accidentes de trabajo. Seguir leyendo Gran Rosario: la UNR detectó graves fallas de seguridad en la construcción

Análisis del Artículo 187. Emergencias. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

El tema emergencias en la normativa citada, así como en el resto de la legislación en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo, brilla por su ausencia, salvo alguna que otro texto suelto como el artículo 187 que pasaremos a analizar.

Artículo 187. — El empleador tendrá la responsabilidad de formar unidades entrenadas en la lucha contra el fuego…

Análisis: Es una obligación, y no un logro o beneficio social empresarial, que el empleador disponga de su propia Brigada de Emergencias. En realidad el artículo habla de fuego como si fuera la única emergencia que pudiera tener una empresa. Después de casi 40 años, ya entendimos que una empresa puede tener otras emergencias no asociadas necesariamente a la problemática del fuego, y por lo tanto la «unidad» debe estar preparada para todas ellas.
Esta exigencia también tiene su justificación teórica. Una empresa o empleador se beneficia con los peligros que adopta para producir con ellos bienes o servicios. Es su obligación legal y moral, hacerse cargo y estar preparado para enfrentar a los posibles daños que un peligro fuera de control pudiera ocasionar. Las brigadas públicas, llámense éstas bomberos voluntarios o del estado, están obviamente para colaborar, pero su función principal es atender a la problemática de la población civil. Además, las Brigadas Públicas no siempre están preparadas y tienen recursos suficientes para afrontar la problemática dentro de una empresa, en especial las de alto riesgo. Seguir leyendo Análisis del Artículo 187. Emergencias. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Análisis del Artículo 181/182/183/184/185/186. Sistema de Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Artículo 181. — Corresponderá al empleador incrementar la dotación de equipos manuales, cuando la magnitud del riesgo lo haga necesario, adicionando equipos de mayor capacidad según la clase de fuego, como ser motobombas, equipos semifijos y otros similares.

Artículo 182. — Corresponderá al empleador la responsabilidad de adoptar un sistema fijo contra incendios, con agente extintor que corresponda a la clase de fuego involucrada en función del riesgo a proteger.

Análisis: Estos son los típicos artículos donde el estado delega en el empleador toda la responsabilidad de auto-determinar que necesita, sin ni siquiera aportar una sola referencia o dato. Seguir leyendo Análisis del Artículo 181/182/183/184/185/186. Sistema de Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Análisis del Artículo 173/174/175. Inciso 5, 6 y 7 Anexo VII. Condiciones de Situación, Construcción y Extinción. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Los artículos 173, 174 y 175 no dicen nada en especial más allá de definir qué significan las condiciones de situación (artículo 173), las de construcción (artículo 174) y de extinción (artículo 175). En los tres casos, las condiciones se establecen en los inciso 5, 6 y 7 del Anexo VII al que se suma el Cuadro de Protección Contra Incendios.

Artículo 173. — Las condiciones de situación, que constituyen requerimientos específicos de emplazamiento y acceso a los edificios, conforme a las características del riesgo de los mismos, se cumplimentarán según lo establecido en el Anexo VII. Seguir leyendo Análisis del Artículo 173/174/175. Inciso 5, 6 y 7 Anexo VII. Condiciones de Situación, Construcción y Extinción. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Análisis del Artículo 171. Sector de Incendio. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Para entender el análisis y alcance del artículo 171, que establece condiciones al Sector de Incendios, primero es conveniente empezar analizando la definición de Resistencia al Fuego (Inciso 1.10 Anexo VII) y la de Sector de Incendios (Inciso 1.11 Anexo VII).

1.10. Resistencia al fuego: Propiedad que se corresponde con el tiempo expresado en minutos durante un ensayo de incendio, después del cual el elemento de construcción ensayado pierde su capacidad resistente o funcional.

Análisis: En términos simples se puede decir que la resistencia al fuego es el tiempo que un elemento pierde la capacidad de cumplir la función para la cual fue diseñado. Si hablamos de una estructura portante, es el tiempo que esa estructura sometida a los efectos de un incendio colapsa y se derrumba.
El concepto de Resistencia al Fuego está en relación con la capacidad de evacuación del humo de incendio y por consiguiente del calor de la combustión, cuando menos capacidad de evacuar humo tenga un sector de incendio, o cuanto más rápido se genera el calor, más tiempo de resistencia al fuego necesita para compensar la mayor velocidad de aumento de la temperatura de la estructura. Seguir leyendo Análisis del Artículo 171. Sector de Incendio. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Análisis del Artículo 170. Materiales. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Tanto el artículo 170 como el párrafo 6 del artículo 160 hablan de cómo tiene que ser los materiales en relación al tema de incendio.

Empezaremos repasando parte del artículo 160.

Artículo 160 párrafo 6: En la ejecución de estructuras portantes y muros en general se emplearán materiales incombustibles, cuya resistencia al fuego se determinará conforme a las tablas obrantes en el Anexo VII y a lo establecido en las normas y reglamentaciones vigentes según lo establecido en el Capítulo 5 de la presente reglamentación. Seguir leyendo Análisis del Artículo 170. Materiales. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Análisis del Artículo 169. Depósitos. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

El capítulo 18 sobre Protección Contra Incendios tiene muchas carencias, y una de ellas es el desorden en algunos artículo y temas. Hay artículos multi temas, que tratan varios temas distintos dentro del mismo artículo y también un tema aparece en distintos artículos sin guardar un orden que permita relacionarlos fácilmente. Hay algunos aspectos regulados que se pierden en el desorden planteado por la norma.

El artículo 169 es un artículo que reúne estas dos nefastas características.

Artículo 169. — En todos los lugares en que se depositen, acumulen, manipulen o industrialicen explosivos o materiales combustibles e inflamables, queda terminantemente prohibido fumar, encender o llevar fósforos, encendedores de cigarrillos y todo otro artefacto que produzca llama… Seguir leyendo Análisis del Artículo 169. Depósitos. Protección Contra Incendios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo