De esta forma, se equipara la cobertura por accidente o enfermedad laboral de los trabajadores domésticos a la contemplada para los trabajadores del Régimen General.
El 4 de noviembre de 2011, se ha aprobado el Real Decreto por el que se establece la protección por contingencias profesionales – accidente de trabajo y enfermedad profesional – a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Empleados de Hogar. De esta forma, se equipara la cobertura por accidente o enfermedad laboral de los trabajadores domésticos a la contemplada para los trabajadores del Régimen General.
Así, desde el 1 de enero de 2011, por la previsión establecida en la Ley General de Presupuestos de 2011, en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional las empleadas de hogar tienen derecho al subsidio por Incapacidad Temporal (baja laboral) a partir del día siguiente al de la baja. La cuantía diaria del mismo es del 75 por cien de la base reguladora.