SOBRE EL EJERCICIO PROFESIONAL Y LOS COLEGIOS

Dado que el tema se viene repitiendo en distintos foros sobre que algunos Colegios Profesionales pueden emitir matrícula a nivel nacional, es decir, que los habilitaría a trabajar en todas las provincias con el sólo hecho de estar matriculados en un sólo colegio, por lo general con base en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), y por consiguiente no haría falta matricularse en cada jurisdicción en la que se quiera trabajar, viene bien repasar algunas normativa al respecto

1) Ley 24.521. Ley de Educación Superior

Artículo 42- Los títulos con reconocimiento oficial certificarán la formación académica recibida y habilitarán para el ejercicio profesional respectivo en todo el territorio nacional, sin perjuicio del poder de policía sobre las profesiones que corresponde a las provincias. Los conocimientos y capacidades que tales títulos certifican, así como las actividades para las que tienen competencia sus poseedores, serán fijados y dados a conocer por las instituciones universitarias, debiendo los respectivos planes de estudio respetar la carga horaria mínima que para ello fije el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades. Ver más

Hablando un Poco de Programas “Cero accidentes”

perfilDespués de muchos años de profesión me sigue llamando la atención la idea del CERO ACCIDENTE, de empresas que se vanaglorian de haber obtenido cero accidentes durante un año o más; y lo primero que se me viene a la cabeza en éstas situaciones es: cuánta información han debido barrer debajo de la alfombra para lograrlo. Sigo siendo reacio a este tipo de objetivos.

El CERO ACCIDENTE no existe, hay muchas razones teóricas que lo sustentan y que en lo posible iremos desarrollando.

Tener como objetivo un parámetro no alcanzable o irreal, convierte al objetivo en una carga muy pesada para todos.

Si este pesado e irreal objetivo baja desde los altos niveles jerárquicos de la empresa, puede ser interpretado como «acá no queremos a accidentes» y lo que se logra en realidad es que no los denuncien, por el solo hecho de no contrariar un objetivo de estas características, además, de inducir a la mentira para lograr un objetivo irreal.

Si los trabajadores no denuncian los accidentes, convierte al programa de seguridad en algo muy poco sustentable y con muy altas posibilidades de no lograr los resultados deseados; un día va a pasar un «gran accidente» y no se va a poder explicar por qué ocurrió.

Los accidentes tanto «industriales» como «sociales» son una realidad de la cual no vamos a escapar tan fácilmente. Social y laboralmente vivimos rodeados de peligros, que son esas cosas que adoptamos porque nos producen un beneficio directo o indirecto en nuestra calidad de vida, pero estos peligros son como una moneda, tiene dos caras, una es el beneficio que nos producen y la otra los daños que potencialmente pueden ocasionar, a los que normalmente identificamos como accidentes cuantos estos daños se manifiestan. Ver más

El Camino de la Seguridad

Después de mucho tiempo en borrador y quizás con las ideas un poco más claras he podido dar por finalizado este nuevo libro relacionado a la seguridad en el trabajo y los accidentes. Es posible que contenga errores ortográficos y gramaticales, espero sepan disculpar. Se aceptan críticas y propuestas.

21-01-2016 17-23-56

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Dinámica de las Explosiones Industriales

Se acaba de publicar la segunda edición del libro «Dinámica de las Explosiones Industriales». En esta oportunidad se mejoraron las explicaciones de algunos ítem para hacerlos más fáciles de comprender, y se re-ordenó la estructura interna de los temas para lograr una más acabada compresión de la totalidad y complejidad de la temática.

Dinámica de las Explosiones Industriales

Espero que esta edición sería del agrado de Uds. y no duden en escribir antes consultas, errores y mejoras. Ver más

Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y de Medicina el Trabajo. Dto. 351/79. Parte II

Leer antes:

Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y de Medicina el Trabajo. Dto. 351/79. Parte I

El Objetivo Fundamental es común a ambos Servicios y la Misión Fundamental es particular para cada uno de ellos. No hay que confundir el Objetivo y Misión Fundamental, con el objetivo de la Higiene y Seguridad en el Trabajo establecido en el Artículo 4º de la ley 19.587. Este último es el objetivo que persigue toda la actividad y que deben tener como norte todos los actores sociales del sistema.

Servicio de Medicina del Trabajo

Misión Fundamental: El Artículo 5 del Dto. 1338/96 establece la Misión Fundamental para el Servicio de Medicina del Trabajo (MT) y empieza diciendo: «…tiene como misión fundamental promover y mantener el más alto nivel de salud de los trabajadores…». Acá la norma comete el primer error al hablar del «más alto nivel», éste es un concepto muy altruista pero indefinido, además, de poco realista, el Servicio de MT debe como mucho mantener la salud de los trabajadores, no le podemos pedir que los trabajadores salgan «más sanos» de lo que entraron o que eviten o minimicen los achaques propios del paso del tiempo, esto es propio de otro sistema de salud. Ver más

Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y de Medicina el Trabajo. Dto. 351/79. Parte I

Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo (HyST) y de Medicina del Trabajo (MT) tienen como punto de partida la Ley Nacional 19.587 de Higiene y Seguridad en el Trabajo, que en su artículo 5 inciso a) establece: «creación de servicios de higiene y seguridad en el trabajo, y de medicina del trabajo de carácter preventivo y asistencial».

Dto. 351/79. Reglamento General de Higiene y Seguridad en el Trabajo

El Título II del Anexo I del Dto. 351/79 que habla de los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo, y de Medicina del Trabajo fue derogado y reemplazado por el Dto. 1.338/96. Este decreto sólo se aplica al reglamento del Dto. 351/79 y no a todos los demás.

Obligación de los Servicios: El artículo 3 establece que ambos servicios son OBLIGATORIOS para TODOS los establecimientos, y en este punto es importante distinguir entre la figura del «establecimiento» y de la «empresa». Ver más