Dado que el tema se viene repitiendo en distintos foros sobre que algunos Colegios Profesionales pueden emitir matrícula a nivel nacional, es decir, que los habilitaría a trabajar en todas las provincias con el sólo hecho de estar matriculados en un sólo colegio, por lo general con base en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), y por consiguiente no haría falta matricularse en cada jurisdicción en la que se quiera trabajar, viene bien repasar algunas normativa al respecto
1) Ley 24.521. Ley de Educación Superior
Artículo 42- Los títulos con reconocimiento oficial certificarán la formación académica recibida y habilitarán para el ejercicio profesional respectivo en todo el territorio nacional, sin perjuicio del poder de policía sobre las profesiones que corresponde a las provincias. Los conocimientos y capacidades que tales títulos certifican, así como las actividades para las que tienen competencia sus poseedores, serán fijados y dados a conocer por las instituciones universitarias, debiendo los respectivos planes de estudio respetar la carga horaria mínima que para ello fije el Ministerio de Cultura y Educación, en acuerdo con el Consejo de Universidades. Ver más