Categoría: Judiciales
INDAGARAN A DUEÑAS EMPRESA AVICOLA DENUNCIADA POR TRABAJO ESCLAVO
29 de junio de 2011 • 13:16
Se trata de la presidenta de Nuestra Huella, Alejandra López Camelo y la subdirectora Lucía Teressa, quienes debían declarar hoy pero solicitaron una prórroga, que les fue concedida, por lo que deberán declarar el viernes.
Ambas directivas deberán explicar cómo era el tratamiento de residuos tóxicos en esa empresa, ya que se investiga si los agroquímicos empleados allí fueron los causantes de la muerte por cáncer de Ezequiel Ferreyra, de 7 años, quien vivía y trabajaba en una de las granja de esa firma.
El abogado de la Fundación Alameda, Carlos Beinhzin, explicó a Télam que «consideramos que el medio en el que vivía Ezquiel era apto para causarle el cáncer que tuvo, hay un vínculo entre el agrotóxico y el cáncer del niño», fallecido en noviembre de 2010. Ver más
La A.R.T. responde solo ante causas laborales
La Justicia Laboral rechazó la demanda interpuesta por la esposa de un trabajador que falleció de una enfermedad pulmonar y solicitó que la A.R.T. se hiciera cargo. Sin embargo, se consideró que no había “causalidad” entre las tareas que desempeñaba el hombre y la razón de su deceso.
La Sala X de la Cámara del Trabajo, integrada por los vocales Daniel Stortini, Gregorio Corach y Enrique Brandolino, revocó una sentencia de primera instancia y rechazó la demanda de una mujer que solicitaba que se responsabilice a la A.R.T. por el deceso de su marido, a causa de una enfermedad pulmonar.
En el caso, el trabajador que falleció estaba encargado del traslado y custodia de personal jerárquico de su empleadora. El deceso del hombre tuvo lugar por un edema agudo de pulmón, al que se sumó su condición de paciente cardíaco a la fecha de su ingreso al empleo y que padecía de diabetes sacarina.
Anulan condena un año cárcel a gerente empresa por un accidente laboral
Murcia, 1 jun (EFE).- La Audiencia Provincial de Murcia ha anulado la sentencia del Juzgado de lo Penal número Uno de Cartagena que hace ahora un año condenó a un año de prisión a la gerente de una empresa agrícola ubicada en Torre Pacheco por un accidente laboral.
La sentenciadel Juzgado, a la que ha tenido acceso Efe, declaró como hechos probados que el accidente laboral se produjo en las instalaciones de la empresa, ubicada en la población pachequera de El Jimenado, el 27 de mayo de 2006, cuando un trabajador sufrió lesiones en una mano cuando participaba en las labores de enganche de un apero al tractor que era accionado por un compañero.
El manual contra la explotación laboral
El Procurador General de la Nación, Esteban Righi, aprobó un protocolo de actuación para los fiscales en las causas en las que se investigue presuntos delitos de trata de personas con finalidad de explotación laboral.
La Procuración General de la Nación recomendó a los fiscales la utilización de una guía de procedimiento para la detección, investigación y posterior comprobación, en cualquiera de las fases del proceso, en causas por delitos de trata de personas con fines de explotación laboral.
La guía aprobada por el Procurador, Esteban Righi, fue elaborada por la Unidad Fiscal para la Investigación de Secuestros Extorsivos y Trata de Personas (UFASE), y contó con el aporte de magistrados del fuero federal y ordinario de la Capital Federal.
ART deberá pagar $255.000 a un hombre que sufrió un grave accidente en una mano
La Cámara del Trabajo de esta ciudad resolvió hacer lugar a una demanda contra Berkley International ART que promovió un trabajador que sufrió un accidente en su mano derecha, que le causó una incapacidad permanente del 55 por ciento. Por eso, los jueces condenaron a la compañía aseguradora a pagar 255.000 pesos al demandante por las prestaciones dinerarias previstas en la ley de riesgos del trabajo.
La Cámara del Trabajo de esta ciudad hizo lugar a una demanda que un trabajador promovió contra Berkley International ART y la condenó a pagar 255.394 pesos al demandante por las prestaciones dinerarias establecidas en la ley de riesgos del trabajo que la compañía aseguradora no había abonado. La indemnización corresponde por una incapacidad parcial, permanente y definitiva del 55, 27 % que sufrió el trabajador en su mano derecha como consecuencia de un accidente laboral.
Los jueces Juan Lagomarsino, Ariel Asuad y Silvia Baquero Lazcano, como subrogante, establecieron una tasa de interés del 24 por ciento anual desde la fecha del accidente, más otro 12 por ciento de intereses punitorios por el incumplimiento absolutamente injustificado de la aseguradora.