Así lo entendió la Sala Laboral del TSJ de Córdoba, que indemnizó por daño material y moral a un empleado que padeció una “minusvalía total y absoluta” como consecuencia de la explosión de un horno.
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Tretas de algunas empresas para no pagar rápido los seguros de vida
Viedma (ADN).- El caso judicial vinculado con la muerte por accidente de trabajo de un esquilador – presuntamente sufrió un infarto – y la demanda al empleador y al seguro contratado por la patronal, dejó evidenciado los recursos que presentan ante la Justicia algunas compañías de seguro para evitar pagar rápido los convenios estipulados.
Hace pocos días, el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada y dispuso mantener la condena a una compañía de seguro de nivel nacional a pagar, en los límites de la cobertura, las sumas correspondientes, excepto los intereses previos al dictado de la sentencia de Cámara por no haber sido reclamados en la demanda.
Las actuaciones llegaron al STJ a raíz del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por una empresa de seguros contra la sentencia de la Cámara del Trabajo de Viedma, que hizo lugar al reclamo y condenó solidariamente al demandado y a la aseguradora en garantía – en los límites de la cobertura – a pagar la suma determinada de modo discriminado en concepto de indemnización por lucro cesante y daño moral, con intereses y costas.
Aumentaron este año los juicios laborales en Rosario
El dato surge de mesa de entrada de los tribunales provinciales. Lo relacionan a la destrucción de empleo por la crisis. Hubo una suba importante en las demandas por accidentes o enfermedades lugares de trabajo.
La indiscutible recesión económica a causa de la crisis financiera mundial, sumada a los problemas internos, impactaron de lleno en el mercado de trabajo regional, que después del temblor espera para 2010 una recuperación acompasada de la mano de una potencial reactivación de la actividad productiva.
La destrucción de puestos de empleo, más que nada los no registrados, determinó un considerable incremento de las demandas laborales. De acuerdo con datos estadísticos que surgen de la mesa de entrada única en lo laboral de Primera Instancia de los Tribunales provinciales, durante el año que ya se va se contabilizaron 6.300 juicios, contra 5.424 en 2008 y 4.984 en 2007.
La tendencia ascendente también se notó con relación a los accidentes o enfermedades en los lugares de trabajo. En 2009 fueron 6.867 los juicios laborales que se iniciaron por accidentes o enfermedades, mientras que el año pasado se registraron 3.711 demandas y en 2007 se contabilizaron 1.806.
Otro de los ítems que no deja de llamar la atención al repasar la estadística confeccionada en el Palacio de los Tribunales de Balcarce y avenida Pellegrini es el referido a la tutela sindical presentada por obreros que habían sido elegidos como delegados u osaron formar una comisión interna y la empresa los despidió. En 2009 se contaron trece casos de litigiosidad por tutela sindical, lo que significa que el empleador tiene la obligación de reincorporar al trabajador cesanteado, contra ocho tutelas presentadas el año anterior y diez en 2007.
Otro juicio por la explosión en la química que causó 31 muertos en Toulouse
La Fiscalía anunció hoy que recurrirá la sentencia absolutoria de ayer por la explosión de la planta química AZF que causó 31 muertos y gravísimos daños materiales a las afueras de Toulouse en 2001, con lo que habrá un nuevo juicio que debería celebrarse en un año.
El fiscal del caso, Michel Valet, justificó su recurso por «la convicción muy fuerte» de que el mortífero suceso del 21 de septiembre de ese año estuvo originado por «errores y negligencias múltiples y caracterizadas que comprometen la responsabilidad penal demostrada de la empresa Grande Paroisse (propietaria de AZF) y de su director».
Para Valet, después de que todos los inculpados hayan sido absueltos, organizar un nuevo juicio «es un deber absoluto con todas las víctimas».
Precisamente, las asociaciones de víctimas han estado clamando su indignación desde que se hizo público el dictamen y advirtieron de que la exculpación de todos los imputados «abre la puerta a la delincuencia industrial» y favorecerá la irresponsabilidad de las empresas sobre los riesgos de su actividad.
Durante el juicio, que se había prolongado durante ocho meses – tras más de seis años de instrucción -, el Ministerio Público había pedido tres años de cárcel exentos de cumplimiento y una multa de 45.000 euros de multa contra el que era el director del complejo químico en el momento del siniestro, Serge Biechlin, así como otros 225.000 para Grande Paroisse, filial de Total.
Sin embargo, el Tribunal Correccional de Toulouse no los condenó porque, según su dictamen, «no puede fundar su juicio en hipótesis y probabilidades» y eso aunque «el daño es patente y los errores están en relación con la mezcla de productos incompatibles», en concreto una sustancia clorada con nitrato de amónico.
Para los jueces, falta un último eslabón para la prueba de que la sustancia clorada se vertió desde un contenedor sobre un montón de nitratos.
Al margen de la dimensión judicial, Total ha dedicado 1.950 millones de euros para reparar daños causados por la catástrofe, estimados en miles de millones de euros.
El empleador no debe pagar por la inseguridad
La Cámara Laboral rechazó el reclamo de una mujer que fue asaltada mientras volvía a su casa luego de una jornada laboral. Los magistrados entendieron que no se trataba de un accidente ‘in itinere’ y dijeron que el empleador sólo se hace cargo de “las consecuencias de típicos accidentes de tránsito, por haber ocurrido en el trayecto entre el establecimiento y el hogar del trabajador”.
Fuente www.diariojudicial.com
La muerte en cumplimiento del servicio, es accidente de trabajo
La Cámara Laboral condenó al Estado Nacional a pagar una indemnización a la familia de un policía que murió de un disparo mientras intentaba evitar un robo. Los jueces entendieron que la “tesis limitativa” que establece la jurisprudencia de la Corte Suprema conduce “a resultados absurdos y reñidos con el más elemental sentido de justicia”.
Fuente: www.diariojudicial.com