Un juicio con 6 muertos y 7 imputados

El martes comenzará en la Justicia Federal de Córdoba el proceso por la explosión ocurrida el 5 de diciembre de 2007.

Clausurado. Policía Federal de Río Cuarto”. Las fajas de clausura están pegadas en las puertas laterales del enorme galpón abandonado que se ubica en predios de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC), a 30 metros de una guardería (mirá la infografía).

En esa estructura preensamblada, funcionó hasta el miércoles 5 de diciembre de 2007 la Planta Piloto de Ingeniería Química. Ese día, una explosión arrasó con todo, destruyó familias y cambió para siempre el destino de investigadores, profesores y alumnos.

Hubo adolescentes y mujeres que se arrojaron de la planta espantados por las llamas. Con el transcurso de los días, seis de los numerosos heridos murieron tras una dolorosa agonía. Ver más

Arrancó el juicio por la trágica explosión en la planta piloto de la UNRC

Cuando se realizaban investigaciones con hexano hubo un incendio que dejó seis víctimas fatales.

Infografia Explosion Universidad Rio Cuarto

El Tribunal Oral Federal Nº2 de Córdoba dio inicio hoy al juicio por la explosión de la planta piloto de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC), que en diciembre de 2007 dejó seis muertos (ver infografía).

Acusados. Carlos Bortis, José Pincini, Sergio Antonelli, Miriam Ferrari, Edith Matilde Ducros y Liliana Gladis Ruetsch, directivos y docentes de la UNRC al momento del siniestro, están acusados de estrago culposo agravado por la muerte de personas.

Ruetsch es la única sobreviviente del siniestro.

Víctimas. Las víctimas de las explosiones fueron los docentes Miguel Mattea, Gladis Baralla, Liliana Giacomelli, Carlos Ravera, Damián Cardarelli y el alumno Juan Politano.

El siniestro ocurrió el 5 de diciembre de 2007 cuando en la planta piloto se realizaban pruebas de extracción de aceites con hexano.

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– Un juicio con 6 muertos y 7 imputados

Fuente: www.lavoz.com.ar

El TS considera accidente de trabajo el suicidio de un empleado expedientado tras una huelga

El hombre era conductor de los autobuses municipales de Sevilla, y se quitó la vida en su casa tras un proceso de estrés y ansiedad provocado por el trabajo. La decisión judicial beneficia a su viuda y sus dos hijos

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha considerado accidente de trabajo el suicidio de un conductor de la empresa municipal de autobuses de Sevilla que se suicidió en su domicilio tras un proceso de estrés y ansiedad derivado del trabajo y después de ser expedientado por incidentes ocurridos durante una huelga.

La decisión beneficia a la mujer y dos hijos de esta persona, que verán elevada la cuantía de sus pensiones de viudedad y orfandad respectivamente, ya que habían sido calculadas por la Seguridad Social como si derivasen de fallecimiento del trabajador por accidente no laboral.

Transportes Urbanos de Sevilla Sociedad Municipal recurrió contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de conceder la pensión correspondiente a un accidente laboral a la viuda e hijos de este conductor, que se suicidó tras padecer ansiedad relacionada con el trabajo. Ver más

Se inicia juicio civil por explosión de plataforma de BP

Se inició en Estados Unidos el juicio civil contra el gigante petrolero BP para adjudicar responsabilidades por la explosión de la plataforma Deepwater Horizon en el Golfo de México hace tres años.

Once personas murieron como resultado de la explosión y el subsecuente derrame causó un desastre medioambiental. Ver más

El Tribunal Supremo ve accidente de trabajo tras un suicidio

La sentencia rechaza el recurso de la empresa municipal de Sevilla Tussam porque un conductor falleció después de sufrir estrés laboral

La viuda e hijos de un conductor de autobús de la empresa municipal Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam) que se suicidó después de padecer estrés originado por sus conflictos con la empresa, percibirán las prestaciones de la Seguridad Social correspondientes a un accidente de trabajo, según ha sentenciado el Tribunal Supremo.

Tussam recurrió contra la decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJA) de conceder la pensión a la familia del conductor, que padeció ansiedad relacionada con el trabajo. Sin embargo, el alto tribunal ha desestimado el recurso de la empresa. Ver más

Sin capacitación, la ART no responde

La Justicia entrerriana determinó que una ART no debía indemnizar a un hombre que perdió dos dedos de la mano como consecuencia de un accidente laboral. Los magistrados entendieron que la responsabilidad por la «falta de capacitación del trabajador» en relación a la máquina que provocó el hecho era del empleador y no la ART.

Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) se encargan de brindar un sustento económico en caso de accidentes laborales que, muchas veces, pueden ser sumamente complicados. Pero, ¿existe un límite para estas empresas a la hora de responder por estos accidentes? Según la Justicia correntina, sí.

Los integrantes de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Gualeguaychú, en los autos “C. F. Y. c/Asociart S.A. ART s/Accidente de trabajo”, manifestaron que la ART no debía responder por la pérdida de dos dedos de la mano de parte de un operario que se accidentó mientras manejaba una máquina que nunca antes había utilizado.
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