La Cámara Nacional del Trabajo elevó la indemnización en una causa por accidente laboral

La Sala IX del tribunal de apelaciones ordenó ajustar las prestaciones por incapacidad según el índice Ripte, aprobado por la ley 26.773, sancionada el año pasado, en un hecho ocurrido en el 2008. Fijó además la fecha para el cálculo de intereses

Fallo Completo

La Sala IX de la Cámara Nacional del Trabajo decidió ajustar los montos de las prestaciones dinerarias por incapacidad permanente de las contingencias laborales ocurridas con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 26.773, de acuerdo con el índice RIPTE previsto por el art. 17 inc. 6 de esa norma.

El juez Roberto Pompa, a cuyo voto adhirió el magistrado Alvaro Edmundo Balestrini, sostuvo que «conforme los antecedentes expuestos, el artículo 17, inc. 6) de la ley 26.773 se refiere a las prestaciones dinerarias por incapacidad permanentes sucedidas durante la vigencia de la Ley 24.557, el Decreto 1278/00 y el Decreto 1694/09”.

Continúa señalando que las prestaciones dinerarias se ajustarán “a la fecha de entrada en vigencia de la ley conforme al índice RIPTE desde el día 1-1-10”. Ver más

La víctima fue culpable de la explosión

En un caso de una explosión en una estación de servicio que mató a un trabajador, la Justicia atribuyó responsabilidad al demandado y a la víctima, debido a que esta última, “era un técnico especializado” y “contaba con la antigüedad necesaria para seguir el procedimiento”.

La Tercera Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas, de Paz y Tributario de Mendoza determinó que la explosión de un tanque de nafta en una estación de servicio, que terminó en la muerte de un trabajador, fue culpa de la víctima y de la empresa en un 40% y 60%, respectivamente.

La sentencia fue dictada en la causa “Acieff de Carmona Claudia y por sus hijos menores y otros c/ Dinox S.A. y otros p/ Daños y Perjuicios”. La mujer del trabajador fallecido interpuso una demanda por daños y perjuicios contra la empresa dueña de la estación de servicio. En primera instancia se hizo parcialmente lugar a la acción incoada y se dispuso la distribución de las responsabilidades en los porcentajes indicados. La sentencia fuer apelada por ambas partes, por considerarla arbitraria. Ver más

Caso Fermin: la advertencia del EPEN, la negligencia probada y las imputaciones

Cinco meses antes de la tragedia que se llevó la vida a Eric Fermín, el EPEN había advertido a la UEP del riesgo pero no se tomaron las medidas de seguridad necesarias. Los detalles del fallo del juez Jorge Videla por el cual sobreseyó al titular de la UEP y actual funcionario provincial, Mauro Millán y tres supervisores de obra, y procesó al técnico de seguridad e higiene.

Tal como adelantara DiarioAndino el martes pasado, el juez Jorge Videla del Juzgado Multifueros resolvió el sobreseimiento de cuatro de los cinco imputados por la muerte del pequeño Erick Fermín.

De esta manera, el actual presidente del EPAS y ex coordinador de la UEP, Mauro Millán, quedó libre de culpa por el cargo de “homicidio culposo”, al igual que los supervisores Fabio Huarte, Roberto Yarcho y Guillermo Larghi.

En tanto el juez procesó al técnico contratado de Seguridad e Higiene, Andrei Nicolás Trejsvoiakov.

En una resolución de varias hojas, el magistrado da cuenta de la negligencia y omisiones en cuestiones de seguridad en todo el operativo. Pero atribuye la responsabilidad única al técnico. Ver más

Accidentes laborales: la Cámara declaró la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo

En dos fallos, la Sala IX del tribunal resolvió que las causas por accidentes laborales ocurridos con anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo pero iniciadas con posterioridad no deben tramitar ante el fuero Civil

En dos resoluciones, la Sala IX de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo resolvió que las causas por accidentes de trabajo ocurridos con anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva Ley de Riesgos del Trabajo (L.26.773) pero iniciadas con posterioridad deben tramitar ante ese fuero. Ver más

Lo hirieron cuando iba a trabajar y la ART debe pagarle $ 585.000

Es un albañil que fue luego despedido de la constructora tras las heridas sufridas durante un asalto. La ley 24.557 de Riesgos del Trabajo considera accidente laboral al que sufre el empleado en el trayecto entre su domicilio y el lugar donde se desempeña

A un joven que cuando iba a trabajar lo asaltaron y le efectuaron disparos una aseguradora de riesgo del trabajo deberá pagarle más de medio millón de pesos.

El 29 de abril del 2010 cuando ocurrió el violento asalto el trabajador tenía 29 años y se desempeñaba como obrero de la construcción.

Lo hirieron en la mano derecha y también recibió un disparo en la pierna izquierda. Ver más

Condenas por la explosión en Río Cuarto

Cuatro ex directivos de la universidad fueron condenados por estrago culposo agravado, por su responsabilidad en el estallido de un laboratorio que provocó la muerte de seis personas. Ordenan investigar a dos empresas.

El lugar donde se produjo el estallido de hexano, que provocó la muerte por quemaduras de seis personas.

Cuatro ex directivos de la Universidad Nacional de Río Cuarto (UNRC) fueron condenados –uno de ellos a una pena de prisión efectiva– por su responsabilidad en la explosión de una planta piloto en esa casa de estudios, ocurrida en 2007, en la que murieron cinco docentes y un estudiante. La condena a tres años y seis meses de prisión efectiva recayó sobre el ex vicedecano de la Facultad de Ingeniería de la UNRC, Carlos Bortis, quien fue considerado autor del delito de estrago culposo agravado. Ver más