Morir pedaleando: trabajador de Rappi falleció en un accidente de tránsito

Sucedió este viernes por la noche en la Av. Madero. Se llamaba Ramiro Cayola. Al momento no se conocen más datos. La cara mas brutal de la precarización laboral.

Hace minutos nos confirmaron que Ramiro, trabajador de Rappi murió en un accidente de tránsito en la Av. Madero. Estamos consternados. A medida que conozcamos más detalles brindaremos la información que corresponda.

Así lo comunicaban en la noche de este viernes desde la Asociación de Personal de Plataformas. No es un caso aislado, trabajadores y trabajadoras de plataformas vienen denunciando las pésimas condiciones en las que deben trabajar para poder ganar unos mangos para sobrevivir.

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Fallo a favor de la nueva ley de ART

El juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 9, ratificó la constitucionalidad de la Ley 27.348 de Riesgos del Trabajo y convalidó la intervención de las Comisiones Médicas como la instancia previa, obligatoria y excluyente en el reclamo de un trabajador por un accidente laboral o enfermedad profesional.

La Justicia falló en este sentido en un amparo colectivo caratulado como “Echeverría, Juan Pablo y otros c/ Estado Nacional sobre Amparo Ley 16.986”.

Según la información proporcionada por la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, la resolución judicial de fines de marzo es aplicable para todas las demandas colectivas, incluida la impulsada por el presidente del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge Rizzo; la Asociación de Conciliadores Laborales de la República Argentina; el Colegio de Abogados y Procuradores de la 1ra Circunscripción de Mendoza y el Colegio de Abogados de Córdoba, entre otros.

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Le cambian la ropa a un trabajador muerto para que no pareciera accidente laboral

Cuatro empresarios de Chiclana (Cádiz) han quedado en libertad con cargos por un presunto delito de homicidio imprudente.

Están acusados de cambiarle  el uniforme de trabajo por ropa de calle a un empleado que sufrió un accidente laboral.

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La Corte Suprema determinó que no corresponde indemnizar a un empleado por una enfermedad preexistente si el trabajo no se la agravó

El Máximo Tribunal sostuvo que si la actividad laboral no agravó la enfermedad preexistente no hay derecho a indemnización

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó un fallo de la Cámara Laboral que había hecho lugar a una demanda condenando a una ART y al empleador a pagar $ 1.800.000 de indemnización a un trabajador. Con la firma de los jueces Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti descalificó por arbitraria la sentencia dictada en la causa iniciada por Jorge Guillermo Báez contra la empresa Darlene y la aseguradora de riesgos del trabajo Interacción. En disidencia votó el ministro Horacio Rosatti.

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