Alertan sobre productos eléctricos sin certificación de calidad

Buenos Aires- La Cámara Argentina de Industrias Electrónicas, Electromecánicas y Luminotécnicas (Cadieel) advirtió hoy sobre la existencia en el mercado de productos que no cumplen con la certificación correspondiente, y reclamó a los organismos de contralor que tomen medidas al respecto.

A través de un comunicado, Cadieel manifestó su â??profunda preocupación por la fabricación, importación y comercialización de productos eléctricos que no cumplen con la resolución 92/98 de seguridad eléctricaâ??.

â??Esta situación es un riesgo para los consumidores porque los dispositivos que adquieren pueden fallar poniendo en riesgo la vida y los bienes de las personas, por lo que reclama que los organismos de contralor se hagan eco de las reiteradas denunciasâ??, indicó la entidad.

La resolución 92/98 obliga a fabricantes e importadores a certificar sus productos, indicando que cumplen totalmente con la norma específica en sus detalles constructivos y con los ensayos requeridos. Es la norma que garantiza su funcionamiento y que su uso es seguro.

â??Nos preocupa que se permita la comercialización de estos productos que no resisten ningún ensayo o que no cuentan con las certificaciones pertinentesâ??, sostuvo el presidente de Cadieel, Ramiro Prodan.

Advirtió que â??esto es un peligro y una estafa para los consumidoresâ??, y consideró que â??los organismos de contralor deben pasar de las palabras a los hechos y tomar cartas en el asuntoâ??.

En inspecciones realizadas por la Cámara, se determinó que se comercializan tanto en comercios minoristas como en grandes superficies, productos con irregularidades.

En todos los casos las denuncias fueron acompañadas de los productos defectuosos, sus facturas de compra y los ensayos de calidad que demostraban el riesgo de estos elementos.

Además, la entidad subrayó que â??en ocasiones se presentan a inspección productos que están en regla para poder conseguir la certificación, pero que luego son importados productos con prestaciones inferiores e inseguros para el usuarioâ??.

De acuerdo a las denuncias, existe un uso inapropiado del sello de producto seguro, â??una práctica que de prosperar hará que esta herramienta de orientación al consumidor pierda su credibilidad y su eficaciaâ??.

También alertó sobre la comercialización de productos ilegales como los adaptadores y tomacorrientes de dos pernos redondos que están expresamente prohibidos.

Según datos de la Superintendencia de Bomberos de la Policía Federal, 40 por ciento de los incendios producidos en 2006 en la ciudad de Buenos Aires tuvieron su origen en desperfectos eléctricos. (DyN)

Fuente: www.lacapital.com.ar

Simulacro de choque múltiple, incendio y derrame de sustancias tóxicas

La Plata – El Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección General de Defensa Civil, realizará un simulacro de accidente múltiple, incendio y derrame de materiales peligrosos, con el objetivo de optimizar la coordinación del trabajo que se realiza en situaciones de ese tipo.

La representación se realizará el martes 25, a las 10, en la entrada de la Autopista Buenos Aires – La Plata (calle 122 y Diagonal 74, del partido de Ensenada).

En esa oportunidad, se simulará una triple colisión: En primera instancia, un camión cargado de combustible chocará contra un microómnibus de pasajeros; y luego, un automóvil impactará contra el camión, lo que provocará un incendio.

De la actividad participarán distintas áreas dependientes del Ministerio de Seguridad, como Defensa Civil, Seguridad Siniestral, Bomberos, Prevención Ecológica y Sustancias Peligrosas, Dirección de Automotor, Policía de Seguridad, Policía Científica, Policía Vial y la Superintendencia de Información para la Prevención de Delito.

También se sumarán a la propuesta la Dirección de Emergencia Sanitaria del Ministerio de Salud, la Escuela de Teatro N° 403 de la Dirección General de Cultura y Educación; Bomberos Voluntarios de Berisso y Ensenada, y la empresa Petrobrás Energía.

Fuente: www.impulsobaires.com.ar

Detenidos por emplear sin contrato a trabajador que murió accidente laboral

La Guardia Civil ha detenido a un hombre y a una mujer, de 44 y 56 años, respectivamente, por un presunto delito contra los derechos de los trabajadores al tener empleadas a varias personas sin contrato, una de las cuales falleció al sufrir una descarga eléctrica.

La detención de la pareja se produjo como consecuencia de la investigación realizada tras la muerte de un trabajador el 13 de septiembre, informó hoy la Guardia Civil.

En una nota de prensa este cuerpo explica que se comprobó que el fallecido tenía una relación laboral con los dos detenidos, pero que carecía de contrato de trabajo y tampoco estaba dado de alta en la Seguridad Social.

En la misma situación estaban otras cuatro personas, dos de las cuales eran trabajadores extranjeros que carecían de permiso de residencia y trabajo.

Fuente: http://actualidad.terra.es

Violación de reglas estatales causó explosión que dejó 70 heridos en China

Los organizadores de un evento en el que se registró un incendio que causó heridas a más de 70 estudiantes en una escuela del noroeste de China, utilizaron el hidrógeno altamente combustible para inflar los globos que estallaron y desataron la conflagración, dijeron el día 18 autoridades locales.

El uso de hidrógeno en los globos viola las normativas aprobadas por el gobierno central, aseguró Yang Yucheng, un funcionario encargado de política y regulaciones del buró provincial de meteorología.

La manipulación y el lanzamiento de globos inflados con hidrógeno requieren de permiso gubernamental, precisó Yang.

La cantidad de globos inflados con hidrógeno en certámenes públicos también está estrictamente limitada (a 1.000), precisó el funcionario, citando una circular emitida conjuntamente por el Consejo de Estado y la Administración Estatal de Meteorología en julio de 2006.

Si no es almacenado o usado apropiadamente, el hidrógeno puede ser peligroso.

Las autoridades recomiendan utilizar helio, un gas que también es más liviano que el aire, en los globos que tradicionalmente se usan en celebraciones, pero éste es entre tres y cinco veces más costoso que el hidrógeno.

Yang indicó que la explosión en la Escuela de Energía Eléctrica de Lanzhou, capital de la provincia de Gansu, podría haber sido causada por la electricidad estática.

Cerca de 1.500 globos que iban a ser lanzados durante la ceremonia inaugural de una competencia deportiva, explotaron intempestivamente y causaron un incendio en la mañana del domingo, ocasionando heridas a más de 70 alumnos.

Los globos fueron suministrados por una compañía organizadora de eventos, dijeron las autoridades. La policía está investigando el incidente. (Xinhua)
19/09/2007

Fuente: http://spanish.peopledaily.com.cn

La Justicia laboral dio un nuevo golpe al actual régimen de ART

A tres años del fallo «Aquino» aún no hay respuestas por una nueva Ley de Riesgos del Trabajo y tampoco se avizora un cambio de fondo hasta el 2008. Para peor, se conoció un fallo de cámara que debilitó aún más el sistema. Crecen la imprevisibilidad y los costos laborales. Qué dijo el tribunal.

En un escenario donde pareciera que el actual régimen de riesgos de trabajo tiene lista la partida de defunción, se conoció un fallo de la cámara laboral que condena solidariamente a una empresa de servicios eventuales al pago de una indemnización por un accidente que sufrió uno de sus empleados en una empresa que había contratado sus servicios.

La sentencia da un nuevo golpe al régimen de ART, que viene alicaído desde hace casi tres años (mañana se cumple un nuevo aniversario) cuando, en el caso «Aquino», la Corte Suprema de Justicia habiltó la vía civil para reclamos por accidentes de trabajo.

Esta vez, se trató del caso de una empresa de servicios eventuales que encomendó a uno de sus trabajadores prestar servicios para otra compañía que había contratado los servicios de aquella. Sucedió que, mientras desarrollaba sus tareas, el empleado sufrió un accidente que le ocasionó una incapacidad y, por ello, demandó a las dos empresas.

Frente al reclamo, la Sala X de la cámara laboral -en el caso «Fazzolari, Julio César c/ Work & Service SRL y otros»- condenó en forma solidaria a las dos compañías, pese a que el accidente ocurrió fuera de la esfera de cuidado y responsabilidad de la empleadora directa, contrariando normas de derecho civil, si se tiene en cuenta que la empresa de servicios eventuales no era dueña ni estaba obligada a dar protección de las cosas que originaron el accidente laboral. (ver fallo completo)

Además, en el caso tampoco se verificó la adecuada relación entre la culpa y el daño, ya que la relación causal no se verificó por tratarse de tareas peligrosas que escaparon al cuidado inmediato del empleador directo.

El caso, según abogados laboralistas, desnaturaliza aún más el régimen de ART, potenciando la imprevisibilidad y los costos laborales, ya que, más allá de las indemninzaciones extratarifarias que podrían soportar, las empresas de servicios eventuales ahora deberán extremar recaudos para prevenir accidentes laborales en establecimientos laborales que les son totalmente ajenos.

Hasta ahora, la Justicia había declarado la inconstitucionalidad de que los empleadores limiten la responsabilidad por accidentes de trabajo a las tarifas que fija la ley de ART. Así, los empleados que fueron víctimas de un siniestro laboral pueden ampliar sus reclamos y, a través de un juicio civil, cobrar una indemnización «integral».

El nuevo fallo permite que empleados accidentados también reclamen a empresas que no hayan sido responsables directas de la falta de seguridad en un establecimiento laboral, contrariando los principios de responsabilidad civil.

Esos principios de responsabilidad civil establecen que las personas (o empresas) deben responder por los daños causados por los hechos propios o por las cosas que están bajo su cuidado. Y, según laboralistas, un establecimiento laboral ajeno excede esas circunstancias.

Los fundamentos de la decisión

La cámara sostuvo que «más allá de que dicha empresa (en relación a la compañía de servicios eventuales) no resulte propietaria o guardiana de las cosas con las que se dañó el dependiente, lo cierto es que, siendo quién lo contrató… incurrió en culpa (artículo 1109 del Código Civil) en el cumplimiento de sus obligaciones y por lo tanto, resulta responsable en forma concurrente con la otra condenada».

Los jueces entendieron que «esa conducta culpable se encuentra reflejada en el hecho de haber enviado a su subordinado a realizar tareas que se demostró eran peligrosas, sin adoptar las medidas que un buen empleador debe indudablemente formalizar (artículo 63, Ley de Contrato de Trabajo) o, al menos, demostrar que cumplió con las mismas y que ellas no lograron impedir la ocurrencia del lamentable suceso».

Concluyeron los magistrados en que la omisión de las diligencias mínimas que le exigía la naturaleza de la obligación la tornaba civilmente responsable a la empresa de servicios eventuales.

Cuestionamientos

Fernando Cortés, miembro de De Diego & Asociados, dijo que la Justicia laboral condena desatendiendo el régimen y castigando al sistema de ART creado hace más de diez años. Sostuvo que, con estos pronunciamientos, los jueces dejan indefensas a las empresas toda vez que, por un lado, castigan al régimen dictando fallos que carecen de sustento, pero por el otro, al estar la norma vigente, las empresas no pueden quedar al margen de la ley y tienen que seguir pagando las pólizas de ART.

En el mismo sentido, Esteban Carcavallo, socio de Severgnini, Robiola, Grinberg & Larrechea, aseguró que el fallo golpea nuevamente el régimen de ART estableciendo indiscriminadamente la responsabilidad solidaria entre una compañía de servicios eventuales y la empresa que contrató los servicios.

Agregó que la responsabilidad extendida a la empresa de servicios eventuales es incorrecta, ya que se le exige a la empresa usuaria asentar en sus registros al personal eventual e inscribirlo bajo una ART. Además el accidente se produjo en el ámbito propio de la empresa usuaria, concluyó.

Según Federico Basile, socio de M&M Bomchil, responsabilizar civilmente al empleador (empresa de servicios eventuales) por las consecuencias de un accidente de trabajo ocurrido fuera de la esfera de su cuidado y responsabilidad implica «una alteración de los principios básicos en los que se asienta el régimen general de responsabilidad civil».

Indicó que «no resulta exigible a la empresa de servicios eventuales la adopción de medidas de seguridad con respecto al establecimiento de la empresa usuaria».

«Frente al daño, la omisión de los recaudos dispuestos para que el accidente no se produzca sólo podrá imputarse a quienes tienen a su cargo la seguridad del establecimiento; es decir la empresa usuaria y la aseguradora de riesgos del trabajo exclusivamente», concluyó.

Matías Debarbieri
mdebarbieri@infobae.com
©infobaeprofesional.com

Fuente: www.infobaeprofesional.com

Se incendió una central atómica fuera de funcionamiento en Japón

Tokio.- Un incendio se desató hoy en el techo de una central atómica fuera de funcionamiento en Japón, informaron medios locales citando a la empresa de electricidad Tepco.

El pequeño incendio en la central Kashiwazaki-Kariwa no generó radiactividad alguna y nadie resultó herido, aclaró la compañía.

El fuego, que se originó en un cable de electricidad de un aparato de aire acondicionado provisorio en el techo del reactor número uno, fue apagado media hora después por personal de la empresa, según despacho de Dpa.

La central resultó dañada por el terremoto del 16 de julio pasado y desde entonces se encuentra fuera de actividad. Los expertos estiman que llevará años volver a poner en funcionamiento la planta.

Fuente: www.lacapital.com.ar