Resolución SRT 29/2022: Derógase la Resolución SRT 46/2020 (Protocolo SRT para la Prevención del COVID-19)

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022

VISTO el Expediente EX-2020-25677245-APN-GP#SRT, las Leyes N° 19.549, N° 19.587, N° 24.557, N° 27.541, el Decreto N° 1.759 de fecha 03 de abril de 1972 (t.o. 2017), el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006, el Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y sus prórrogas, las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD N° 627 de fecha 19 de marzo de 2020, N° 705 de fecha 31 de marzo de 2022, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 58 de fecha 1 de abril de 2022, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 22 de fecha 17 de marzo de 2020, N° 39 de fecha 28 de abril de 2020, N° 46 de fecha 20 de mayo de 2020, el Acta de la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT) N° 187 de fecha 4 de abril de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, el PODER EJECUTIVO NACIONAL amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (O.M.S.) en relación al brote del Coronavirus COVID-19, posteriormente prorrogada por los D.N.U. N° 167 de fecha 11 de marzo de 2021 y N° 867 de fecha 23 de diciembre de 2021, hasta el día 31 de diciembre de 2022 inclusive.

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Diputados presentaron proyecto de derogación de la ley de ART en Santa Fe

La presentación entrará en sesión el próximo 2 de junio y luego será remitida a la comisión de Asuntos Laborales. Proponen que las comisiones médicas no sean más obligatorias. «Durante este año rechazaron el 98 por ciento de las enfermedades laborales en el trámite», denunció la legisladora Bruera.

Diputados y diputadas provinciales presentaron este martes un proyecto de derogación de la ley de Aseguradoras de Riesgo de Trabajo implementada el año pasado en la provincia de Santa Fe. La adhesión a la Ley Nacional N° 27.348 obliga a los trabajadores que han sufrido o están convalecientes por accidentes de trabajo o enfermedades, a concurrir obligatoriamente a las comisiones médicas jurisdiccionales. “Durante este año rechazaron el 98 por ciento de las enfermedades laborales en el trámite”, denunció la legisladora Matilde Bruera.

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Resolución SRT 21/2022: Procedimiento Específico para el Trámite de Rechazo de Enfermedad -no listada- COVID-19

Ciudad de Buenos Aires, 03/05/2022

VISTO el Expediente EX-2022-21842742-APN-SAT#SRT, las Leyes N° 24.241, N° 24.557, N° 26.425, Nº 26.773, N° 27.348, Nº 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) N° 1.278 de fecha 28 de diciembre de 2000, Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y su prórroga, N° 367 de fecha 13 de abril de 2020, Nº 875 de fecha 07 de noviembre de 2020, Nº 39 de fecha 22 de enero de 2021 y sus prórrogas, N° 867 de fecha 23 de diciembre de 2021, los Decretos N° 717 de fecha 28 de junio de 1996, Nº 590 de fecha 30 de junio de 1997, N° 410 de fecha 06 de abril de 2001, N° 2.104 y N° 2.105, ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, N° 1.475 de fecha 29 de julio de 2015, la Resolución del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN Nº 1.070 de fecha 26 de junio de 2009, N° 28 de fecha 10 de enero de 2022, las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 179 de fecha 21 de enero de 2015, Nº 38 de fecha 28 de abril de 2020, N° 10 de fecha 12 de marzo de 2021, N° 20 de fecha 14 de abril de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 6°, apartado 2, inciso a) de la Ley Nº 24.557 y sus modificatorias, consideran entre las contingencias cubiertas por el Sistema sobre Riesgos del Trabajo a aquellas enfermedades profesionales incluidas en el listado elaborado y revisado por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, conforme al artículo 40 de dicha norma, identificando agente de riesgo, cuadros clínicos, exposición y actividades en capacidad de determinar dichas enfermedades.

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A 50 Años De La Ley De Higiene Y Seguridad, Promulgada En El Marco De Una Dictadura, Hoy Es Una Ley Desteñida Para La Realidad De Los Profesionales Y Técnicos

Convencido que la historia debe ser escrita sobre la base de la democracia, es necesario rememorar en abril, los 50 años de la Ley 19587/72, una ley impropia para los tiempos que vivimos.

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Resolución SRT 11/2022: Reglamento para la Ejecución de Trabajos con Tensión en Instalaciones Eléctricas Mayores a 1 kV

Ciudad de Buenos Aires, 25/02/2022

VISTO el Expediente EX-2021-117296186-APN-SDSYS#SRT, las Leyes Nº 19.587 y Nº 24.557, los Decretos Nº 351 de fecha 5 de febrero de 1979, N° 170 de fecha 21 de febrero de 1996, Nº 911 de fecha 5 de agosto de 1996, Nº 617 de fecha 7 de julio de 1997, Nº 1057 de fecha 11 de noviembre de 2003, la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO N° 592 de fecha 02 de julio de 2004, N° 770 de fecha 24 de abril de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 19.587 establece en su artículo 1° que “Las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo se ajustarán, en todo el territorio de la República, a las normas de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten. Sus disposiciones se aplicarán a todos los establecimientos y explotaciones, persigan o no fines de lucro, cualesquiera sean la naturaleza económica de las actividades, el medio donde ellas se ejecuten, el carácter de los centros y puestos de trabajo y la índole de las maquinarias, elementos, dispositivos o procedimientos que se utilicen o adopten”.

Que el artículo 1º, apartado 2. inciso a) de la Ley Nº 24.557 (L.R.T.) establece como uno de los objetivos primordiales de la Ley sobre Riesgos del Trabajo, la reducción de la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

Que el artículo 4°, apartado 1 de la L.R.T. dispone que tanto las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, como los empleadores y sus trabajadores, se encuentran obligados a adoptar las medidas legalmente previstas tendientes a prevenir eficazmente los riesgos del trabajo.

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Resolución SRT 90/2021: Plan Estratégico para el período 2020-2023

Ciudad de Buenos Aires, 21/12/2021

VISTO, el Expediente EX-2020-81202006-APN-SP#SRT, las Leyes Nº 24.557, N° 26.773, N° 27.348, la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 4 de fecha 11 de enero de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, (M.T.E. Y S.S.), estableciendo el artículo 36 sus facultades, entre las que se encuentran: a) controlar el cumplimiento de las norma de higiene y seguridad en el trabajo pudiendo dictar las disposiciones complementarias que resulten de delegaciones de esta ley o de los Decretos reglamentarios; b) Supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.).

Que en ese marco, desde el año 2008, la S.R.T. firma acuerdos de cooperación con todas las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de BUENOS AIRES, unificando criterios en materia de fiscalización.

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