De la Efectividad de los Permisos de Trabajo

Lea la columna semanal: Competitividad Empresarial, que en esta ocasión expone sobre la importancia de los Permisos de Trabajo.

En un reciente estudio sobre los cinco accidentes industriales más catastróficos de los últimos tres años a nivel global, quedó en evidencia una preocupante singularidad: En todos se había aplicado la herramienta del sistema de Permisos de Trabajo (PdT), la cual supone ser –y con justicia– una de las metodologías más poderosas para la identificación y control de peligros en los llamados “Trabajos con Riesgos Especiales”, entre ellos: Tareas en Caliente, en alturas, espacio confinado, excavaciones y penetración de suelo, eléctrico, químicos, buceo y radiaciones ionizantes. Seguir leyendo De la Efectividad de los Permisos de Trabajo

Singapur pide mayor esfuerzo mundial al cierre del congreso seguridad laboral

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

Alrededor de 2,78 millones de trabajadores mueren cada año como consecuencia de accidentes y enfermedades ocurridas en los puestos laborales, según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) presentados en este congreso que comenzó el domingo pasado.

Las enfermedades provenientes del trabajo representan ellas solas 2,4 millones de muertes anuales.

En términos del número de víctimas mortales por cada 100.000 trabajadores, la tasa ha pasado de 13,8 en 2003 a 11,3 en 2014. Seguir leyendo Singapur pide mayor esfuerzo mundial al cierre del congreso seguridad laboral

Resolución SRT 883-E/2017: Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo

Resolución SRT 883-E/2017: Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo

Boletín Oficial Resolución SRT 883-E/2017: Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2017

VISTO el Expediente N° 175.246/17 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 24.557, N° 26.773, Nº 27.348, la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los objetivos de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, es reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

Que dentro de las funciones inherentes a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), se encuentra la de “…controlar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo pudiendo dictar las disposiciones complementarias que resulten de delegaciones de esta ley o de lo Decretos reglamentarios…”.
Que a fin de cumplir con el mandato legal, la Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales, consideró necesario generar un sistema integrado de información y conocimiento que reúna, analice, investigue, estudie, produzca, difunda y sistematice distintas dimensiones, tendencias, diagnósticos y aspectos de la Salud y Seguridad en el Trabajo.

Que dicho sistema permitiría generar un espacio que permita coordinar los esfuerzos entre los Organismos del Estado Nacional, las agencias internacionales y los actores sociales del mundo del trabajo.

Que la información y conocimiento generado, permitirá realizar un análisis de la realidad argentina en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo para la toma de decisiones, el diseño y la implementación de políticas que beneficien y fortalezcan el Sistema de Riesgos del Trabajo.

Que en virtud de lo expuesto, resultaría procedente la creación, en la órbita de la referida Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales de un Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo.

Que la presente medida encuentra fundamento en virtud de las acciones y misiones asignadas a la citada Gerencia mediante la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias: “… Asistir al Superintendente en la supervisión del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la SRT con relación al fortalecimiento institucional y en la vinculación con los distintos sectores de la sociedad civil, el sector privado, las entidades gremiales y educativas, el Estado a nivel nacional, provincial y municipal y la Comunidad en general (…) Coordinar con los organismos de trabajo de las distintas Jurisdicciones, así como con otras organizaciones y entidades, la realización y estudios e investigaciones (…) Promover el intercambio de información con otros organismos, nacionales e internacionales…”.

Que la Gerencia Técnica y la Gerencia de Prevención prestaron su conformidad en el ámbito de sus competencias.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 36 y 38 de la Ley Nº 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el OBSERVATORIO ARGENTINO DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, cuya denominación será “OBSERVATORIO S.R.T.”, como un sistema integrado de información y conocimiento que reúne, analiza, investiga, estudia, produce, difunde y sistematiza distintas dimensiones, tendencias, diagnósticos y aspectos de la Salud y Seguridad en el Trabajo. Seguir leyendo Resolución SRT 883-E/2017: Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo

Singapur pide mayor esfuerzo mundial al cierre del congreso seguridad laboral

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

Alrededor de 2,78 millones de trabajadores mueren cada año como consecuencia de accidentes y enfermedades ocurridas en los puestos laborales, según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) presentados en este congreso que comenzó el domingo pasado.

Las enfermedades provenientes del trabajo representan ellas solas 2,4 millones de muertes anuales.

En términos del número de víctimas mortales por cada 100.000 trabajadores, la tasa ha pasado de 13,8 en 2003 a 11,3 en 2014. Seguir leyendo Singapur pide mayor esfuerzo mundial al cierre del congreso seguridad laboral

Advierten que hay 106 accidentes laborales por día en Santa Fe

Tras la muerte de un operario en la planta de molienda de soja Renova, en la localidad de Timbúes este viernes, desde la Legislatura provincial denunciaron la falta de condiciones de seguridad en las agroexportadoras de la provincia. El diputado Carlos Del Frade, un habitual crítico de las multinacionales cerealeras, advirtió que en la provincia de Santa Fe se registran «106 accidentes laborales por día», según estadísticas de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo. Para el legislador, la cifra «es de terror». “Los que buscan ganarse la vida, la pierden, repetida contradicción cotidiana», señaló. Seguir leyendo Advierten que hay 106 accidentes laborales por día en Santa Fe

Resolución SRT 844/2017 – Sustitúyase Anexo I Resolución SRT 415/2002 (Registro de Cancerígenos)

Resolución SRT 844/2017 – Sustitúyase Anexo I Resolución SRT 415/2002 (Registro de Cancerígenos)

Boletín Oficial Resolución SRT 844/2017 – Sustitúyase Anexo I Resolución SRT 415/2002 Registro de Cancerígenos

Resolución SRT 844/2017 Anexo I

Resolución SRT 415/2002

Buenos Aires, 07/08/2017

VISTO el Expediente N° 143.533/17 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 21.663, N° 24.557, las Resoluciones S.R.T. N° 415 de fecha 21 de octubre de 2002, N° 310 de fecha 22 de mayo de 2003, N° 01 fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 creó esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. Y S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.).

Que en tal sentido, mediante dicha disposición se estableció que la S.R.T. absorberá las funciones y atribuciones que desempeñaba la entonces Dirección Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo, entre las que se encontraba la administración del Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos.

Que en ese contexto, a los fines de lograr el efectivo funcionamiento del referido Registro en el ámbito de este Organismo y de actualizar el listado de sustancias y agentes cancerígenos contenidas en el Anexo I de la Disposición de la entonces Dirección Nacional de Higiene y, Seguridad en el Trabajo (D.N.H.S.T.) N° 01/95, se dictó la Resolución S.R.T. N° 415 de fecha 21 de octubre de 2002.

Que posteriormente, con motivo de haberse presentado cuestiones interpretativas relacionadas con los alcances brindados a los términos establecidos en el Anexo I de la referida Resolución S.R.T. N° 415/02, se estimó necesario proceder al dictado de la Resolución S.R.T. N° 310 de fecha 22 de mayo de 2003, a través de la cual se sustituyó el citado Anexo de la mentada norma.

Que ahora bien, en atención a la necesidad de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 1°, apartado 1 del Convenio N° 139 de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.) “Convenio sobre la prevención y el control de los riesgos profesionales causados por las sustancias o agentes cancerígenos”, adoptado el 24 de junio de 1974 en la quincuagésima novena reunión de la Conferencia General de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO y aprobado por nuestro país a través de la Ley N° 21.663, el cual establece: “Todo miembro que ratifique el presente Convenio deberá determinar periódicamente las sustancias y agentes cancerígenos a los que la exposición en el trabajo estará prohibida, o sujeta a autorización o control, y aquellos a los que se aplican otras disposiciones del presente Convenio’’, es que la Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales, con la conformidad de la Gerencia de Prevención y de la Gerencia Técnica, propició impulsar un proyecto de acto administrativo tendiente actualizar el listado de sustancias y agentes cancerígenos, tomando en consideración los datos más recientes recomendados por los Organismos internacionales especializados en la materia.

Que en virtud de las disposiciones contenidas en la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, a través de la cual fue aprobada la nueva estructura orgánico funcional de este Organismo, dichas áreas resultan competentes para impulsar el dictado de la presente medida.

Que en consecuencia de lo expuesto, corresponde sustituir el Anexo I de la Resolución S.R.T. N° 415/02.

Que en virtud de mantener un orden normativo, se considera necesario derogar la Resolución S.R.T. N° 310/03.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 35 y 36, apartado 1, inciso a) de la Ley N° 24.557, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°, apartado 1 del Convenio N° 139 de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.).

Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 415 de fecha 21 de octubre de 2002, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución. Seguir leyendo Resolución SRT 844/2017 – Sustitúyase Anexo I Resolución SRT 415/2002 (Registro de Cancerígenos)

Resolución SRT 760/2017 – Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgo del Trabajo (S.I.R.E.L.)

Resolución SRT 760/2017 – Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgo del Trabajo (S.I.R.E.L.)

Boletín Oficial Resolución SRT 760/2017 – Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgo del Trabajo (S.I.R.E.L.)

Anexo I

Buenos Aires, 28/07/2017

VISTO el Expediente N° 88.231/17 del Registro de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.549, N° 24.557, N° 26.773, N° 27.348, el Decreto N° 54 de fecha 20 de enero de 2017, la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 creó la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en el ámbito del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. Y S.S), actual MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S).

Que el artículo 36, apartado 1°, incisos b), c) y d) de la Ley N° 24.557 estableció que la S.R.T. tendrá como funciones “(…) b) Supervisar y fiscalizar el funcionamiento de las ART; c) Imponer las sanciones previstas en esta ley; d) Requerir la información necesaria para cumplimiento de sus competencias, (…)”.
Que a efectos de aminorar la notable proliferación de litigios individuales que han puesto en riesgo, no solamente la finalidad del Sistema de Riesgos del Trabajo tendiente a brindar reparaciones suficientes, sino que además han colapsado la justicia laboral de varias jurisdicciones, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN sancionó la Ley N° 27.348 Complementaria de la Ley sobre Riesgos del Trabajo.

Que el Título I de la citada ley dispuso que la intervención de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales creadas por el artículo 51 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, constituye la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de cualquier otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el patrocinio letrado que le garantice el debido proceso legal, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia y el otorgamiento de las prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, en forma previa a dar curso a cualquier acción judicial ante los tribunales locales fundada, tanto en la Ley N° 24.557 como en la opción por la vía del derecho civil que se encuentra contemplada en el artículo 4°, último párrafo de la Ley N° 26.773.

Que sin perjuicio de que las mencionadas reformas han otorgado al Sistema de Riesgos del Trabajo los estándares necesarios para hacerlo jurídica, constitucional y operativamente sostenible, se ha advertido que con el objeto de evadir esa instancia administrativa previa y obligatoria, se han interpuesto distintos planteos de inconstitucionalidad ante los distintos fueros que conforman la Justicia Nacional.

Que a fin de posibilitar el resguardo y fortalecimiento del Sistema de Riesgos del Trabajo, se considera oportuno y necesario contar con una herramienta informática que permita tomar conocimiento y analizar las presentaciones efectuadas en dicho ámbito.

Que a los efectos de alcanzar los objetivos enunciados precedentemente, se estima pertinente constituir un SISTEMA INTEGRAL DE REGISTRO PARA EL ESTUDIO DE LA LITIGIOSIDAD (S.I.R.E.L.), mediante el cual las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) y/o EMPLEADORES AUTOASEGURADOS (E.A.) y/o ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO MUTUAL (ART – MUTUAL), remitan la información relativa a los planteos de inconstitucionalidad que interpongan contra los preceptos de la Ley N° 27.348 o en su defecto, contra lo dispuesto en el Decreto N° 54 de fecha 20 de enero de 2017, así como también las novedades que se produzcan en el desarrollo de los mencionados procesos.

Que en los términos del artículo 3° de la Ley N° 19.549 y considerando lo dispuesto mediante la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, a través de la cual se aprobó la estructura orgánica funcional de esta S.R.T., la Gerencia de Control Prestacional será competente para entender en la fiscalización del sistema de registro.

Que a tales fines, resulta procedente facultar a dicha área para requerir datos e introducir cambios en el formato, medios y plazos de envío de la información correspondiente como así también para modificar los contenidos establecidos al mencionado sistema de registro de litigios.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 36 y 38 de la Ley N° 24.557 y por el artículo 3° de la Ley N° 19.549.
Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) el “SISTEMA INTEGRAL DE REGISTRO PARA EL ESTUDIO DE LA LITIGIOSIDAD DEL SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.I.R.E.L.). Seguir leyendo Resolución SRT 760/2017 – Sistema Integral de Registro para el Estudio de la Litigiosidad del Sistema de Riesgo del Trabajo (S.I.R.E.L.)

Disponen que se siga investigando la muerte de dos operarios en una zanja

Ocurrió en 2011 mientras cavaban una zanja para extender la red cloacal. Colapsó y se ahogaron. Otro magistrado había solicitado el archivo

El juez de Cámara Gustavo Salvador dispuso ayer que continúe la investigación de las causas de la muerte de dos obreros que trabajaban en la ejecución de cloacas en la zona de Herrera y Unión, hace ya seis años. Seguir leyendo Disponen que se siga investigando la muerte de dos operarios en una zanja

Cómo fue el accidente que le costó la vida a dos obreros en Los Berros

Los trabajadores estaban dentro de un horno hasta que se desplomó parte de la estructura y los aplastó. El operativo de rescate de los cuerpos incluye el trabajo de más de 20 especialistas.

José Merceri, de 26 años, y Ezequiel González, de 21 murieron este viernes tras protagonizar un impactante accidente en una calera de Los Berros.

Hace poco más de una semana que los muchachos habían entrado a trabajar en la calera Serrano ubicada en el callejón minero. Este viernes les encargaron que realizaran reparaciones en uno de los hornos y ambos prefirieron seguir trabajando e ir a almorzar después. Seguir leyendo Cómo fue el accidente que le costó la vida a dos obreros en Los Berros

Por qué el horno calero fue una trampa mortal

Por la tarea que realizaban dos operarios, la profundidad en la que quedaron atrapados y el tipo de construcción, las chances de sobrevivir eran mínimas.

En Los Berros, la mayoría de los hombres adultos han pasado alguna vez por una calera. Saben, conocen cómo y qué riesgos se corren. Las medidas de seguridad en las pequeñas caleras de ese distrito no abundan, todo es precario, desde el vínculo laboral hasta la prevención de accidentes de trabajo. Seguir leyendo Por qué el horno calero fue una trampa mortal