De la Efectividad de los Permisos de Trabajo

Lea la columna semanal: Competitividad Empresarial, que en esta ocasión expone sobre la importancia de los Permisos de Trabajo.

En un reciente estudio sobre los cinco accidentes industriales más catastróficos de los últimos tres años a nivel global, quedó en evidencia una preocupante singularidad: En todos se había aplicado la herramienta del sistema de Permisos de Trabajo (PdT), la cual supone ser –y con justicia– una de las metodologías más poderosas para la identificación y control de peligros en los llamados “Trabajos con Riesgos Especiales”, entre ellos: Tareas en Caliente, en alturas, espacio confinado, excavaciones y penetración de suelo, eléctrico, químicos, buceo y radiaciones ionizantes. Ver más

Singapur pide mayor esfuerzo mundial al cierre del congreso seguridad laboral

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

Alrededor de 2,78 millones de trabajadores mueren cada año como consecuencia de accidentes y enfermedades ocurridas en los puestos laborales, según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) presentados en este congreso que comenzó el domingo pasado.

Las enfermedades provenientes del trabajo representan ellas solas 2,4 millones de muertes anuales.

En términos del número de víctimas mortales por cada 100.000 trabajadores, la tasa ha pasado de 13,8 en 2003 a 11,3 en 2014. Ver más

Resolución SRT 883-E/2017: Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo

Resolución SRT 883-E/2017: Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo

Boletín Oficial Resolución SRT 883-E/2017: Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2017

VISTO el Expediente N° 175.246/17 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes Nº 24.557, N° 26.773, Nº 27.348, la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los objetivos de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, es reducir la siniestralidad laboral a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

Que dentro de las funciones inherentes a la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), se encuentra la de “…controlar el cumplimiento de las normas de higiene y seguridad en el trabajo pudiendo dictar las disposiciones complementarias que resulten de delegaciones de esta ley o de lo Decretos reglamentarios…”.
Que a fin de cumplir con el mandato legal, la Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales, consideró necesario generar un sistema integrado de información y conocimiento que reúna, analice, investigue, estudie, produzca, difunda y sistematice distintas dimensiones, tendencias, diagnósticos y aspectos de la Salud y Seguridad en el Trabajo.

Que dicho sistema permitiría generar un espacio que permita coordinar los esfuerzos entre los Organismos del Estado Nacional, las agencias internacionales y los actores sociales del mundo del trabajo.

Que la información y conocimiento generado, permitirá realizar un análisis de la realidad argentina en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo para la toma de decisiones, el diseño y la implementación de políticas que beneficien y fortalezcan el Sistema de Riesgos del Trabajo.

Que en virtud de lo expuesto, resultaría procedente la creación, en la órbita de la referida Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales de un Observatorio Argentino de Salud y Seguridad en el Trabajo.

Que la presente medida encuentra fundamento en virtud de las acciones y misiones asignadas a la citada Gerencia mediante la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias: “… Asistir al Superintendente en la supervisión del cumplimiento de las obligaciones asumidas por la SRT con relación al fortalecimiento institucional y en la vinculación con los distintos sectores de la sociedad civil, el sector privado, las entidades gremiales y educativas, el Estado a nivel nacional, provincial y municipal y la Comunidad en general (…) Coordinar con los organismos de trabajo de las distintas Jurisdicciones, así como con otras organizaciones y entidades, la realización y estudios e investigaciones (…) Promover el intercambio de información con otros organismos, nacionales e internacionales…”.

Que la Gerencia Técnica y la Gerencia de Prevención prestaron su conformidad en el ámbito de sus competencias.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 36 y 38 de la Ley Nº 24.557.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Créase el OBSERVATORIO ARGENTINO DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL TRABAJO, cuya denominación será “OBSERVATORIO S.R.T.”, como un sistema integrado de información y conocimiento que reúne, analiza, investiga, estudia, produce, difunde y sistematiza distintas dimensiones, tendencias, diagnósticos y aspectos de la Salud y Seguridad en el Trabajo. Ver más

Singapur pide mayor esfuerzo mundial al cierre del congreso seguridad laboral

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

El ministro de Trabajo de Singapur, Lim Swee Say, clausuró hoy en su país el XXI Congreso Mundial de Seguridad y Salud en el Trabajo con un llamamiento a todos los gobiernos para esforzarse más en impedir las muertes y los accidentes laborales.

Alrededor de 2,78 millones de trabajadores mueren cada año como consecuencia de accidentes y enfermedades ocurridas en los puestos laborales, según datos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) presentados en este congreso que comenzó el domingo pasado.

Las enfermedades provenientes del trabajo representan ellas solas 2,4 millones de muertes anuales.

En términos del número de víctimas mortales por cada 100.000 trabajadores, la tasa ha pasado de 13,8 en 2003 a 11,3 en 2014. Ver más

Advierten que hay 106 accidentes laborales por día en Santa Fe

Tras la muerte de un operario en la planta de molienda de soja Renova, en la localidad de Timbúes este viernes, desde la Legislatura provincial denunciaron la falta de condiciones de seguridad en las agroexportadoras de la provincia. El diputado Carlos Del Frade, un habitual crítico de las multinacionales cerealeras, advirtió que en la provincia de Santa Fe se registran «106 accidentes laborales por día», según estadísticas de la Superintendencia de Riesgos de Trabajo. Para el legislador, la cifra «es de terror». “Los que buscan ganarse la vida, la pierden, repetida contradicción cotidiana», señaló. Ver más

Resolución SRT 844/2017 – Sustitúyase Anexo I Resolución SRT 415/2002 (Registro de Cancerígenos)

Resolución SRT 844/2017 – Sustitúyase Anexo I Resolución SRT 415/2002 (Registro de Cancerígenos)

Boletín Oficial Resolución SRT 844/2017 – Sustitúyase Anexo I Resolución SRT 415/2002 Registro de Cancerígenos

Resolución SRT 844/2017 Anexo I

Resolución SRT 415/2002

Buenos Aires, 07/08/2017

VISTO el Expediente N° 143.533/17 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 21.663, N° 24.557, las Resoluciones S.R.T. N° 415 de fecha 21 de octubre de 2002, N° 310 de fecha 22 de mayo de 2003, N° 01 fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:

Que el artículo 35 de la Ley N° 24.557 creó esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) como entidad autárquica en jurisdicción del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T. Y S.S.), hoy MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.).

Que en tal sentido, mediante dicha disposición se estableció que la S.R.T. absorberá las funciones y atribuciones que desempeñaba la entonces Dirección Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo, entre las que se encontraba la administración del Registro de Sustancias y Agentes Cancerígenos.

Que en ese contexto, a los fines de lograr el efectivo funcionamiento del referido Registro en el ámbito de este Organismo y de actualizar el listado de sustancias y agentes cancerígenos contenidas en el Anexo I de la Disposición de la entonces Dirección Nacional de Higiene y, Seguridad en el Trabajo (D.N.H.S.T.) N° 01/95, se dictó la Resolución S.R.T. N° 415 de fecha 21 de octubre de 2002.

Que posteriormente, con motivo de haberse presentado cuestiones interpretativas relacionadas con los alcances brindados a los términos establecidos en el Anexo I de la referida Resolución S.R.T. N° 415/02, se estimó necesario proceder al dictado de la Resolución S.R.T. N° 310 de fecha 22 de mayo de 2003, a través de la cual se sustituyó el citado Anexo de la mentada norma.

Que ahora bien, en atención a la necesidad de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 1°, apartado 1 del Convenio N° 139 de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.) “Convenio sobre la prevención y el control de los riesgos profesionales causados por las sustancias o agentes cancerígenos”, adoptado el 24 de junio de 1974 en la quincuagésima novena reunión de la Conferencia General de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO y aprobado por nuestro país a través de la Ley N° 21.663, el cual establece: “Todo miembro que ratifique el presente Convenio deberá determinar periódicamente las sustancias y agentes cancerígenos a los que la exposición en el trabajo estará prohibida, o sujeta a autorización o control, y aquellos a los que se aplican otras disposiciones del presente Convenio’’, es que la Gerencia de Comunicación y Relaciones Institucionales, con la conformidad de la Gerencia de Prevención y de la Gerencia Técnica, propició impulsar un proyecto de acto administrativo tendiente actualizar el listado de sustancias y agentes cancerígenos, tomando en consideración los datos más recientes recomendados por los Organismos internacionales especializados en la materia.

Que en virtud de las disposiciones contenidas en la Resolución S.R.T. N° 01 de fecha 05 de enero de 2016 y sus modificatorias, a través de la cual fue aprobada la nueva estructura orgánico funcional de este Organismo, dichas áreas resultan competentes para impulsar el dictado de la presente medida.

Que en consecuencia de lo expuesto, corresponde sustituir el Anexo I de la Resolución S.R.T. N° 415/02.

Que en virtud de mantener un orden normativo, se considera necesario derogar la Resolución S.R.T. N° 310/03.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 35 y 36, apartado 1, inciso a) de la Ley N° 24.557, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1°, apartado 1 del Convenio N° 139 de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO (O.I.T.).

Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Anexo I de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 415 de fecha 21 de octubre de 2002, por el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución. Ver más