Decreto 472/2014 – REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 26.773 DE ORDENAMIENTO DE LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS DERIVADOS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

REGLAMENTACIÓN DE LA LEY Nº 26.773 DE ORDENAMIENTO DE LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS DERIVADOS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Boletín Oficial. Decreto 472/2014 Reglamento Ley 26.773

Bs. As., 1/4/2014
VISTO el Expediente Nº 112.446/12 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO, las Leyes Nros. 24.557 y sus modificaciones y 26.773, el Decreto Nº 1.694 de fecha 5 de noviembre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 26.773 se estableció un régimen de ordenamiento de la reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Que el citado régimen incluye las disposiciones de la referida Ley Nº 26.773, de la Ley Nº 24.557 y sus modificaciones, así como las del Decreto Nº 1.694 de fecha 5 de noviembre de 2009 y normas complementarias.

Que en tal sentido, cabe recordar que, con el fin de mejorar las compensaciones previstas en el régimen de reparación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, el Decreto Nº 1.694/09 determinó un nuevo mecanismo de cálculo para las prestaciones dinerarias en concepto de Incapacidad Laboral Temporaria y por Incapacidad Laboral Permanente, en su etapa de provisionalidad.

Que de igual forma, dicha regulación mejoró el monto de la prestación en concepto de Gran Invalidez, de las compensaciones adicionales de pago único y reemplazó los topes máximos de la incapacidad laboral permanente por pisos mínimos, reformas que se mantienen en la actualidad, omitiendo prever para estos últimos conceptos un mecanismo de incremento periódico, por lo que resulta necesario ajustarlos a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26.773, conforme lo establece el apartado 6 del artículo 17 de esta última.

Que posteriormente la Ley Nº 26.773 avanzó en la progresión tuitiva antes descripta, al establecer que un accidente de trabajo o enfermedad profesional debe ser reparado en forma suficiente, accesible y automática, instituyendo el pago único como principio general indemnizatorio.

Que, ante la supresión del período de Incapacidad Laboral Permanente Provisoria, la ampliación de la etapa de Incapacidad Laboral Temporaria hasta que haya certeza de la disminución de la capacidad laborativa, implica una mejora de las prestaciones dinerarias, en sus aspectos temporales y cualitativos, en los términos del artículo 11, apartado 3) de la Ley Nº 24.557.

Que en ese contexto, también resulta necesario regular aspectos vinculados a la referida prolongación del período de Incapacidad Laboral Temporaria, a la base de cálculo a tomar en cuenta respecto de los montos indemnizatorios y a las cuestiones operativas relacionadas con la obligación de pago de la prestación dineraria.

Que la Ley Nº 26.773 dispuso en su artículo 2° que el principio general indemnizatorio es el de pago único, y mediante su artículo 17 apartado 1 derogó el artículo 19 de la Ley Nº 24.557.

Que a fin de implementar el criterio antes expuesto, resulta razonable “utilizar la metodología de cálculo prevista en el artículo 14, apartado 2, inciso a) de la misma ley, sistema también previsto en el artículo 15, apartado 2, párrafo 2 (Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, 15/7/2011, “Montecucco, Jorge Alberto c/Mapfre Argentina ART SA s/Acción de Amparo”; ídem, Sala X, 26/6/2012, “Sahonero, Simón Pedro c/Mapfre Argentina ART SA s/Accidente – Ley Especial”; ídem, Sala X, 22/11/2012, “Soleres, Beatriz del Carmen c/Provincia ART S.A. s/Accidente – Ley Especial”).

Que de igual modo, se estima pertinente facultar a las dependencias competentes a establecer los parámetros técnicos de ajuste de las prestaciones e indemnizaciones que integran el régimen de reparación.

Que también resulta imperioso determinar dentro de la limitación de los gastos de administración y otros no prestacionales de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, los atinentes a la comercialización o intermediación en la venta del seguro.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITUCION NACIONAL, y el artículo 11, apartado 3) de la Ley Nº 24.557.

Por ello,

LA PRESIDENTA
DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase la reglamentación de la Ley Nº 26.773; la que como ANEXO forma parte integrante del presente decreto. Seguir leyendo Decreto 472/2014 – REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 26.773 DE ORDENAMIENTO DE LA REPARACIÓN DE LOS DAÑOS DERIVADOS DE LOS ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Falleció joven operario de DLS en un accidente en un equipo

La noticia se conoció a primera hora de la mañana de ayer, a través de la propia compañía, que emitió un comunicado dando a conocer la fatal noticia.

El accidente se produjo alrededor de las 22 horas del viernes y el fallecimiento del joven operario cerca de las 23. Se estudian las causas del mismo. El Presidente de la firma adelantó que se colabora en la investigación judicial.

En un comunicado hecho llegar a los medios de comunicación, la empresa DLS Argentina Limited, Sucursal Argentina hace saber que “lamenta comunicar que en la noche de ayer (por el viernes) se produjo un accidente fatal en el equipo de perforación DLS 4101.

Como consecuencia del mismo, César Alejandro Varas, de 25 años de edad, quien se encontraba trabajando en el lugar –prosigue el comunicado-, perdió la vida pese a ser asistido y trasladado en ambulancia para su atención médica en el yacimiento”.

Asimismo hicieron saber que notificó a los familiares del operario y dispusieron “los mecanismos de contención del caso. Asimismo inmediatamente de ocurrido el accidente, la empresa suspendió todas sus actividades para colaborar con la investigación correspondiente, al mismo tiempo que inició sus protocolos internos para determinar con precisión las causas del accidente”.

El comunicado finaliza señalando que “DLS Argentina Limited, Sucursal Argentina acompaña con profundo dolor a la familia y compañeros de César Alejandro Varas”. Seguir leyendo Falleció joven operario de DLS en un accidente en un equipo

Inauguraron la Dirección Provincial de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Se realizará un trabajo de forma conjunta con empresarios de todas las áreas y niveles para que se cumplan las condiciones laborales de cada trabajador con las garantías de la Ley.

El Gobierno de la provincia inauguró la Dirección Provincial de Higiene y Seguridad en el Trabajo, dependiente de la Secretaría de Trabajo y Relaciones Laborales de la Provincia. Las oficinas están ubicadas en avenida Bolivia, frente al RIM 20. Seguir leyendo Inauguraron la Dirección Provincial de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Mueren 2 mineros al reventarse arnés

Dos jóvenes y modestos mineros murieron ayer durante un accidente que se registró en un pocito de carbón ubicado en este mineral, luego de que el cable de acero del “malacate” se reventó cuando ellos iban bajando a trabajar y luego de que doce de sus compañeros ya habían entrado al centro de trabajo.

Fue en punto de las 8:20 horas cuando se registró la falla en el malacate, cayendo los dos mineros al fondo del pozo con una profundidad de 85 metros y murieron al final del pozo tras la caída, los jóvenes identificados como Leonardo Francisco García, de 21 años de edad, soltero, con domicilio en este mismo mineral y Misael Ibarra Amaya, de 20 años, casado y con domicilio en el mineral de Palaú. Seguir leyendo Mueren 2 mineros al reventarse arnés

ACCIDENTES DE TRABAJO, AFECTAN A LA VÍCTIMA Y SU ENTORNO: IMSS

El doctor Miguel Ángel León Espíndola, adscrito a la Coordinación de Salud en el Trabajo del IMSS en Hidalgo, explicó que los riesgos de trabajo se presentan como accidentes en el área laboral, trayecto y enfermedades de trabajo.

Su ocurrencia se debe al grado de riesgo que tenga la industria a la a cual presten servicios, ya que en algunas ocasiones se puede provocar hasta la muerte, sin dejar de mencionar que éstos se pueden disminuir al seguir la normatividad de seguridad de la empresa. Seguir leyendo ACCIDENTES DE TRABAJO, AFECTAN A LA VÍCTIMA Y SU ENTORNO: IMSS

Rige Ley de responsabilidad penal del empleador por accidentes de trabajo

Desde este martes rige la Ley que establece la responsabilidad penal del empleador en caso incumpla con las normas de seguridad y salud en el trabajo. La Ley establece penas de prisión de tres a 24 meses por no adoptar las medidas de seguridad laboral.

La Ley establece penas de prisión de tres a 24 meses por no adoptar las medidas de seguridad laboral.

El Poder Ejecutivo promulgó este martes la Ley 19.196, de responsabilidad penal del empleador cuando incumpliere con normas de seguridad y salud en el trabajo.

La disposición determina que “cuando el empleador no adoptare los medios de resguardo y seguridad laboral, de forma que ponga en peligro grave y concreto la vida, la salud o la integridad física del trabajador, será castigado con tres a 24 meses de prisión”. Seguir leyendo Rige Ley de responsabilidad penal del empleador por accidentes de trabajo

El miedo a perder el trabajo deja en segundo plano la seguridad laboral

Los accidentes disminuyen en el primer bimestre del año pero hay más graves, el 18%, y mortales, 66% – Pontevedra sumó 1.122

Pontevedra registró 19 accidentes de trabajo diarios en el primer bimestre del año, dos menos al día que en el mismo período de 2013. Fueron 1.122 frente a 1.317 y sin embargo este dato cuantitativamente positivo está lleno de sombras, tal como se encargan en subrayar los agentes sociales.

El descenso del número total de incidentes laborales en la provincia, cifrado en un 14,8% y de accidentes de carácter leve, de un 15,4%, se contrapone un incremento que roza el 18% en el caso de siniestros con saldo de heridos graves y del 66,6% cuando hay víctimas mortales. Son en términos absolutos pocos accidentes pero dadas las consecuencias, inasumibles. En el primer bimestre del año se registraron cinco siniestros laborales con víctimas mortales y veinte con un saldo de heridos graves. En el mismo período del año anterior habían sido tres y diecisiete respectivamente. Seguir leyendo El miedo a perder el trabajo deja en segundo plano la seguridad laboral

Cuatro chinos mueren en explosión en hidroeléctrica en el sur de Ecuador

Cuatro trabajadores de origen chino murieron en una explosión en el proyecto hidroeléctrico «Sopladora», que se construye en la provincia de Azuay, en el sur de Ecuador, informaron hoy las autoridades.

Cuatro trabajadores de origen chino murieron en una explosión en el proyecto hidroeléctrico «Sopladora», que se construye en la provincia de Azuay, en el sur de Ecuador, informaron hoy las autoridades.

El servicio de emergencias ECU-911 indicó que el fallecimiento de los empleados, ocurrido el martes, se debió a un accidente laboral.

La Fiscalía de Azuay abrió una investigación sobre las causas del accidente, ocurrido en el interior de un túnel, al producirse presumiblemente una explosión de dinamita, indicó el Ministerio Público en un comunicado. Seguir leyendo Cuatro chinos mueren en explosión en hidroeléctrica en el sur de Ecuador

Tras la muerte de otro obrero, son siete los trabajadores víctimas en obras del Mundial

Fue al caer de 8 metros en el estadio Itaquerao de San Pablo, que albergará el primer partido del Mundial de Fútbol, en lo que constituye la séptima muerte en escenarios de la competición brasileña.

Fabio Hamilton da Cruz, cuya edad no fue divulgada de inmediato, cayó desde unos ocho metros mientras ayudaba a instalar asientos temporales en el estadio Itaquerao.

Un obrero murió ayer sábado tras caer en el lugar donde se efectúa la construcción del estadio en San Pablo que albergará el partido inaugural de la Copa del Mundo, en lo que constituye la séptima muerte en accidentes ocurridos en escenarios de la competición en Brasil.

Fabio Hamilton da Cruz, cuya edad no fue divulgada de inmediato, cayó desde unos ocho metros (26 pies) mientras ayudaba a instalar asientos temporales en el estadio Itaquerao, dijo la empresa constructora Fast Engenharia en un comunicado. Los bomberos informaron que la caída fue desde unos 15 metros (50 pies). Seguir leyendo Tras la muerte de otro obrero, son siete los trabajadores víctimas en obras del Mundial

Autónomos reclaman derecho a seguridad en el trabajo

UGT ha solicitado que se redoblen los esfuerzos para que los trabajadores autónomos tengan derecho a seguridad en el trabajo. El sindicato reconoce que se han hecho avances en los últimos años, de manera que en la actualidad el Estatuto del Autónomo por fin considera a esta figura laboral como una posible víctima en caso de accidente o enfermedad derivada de su actividad profesional.

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