Resolución MAyDS 299/2021: Lineamientos Relativos a la Gestión de Mercurio Elemental, sus Mezclas y Compuestos

Ciudad de Buenos Aires, 13/09/2021

VISTO el expediente EX-2021-64865864-APN-DGAYF#MAD del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN, el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438 del 20 de marzo de 1992), sus modificatorias y complementarias, la Ley Nº 25.675, la Ley Nº 27.356, la Ley N° 25.278, la Ley Nº 26.184, el Decreto N° 1.759 del 27 de abril de 1972 y sus modificatorias y complementarias, el Decreto Nº 504 del 23 de julio de 2019, el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre de 2019, el Decreto Nº 50 del 20 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa Nº 262 del 2 de marzo de 2020, las Resoluciones de la Secretaría de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable N° 71 del 13 de febrero de 2019 y N° 75 del 15 de febrero de 2019, la Resolución del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE N°443 del 10 de diciembre de 2020 y sus complementarias, la Resolución del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE N°110 del 14 de abril de 2021, y

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Muere un trabajador y otros dos resultan heridos tras un accidente con una trituradora

El encendido accidental de una trituradora ha producido la muerte de un joven de 30 años y ha herido a otros dos de 29 y 32, el primero de ellos de gravedad

Un joven de 30 años ha fallecido durante la tarde de este martes y otros dos, de 29 y 32, han resultado heridos en un siniestro laboral producido en la planta productiva Silestone III de Cantoria (Almería). Las autoridades policiales indican que el siniestro se ha producido al encenderse una máquina trituradora de forma accidental.

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Una joven quedó sin cabello ni oreja tras un accidente laboral

Una empleada demandó a una empresa de ingeniería después de que le arrancaran brutalmente el cuero cabelludo y parte de la oreja cuando su cabello se atascó en un taladro eléctrico giratorio.

Una empresa de ingeniería fue multada después de que una de sus empleadas sufriera brutalmente lesiones en el cuero cabelludo cuando su cabello se enredó en un taladro de columna.

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!Hay que Dejar de Vender Humo en Higiene y Seguridad en el Trabajo!

Empecé a estudiar esta disciplina allá por el año 1994, y desde esa época vengo escuchando que la prioridad la debe tener la seguridad por sobre la producción.

Al principio y por muchos años fui un gran adepto a está idea, pero con el tiempo y la introducción paulatina al mundo de la educación, como docente en materias específicas de la especialidad, esta idea fue mutando.

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Resolución MTySS 477/2021: Centros Buena Cosecha. Espacios de cuidado y contención destinados a menores de hasta 18

Ciudad de Buenos Aires, 17/08/2021

VISTO el EX-2021-64001591- -APN-DGD#MT, los Convenios de la ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO N° 130 (ratificado por la Ley N° 24.650), N° 156 (ratificado por la Ley N° 23.451), N° 182 (ratificado por la Ley N° 25.255), la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por Ley N° 23.849), la Ley de Empleo N° 24.013, la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes N° 26.061, la Ley N° 26.390, la Ley del Régimen de Trabajo Agrario N° 26.727, los Decretos N° 719 del 25 de agosto de 2020 y N° 301 del 21 de marzo de 2013, la Resolución del Directorio del REGISTRO NACIONAL DE TRABAJADORES RURALES Y EMPLEADORES N° 209 del 2 de agosto de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que las trabajadoras y los trabajadores que se desempeñan en trabajos estacionales y/o en establecimientos alejados de sus respectivos domicilios reales, en muchos casos deben movilizarse junto a sus familias.

Que en las zonas rurales se detecta el SESENTA POR CIENTO (60 %) del trabajo infantil de Argentina, sin perjuicio de su detección en ámbitos urbanos.

Que niños, niñas y adolescentes suelen verse desempeñándose en la preparación de la tierra, la siembra y la cosecha, teniendo a su cargo el cuidado de animales y cultivos, en la participación en las fumigaciones, el acarreo de agua o el acopiado de leña para su uso industrial o comercial.

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Condena millonaria al Estado y una ART por incumplir con indicaciones médicas

Fue por las complicaciones que sufrió una policía tras un siniestro hacia su trabajo. La suma es de $3,2 millones.

La provincia recibió un duro revés judicial, debido a que funcionarios no siguieron las indicaciones de profesionales médicos con respecto a la lesión que había sufrido una trabajadora. La jueza Adriana Tettamanti, del Contencioso Administrativo, entendió que el Estado y la Aseguradora de Riesgo de Trabajo (ART) IAPSER fueron los responsables de las graves incapacidades físicas y psicológicas que sufrió una policía que tuvo un accidente camino a su lugar de trabajo. Para la magistrada, las autoridades públicas ignoraron las recomendaciones de especialistas y obligaron a la damnificada a volver a su puesto cuando no estaba en condiciones de hacerlo, mientras que en la ART no cumplieron con las prácticas médicas para su recuperación. Así, la agente tuvo complicaciones y fue diagnosticada con una incapacidad para la labor y función policial del 75 por ciento, por lo que se le dio pase a retiro obligatorio. Por las faltas, tanto la provincia como el IAPSER fueron condenadas a desembolsar 3.261.147 pesos, más intereses desde la fecha de la demanda hasta que la sentencia quede firme. En la actualidad, la cifra podría alcanzar los 10 millones de pesos.

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