FEDERACIÓN ARGENTINA DE LA INGENIERÍA ESPECIALIZADA
Resolución 1/2018: Servicios Externos de Higiene y Seguridad en el Trabajo
Córdoba, 21/09/2018
VISTO:
La Resolución SRT N° 905/15 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Decretos N° 351/79, N° 911/96, N° 617/97, N° 249/07 del Poder Ejecutivo Nacional y Resolución N° 295/03 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
Y CONSIDERANDO:
Que dicha resolución establece la obligación del profesional a cargo del Servicio de Higiene y Seguridad del Trabajo de desarrollar una serie de actividades que requieren función ejecutiva.
Que el ejercicio profesional de la ingeniería en cada una de las Provincias de la República Argentina se encuentra regulada por distintas Leyes Provinciales en respeto a la autonomía federal y delegación del poder que la Nación otorga a las Provincias y estas últimas delegan en cada Colegio Profesional.
Que la normativa vigente en material de Higiene y Seguridad solamente hace mención a los Servicios externos sin definir ni delimitar sus responsabilidades.
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