La Victoria: Obrero muere aplastado por pesada maquinaria

Pala cayó sobre su cabeza y a pesar que fue auxiliado y llevado a una clínica particular por sus vecinos y compañeros de trabajo, falleció.

Un trágico accidente de trabajo acabó con la vida de un obrero de maquinaria pesada, luego que la pala de una máquina cayera sobre él durante una construcción en La Victoria.

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Se derrumbó un paredón en Entre Ríos al 2.000 y un obrero fue aplastado

El trabajador sufrió heridas al quedar debajo de la estructura que cedió en una vivienda en construcción. Fue rescatado y trasladado al Heca

Un obrero de la construcción sufrió heridas este miércoles a la tarde al quedar debajo de un paredón que se derrumbó en una obra de Entre Ríos al 2.000, macrocentro de Rosario.

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Espectacular rescate en altura en Río Cuarto

Lograron bajar del piso 15 a un trabajador accidentado en una obra en construcción

Un obrero de 38 años se cayó del piso 17 al 15 en el interior de una obra en construcción en Río Cuarto. Debido a las lesiones que presentaba debió ser socorrido y bajado del edificio con un sistema de cuerdas, en una camilla cesta. 

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Un albañil falleció tras caer desde metros de altura

Ocurrió este miércoles al mediodía, en una obra en construcción en Castelli y 12 de Septiembre en Santo Tomé.

Este miércoles al mediodía, un albañil falleció tras caer al vacío desde una obra en la que trabajaba en la intersección de las calles Castelli y 12 de Septiembre, en Santo Tomé.

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Resolución SRT 13/2020: Manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos

Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2020

VISTO el Expediente EX-2020-06103218-APN-SMYC#SRT, las Leyes N° 19.549, N° 19.587, N° 24.557, N° 25.212, los Decretos N° 1.759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 2017), N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979, N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996, N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.) N° 295 de fecha 10 de noviembre de 2003, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 886 de fecha 22 de abril de 2015, N° 3.345 de fecha 24 de septiembre de 2015, N° 42 de fecha 10 de mayo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1°, apartado 2, inciso a) de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo establece como objetivo fundamental del Sistema reducir la siniestralidad a través de la prevención de los riesgos derivados del trabajo.

Que los empleadores, los trabajadores y las ASEGURADORAS DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) comprendidos en el ámbito de dicha ley se encuentran obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para prevenir eficazmente los riesgos del trabajo así como cumplir con las normas sobre higiene y seguridad en el trabajo.

Que el artículo 35 de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo estableció que la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) reviste el carácter de entidad autárquica en jurisdicción del MINISTERIO DE TRABAJO EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.), a quien le corresponde regular y supervisar el sistema instaurado en dicha ley.

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Por un entorno laboral sin riesgos

“[…] es plausible que el MTPE haya emprendido el esfuerzo de asegurar que los trabajadores de nuestro país desarrollen sus actividades en un entorno más seguro y libre de riesgos […].

El Poder Ejecutivo publicó el miércoles pasado el Decreto Supremo Nº 020-2019-TR, que modifica el reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo con el propósito de promover una cultura de prevención de riesgos laborales y hacer más pronta la actuación de los inspectores del sector en caso de accidentes seguidos de la muerte del trabajador.

La norma fortalece la fiscalización en seguridad y salud en el trabajo (SST) y refuerza las medidas de prevención de riesgos laborales que los empleadores deberán tomar.

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