Ordenan indemnizar a familiares de trabajador que cayó de un andamio

El accidente laboral ocurrió el 24 de agosto del 2012 cuando el hombre murió a causa de las heridas recibidas al caer de 7 metros de altura.

La Cámara Laboral Segunda de Bariloche hizo lugar a demanda por indemnización integral por accidente de trabajo y condenó a una empresa constructora, a un Fideicomiso, una ART y tres personas vinculadas a la obra a indemnizar con el monto pertinente, más sus intereses, a la esposa e hijos de un obrero que falleciera al caer de un andamio. Ver más

Análisis Ley 12.913. Capítulo V: Funcionamiento. Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo. Pcia. Santa Fe

Ley 12.913. Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo. Pcia. Santa Fe

Capítulo V: Funcionamiento

Artículo 14- Sólo los miembros que integran el Comité en representación del empleador y de los/as trabajadores/as tendrán voz y voto en sus deliberaciones.

Análisis: Que sólo los miembros puedan hablar y votar, no implica que las reuniones debieran ser secretas o a puertas cerradas. Nada relacionado a la seguridad y salud de los trabajadores puede ser considerado secreto o confidencial, salvo la reserva de identidad. Ver más

Sólo el 4% de las obras cumple con las medidas de seguridad en el Gran Rosario

Un relevamiento de un equipo de la Facultad de Arquitectura (UNR) reveló el alto grado de informalidad que afecta al personal.

Preocupaciones inquietantes, advertencias ineludibles, y una urgente necesidad de replanteos en el escenario de la construcción. Esas percepciones se desprenden de las conclusiones del relevamiento de condiciones de salud y seguridad que realizó recientemente un equipo de investigación de la Facultad de Arquitectura (UNR), en obras de pequeña y mediana escala en el área del Gran Rosario. Ese análisis expone el enorme grado de informalidad, y la falta de conciencia y de controles que rodea, condiciona e interpela al ejercicio de este importante sector laboral, uno de los principales motores de la economía. Ver más

Análisis Ley 12.913. Capítulo I: Creación. Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo. Pcia. Santa Fe

Ley 12.913. Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo. Pcia. Santa Fe

Capítulo I: Creación

Artículo 1- Constitúyanse en la provincia de Santa Fe los Comités de Salud y Seguridad en el Trabajo. Los mismos son órganos paritarios con participación de trabajadores/as y empleadores,…

Análisis: Paritario significa que lo forman en igualdad de número de integrantes y derechos de sus miembros. Es decir, discuten al mismo nivel jerárquico. Ver más

Resolución SRT 743/2003. Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores. Parte 4: Análisis Artículos

Análisis de los Artículos

Análisis: Estos tres primeros artículos son meramente formales. Algo importante desde el punto de vista administrativo legal es que la Disposición DNSyST 8/95 no fue explícitamente derogada, pero tampoco es necesario su mención o uso dado que todo lo que se necesita para aplicar o no al Registro se encuentra en la actual norma.

Artículo 1º — Dispónese el funcionamiento del «Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores» en el ámbito de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO el que se regirá por las normas contenidas en la presente Resolución.

Análisis: Este es el artículo que se necesitaba para que la Disposición DNSyST 8/95 inactiva desde su inicio se pudiera llevar a la práctica. Ver más

Resolución SRT 743/2003. Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Industriales Mayores. Parte 2: Análisis Introductorio

Ocho Años sin Hacer Nada

La Disposición DNSyST 8/95 en la práctica no entró en aplicación dado que para ese mismo año se promulga la ley 24.557 sobre Riesgo de Trabajo y con ello en el artículo 35 se crea la SRT, que absorbió las funciones y atribuciones de la DNSyST, es decir, ésta como tal desapareció.

Desde 1996 hasta la publicación de la Resolución SRT 743/2003, es decir, la friolera cantidad de ocho años, ningún empleador o empresa podía cumplir con la misma, es decir, registrarse, dado que administrativamente en la SRT no existía tal Registro o el instrumento administrativo legal que instruya a las ART como proceder con sus asegurados. Ocho años le tomó a la SRT para implementar un registro, que es un acto y una tarea netamente administrativa. Ver más