Cofco, cuando la burocracia se prueba el vestido de la muerte

¿Era evitable? ¿Fue un accidente o una tragedia? ¿La empresa cumplía con todas las normas de seguridad? ¿Se habían realizado los controles pertinentes? Así como éstos, otros tantos interrogantes quedaron entre las nubes de humo que estuvieron horas sobre la planta de Puerto San Martín.

Ignacio Pellizzón | redaccion@miradorprovincial.com

La empresa cerealera Cofco, más conocida como ex Nidera, actual firma perteneciente al Estado chino, que se ubica en la localidad de San Lorenzo y específicamente en Puerto San Martín, sufrió una tremenda explosión el pasado miércoles que dejó un saldo hasta la fecha de dos operarios muertos, dos en Cuidados Intensivos y cinco en la Unidad de Quemados.

Según las primeras informaciones que surgieron, la explosión se suscitó en la celda N° 2 de la planta en la que se incendió una cinta transportadora de granos que generó las detonaciones en túneles. La primera hipótesis es que se acumularon muchos gases por estos pequeños incendios y esto provocó el estallido. Esta no es la primera explosión en Cofco de este año. El 31 de julio hubo una explosión a las 4.30 de la mañana con daños materiales. Ver más

Dos hermanos murieron cuando intentaban apagar un incendio en un campo de La Pampa

Se trata de Iván y Federico Starkloff, que trabajaban como contratistas rurales. Tenían 33 y 20 años

Los hermanos Iván y Federico Starkloff

Los hermanos Iván y Federico Starkloff terminaron el 2017 protagonizando una tragedia. Intentaron controlar un incendio en un campo de La Pampa, quedaron atrapados en el fuego y murieron como consecuencia de las graves quemaduras. Tenían 33 y 20 años, y eran contratistas rurales. Ver más

Guatraché: un adolescente menonita murió aplastado por un tractor

En la tarde de ayer, alrededor de las 18.30 falleció un joven en la Colonia Nueva Esperanza (Colonia Menonita) de Guatraché, específicamente en el predio del Campo 9. Según fuentes policiales, el menor de 14 años estaba realizando tareas agropecuarias en el campo donde residía con su familia. Iba junto a un familiar de 19 años, ambos con domicilio en el lugar. Ver más

Dos trabajadores rurales de Quemú perdieron la vida en cercanías de Líbano

Las víctimas fatales fueron identificadas como Darío Fabián Gómez y Raúl Alberto Illesta y habían sido encontradas sin vida en el interior de la casilla de campaña en la que dormían. La autopsia constató que el deceso de ambos se produjo por la inhalación de monóxido de carbono. Ver más

Análisis de la Ley 19.587. Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Ley 19.587: Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo

Bs. As., 21/4/72

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

Contexto Político: Se trata de una ley-decreto de la Revolución Argentina, que es el nombre con el que se autodenominó la dictadura cívico-militar que derrocó al presidente constitucional radical, Arturo Illia, mediante un golpe de Estado llevado a cabo el 28 de junio de 1966, y que duró hasta el año 1973.

Los dictadores que se sucedieron fueron:  Juan Carlos Onganía (1966-1970), Roberto Marcelo Levingston (1970-1971) y Alejandro Agustín Lanusse (1971-1973).

Pese a que se trata de una ley emanada de un gobierno dictatorial, aún sigue vigente al igual que su principal reglamento, el decreto 351/79.

Es una ley muy simple que otorga al Poder Ejecutivo amplios poderes para hacer cosas en materia de higiene y seguridad en el trabajo, y que, a mi simple entender todavía ningún gobierno desde ´72 a la fecha han sabido utilizar a fondo.

Artículo 1º — Las condiciones de higiene y seguridad en el trabajo se ajustarán, en todo el territorio de la República, a las normas de la presente ley y de las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten.

Análisis: Esta primera parte del artículo habla del alcance de la norma y la misma se aplica a todo el territorio de la República, es decir, Estado Nacional más Estados Provinciales y Municipios Autónomos. Esta idea de normas únicas para todo el territorio en materia laboral, que incluye a la higiene y seguridad en el trabajo, está ratificada en el Pacto Federal del Trabajo ley 25.212. Ver más

Análisis del Artículo 52/53/54/55/56. Titulo III. Capítulo 5: Cocina, Comedor y otros Servicios. Decreto 351/79 Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo

TÍTULO III: Características Constructivas de los Establecimientos

CAPÍTULO 5: Proyecto, Instalación, Ampliación, Acondicionamiento y Modificación

Artículo 52. — Cuando la empresa destine un local para comedor, deberá ubicarse lo más aisladamente posible del resto del establecimiento, preferiblemente en edificio independiente. Los pisos, paredes y techos, serán lisos y susceptibles de fácil limpieza, tendrán iluminación, ventilación y temperatura adecuada.

Análisis: El comedor no es obligatorio. Tampoco es taxativo la obligación del comedor en caso de que el personal debe comer en la empresa, pero si el personal almuerza, cenar, desayunar o merienda en el trabajo, debe hacerlo es un lugar adecuado que debe reunir las condiciones de un COMEDOR. El ambiente de trabajo no es el lugar apropiado para comer, por múltiples razones, una de ellas y quizás la más importante, es la de evitar la contaminación cruzada. Ver más