APROXIMACION AL INCIDENTE CATASTRÓFICO OCURRIDO EN LA PLANTA TERMOELECTRICA TACOA

APROXIMACIÓN AL INCIDENTE CATASTRÓFICO OCURRIDO EN LA PLANTA TERMOELECTRICA TACOA EL 19 DE DICIEMBRE DE 1982. NUNCA MAS!

Eric Omaña, profesor universitario de seguridad y salud en el trabajo

INTRODUCCIÓN Y PRESENTACIÓN

En 1982 ocurrió en el sector eléctrico, concretamente en la Planta Termoeléctrica Tacoa, de propiedad privada, un incidente con dos fatalidades, que por mal manejo del evento se transformó en catastrófico, con un total de 154 personas fallecidas, reconocidas oficialmente, número que puede ser mayor, dado las personas de la comunidad que desaparecieron en ese momento.

En esta presentación, utilizando los extractos del informe de la comisión investigadora, las declaraciones de personeros del gobierno de Luis Herrera que estuvieron en el lugar, de bomberos, de ex-funcionarios de la empresa Electricidad de Caracas y de otros aportantes, como periodistas y el propio instituto de formación de bomberos, hoy parte de la Universidad de la Seguridad, se ha triangulado la información para tratar de esclarecer el primer incidente, que causó la muerte a dos trabajadores de Tacoa, y para explicarnos la cadena de eventos previos que se desarrollaron para que en un segundo incidente, horas después del primero, se produjera la catástrofe.Todo eso para exclamar, además de justicia, que nunca más pase algo así.

EQUIPOS DE INVESTIGACIÓN

Hace 33 años ocurrió el mayor accidente industrial ocurrido en Venezuela en todos los tiempos. El Presidente Luis Herrera nombró una Comisión Asesora Presidencial para su investigación integrada por el Comisario Gabriel Lugo Lugo, Director de la PTJ, responsable y vocero de la misma, el Abogado Asdrúbal Aguiar, Asesor Jurídico, los Comisarios de la PTJ, Eleazar Cutto Rondón y Eduardo Rojas Ochoa, los Comisarios de la Disip, Pablo Simoza y Camilo Cusatti, el coronel Luis José Rodríguez Salazar del Ministerio de la Defensa, y Representantes de Lagoven y Maraven (Brígido Natera), Cadafe y Bomberos. Una segunda comisión actuó, de carácter técnica pero prácticamente su trabajo nada tuvo que ver con la presidida por la PTJ, la misma estuvo integrada por Lic. Wintila Guacarán, Directora General Sectorial de Previsión Social del Ministerio del Trabajo, Srs. Ángel Parejo y Omar Cardozo de Lagoven, Técnico José Espinoza Departamente de Seguridad Industrial, Ministerio de Energía y Minas, Ing. Perla Putterman, Comisión Nacional de Normas Industriales (Covenin), Ing. Eric Omaña, Programa de Higiene Ocupacional del Ministerio de Sanidad, Sr. Ángel Freites, Cuerpo de Bomberos del Distrito Federal y Lic. Alfredo Miuller, Dirección de Medicina del Trabajo, IVSS. Lo rescatable de esta comisión que trató de modificar el Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad en el Trabajo e inició el desarrollo de normas técnicas en materia preventiva que prácticamente no existía como política nacional. Ver más

Resolución SRT 3359/2015 – Modificación Plazo Implementación Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS)

Resolución SRT 3359/2015 – Modificación Plazo Implementación Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS)

Boletín Oficial Res SRT 3359/2015 – Modificación Plazos Implementación SGA-GHS

Bs. As., 29/09/2015

VISTO el Expediente N° 148.841/14 del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), las Leyes N° 19.587, N° 24.557, N° 26.773, los Decretos N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979, N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996, N° 617 de fecha 7 de julio de 1997, N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007, las Resoluciones S.R.T. N° 3.117 de fecha 21 de noviembre de 2014, N° 801 de fecha 10 de abril de 2015, N° 2.288 de fecha 05 de agosto de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 801 de fecha 10 de abril de 2015 se aprobó la Implementación del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS) en el ámbito laboral.

Que el artículo 6° de la citada resolución estableció su entrada en vigencia a partir de los CIENTO OCHENTA (180) días desde la publicación en el Boletín Oficial.

Que esta S.R.T. se encuentra desarrollando un plan de acción comunicacional, consistente en la difusión y concientización para la correcta implementación del SGA/GHS, dirigida a los actores sociales involucrados en general y particularmente, con los sectores empresarios y las cámaras que los representan.

Que si bien se ha verificado un alto grado de conocimiento de la Resolución S.R.T. N° 801/15, las principales cámaras representativas de los sectores directamente relacionados con la industria química, petroquímica, agroquímica y conexas, han informado ciertas dificultades de carácter técnico, logístico y económico en la adecuación de sus respectivos etiquetados, en virtud del plazo previsto por la citada norma.

Que atendiendo a las motivaciones expuestas por el sector empresario, a los estudios realizados sobre una muestra de empresas del sector químico y petroquímico en relación a la clasificación y etiquetado de las sustancias químicas que utilizan en sus procesos productivos y la legislación comparada sobre la materia en los países latinoamericanos, se considera oportuno otorgar un plazo mayor para la implementación del SGA/GHS.

Que en otro orden de ideas, en el año 2003 se aprobó y publicó la primera versión del SGA/GHS, a partir de ese momento se ha ido actualizando cada DOS (2) años, disponiendo ahora la quinta versión revisada, adoptada por la Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa en diciembre de 2012 y publicada en 2013.

Que en el caso de una eventual revisión del mencionado sistema, esta S.R.T. comunicará su adopción por los canales de difusión que estime convenientes.

Que la Gerencia de Comunicación Institucional y Capacitación ha intervenido en el ámbito de las atribuciones conferidas por la Resolución S.R.T. N° 3.117 de fecha 21 de noviembre de 2014 y la Resolución S.R.T. N° 2.288 de fecha 5 de agosto de 2015.

Que la Gerencia de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 36, apartado 1, inciso a) de la Ley N° 24.557, los artículos 1° y 9° de la Ley N° 19.587, el artículo 2° del Decreto N° 351 de fecha 5 de febrero de 1979, el artículo 3° del Decreto N° 911 de fecha 5 de agosto de 1996 y el artículo 2° del Decreto N° 617 de fecha 7 de julio de 1997 —conforme modificaciones dispuestas por los artículos 1°, 4° y 5° del Decreto N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003—, y el artículo 2° del Decreto N° 249 de fecha 20 de marzo de 2007.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE
DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyase el artículo 6° de la Resolución de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 801 de fecha 10 de abril de 2015 —que aprueba la implementación del Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (SGA/GHS)—, el que quedará redactado de la siguiente manera: Ver más

Un hombre de 49 años muere aplastado por una excavadora en Sant Llorenç

La víctima salió de la cabina de la máquina y se enganchó con uno de los mandos, provocando que la pala cayera sobre él

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Un hombre de 49 años murió ayer aplastado por la pala de la excavadora con la que estaba trabajando en una finca a las afueras de Sant Llorenç des Cardassar. La víctima salió de la cabina de la máquina y se enganchó con uno de los mandos, provocando que la pala se accionara y cayera sobre él. Sus compañeros corrieron a auxiliarlo y lo trasladaron a un centro médico, donde solo se pudo certificar su fallecimiento. La Policía Judicial de la Guardia Civil y la Inspección de Trabajo investigan las circunstancias en las que se produjo el accidente. Una de las hipótesis que se manejan es que la víctima resbalara debido a las lluvias. Ver más

Morse: Muere un antenista al caer desde más de 15 metros de altura

El fatal siniestro se produjo pasadas las 15, en las oficinas de una empresa cerealera ubicada en el centro de la localidad. Héctor Daniel López, de 59 años de edad, falleció en el acto.

Un fatal accidente de trabajo se produjo ayer por la tarde en la oficina central de la firma Berbal, en la localidad de Morse, cuando un antenista se precipitó al suelo desde unos 15 metros de altura junto a un tramo de la antena que estaba colocando, provocándole la muerte en el acto.

El antenista, identificado como Héctor Daniel López (59), era de Junín y tenía muchos años de experiencia en el rubro.

Según fuentes del cuartel de Bomberos Voluntarios de Morse, el accidente se produjo pasadas las 15 en la oficina de la firma agropecuaria. Ver más

Se incendió la fábrica de Felfort y hay un obrero herido

Un incendio se produjo esta mañana en la fábrica de chocolates ubicada en Gascón y Díaz Vélez, en el barrio porteño de Almagro, por lo que al menos un obrero fue trasladado a un hospital cercano con principio de asfixia.

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Un incendio se produjo esta mañana en la fábrica de chocolates Felfort ubicada en Gascón y Díaz Vélez, en el barrio porteño de Almagro, por lo que al menos un obrero fue trasladado a un hospital cercano con principio de asfixia. Ver más

Decreto 1588/2015 – Reforma del Estatuto Institucional del Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe

Decreto 1588/2015 –  Reforma del Estatuto Institucional del Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe

SANTA FE, Cuna de la Constitución
Nacional, 09 JUN 2015

VISTO:
El expediente N° 02001-0020350-9, del registro del sistema de información de expedientes, mediante el cual, el Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe —Distrito 1- (Ley 11.291), solicita aprobación de la modificación del Estatuto; y
CONSIDERANDO:
Que, se adjunta nota en la que el Presidente y Vicepresidente del Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe —Distrito 1- solicitan la aprobación de la modificación del estatuto del citado Colegio;
Que, se agrega copia de Decreto N° 0601 del 28 de abril de 1999, certificada por Escribano, en el cual se aprueba el Estatuto de la Institución mencionada en el párrafo precedente;
Que, se anexa copia legalizada por escribano del Estatuto del Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe — Distrito 1 — ley 11.291;
Que se anexa publicación en el Boletín Oficial de fecha 06 de mayo de 1999, del Decreto N° 0601 del 28/04/1999, en virtud del cual se aprueba el Estatuto que rige el colegio mencionado;
Que, se adjunta copia certificada por Escribano del Acta de Asamblea Ordinaria Provincial del Colegio de Ingenieros Especialistas en la que se aprueba la modificación del cuerpo legal que gobierna la Institución y su Anexo II, de fecha 16 de mayo de 203;
Que, luce adjuntado al presente, el proyecto de Estatuto sugerido;
Que el 20 de mayo de 2014 se dicta la Resolución del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos N° 0155/14 mediante la cual se habilita la intervención de la Inspección General de Persona Jurídica dependiente de Fiscalía de Estado;
Que, por Dictamen N° 7219 de fecha 8 de octubre de 2014 el Inspector General de Personas Jurídicas, realiza las observaciones correspondientes;
Que el Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe, contesta las observaciones formuladas;
Que, luego, mediante Dictamen N° 7285 de fecha 28 de Octubre de 2014, la Inspección de Persona Jurídica, aconseja que, habiéndose cumplimentado con los requerimientos formulados, se apruebe la modificación estatuaria traída a consideración;
Que, del mismo modo, interviene el Subsecretario Legal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, sin observaciones que formular al respecto;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:

ARTÍCULO 1°: Apruébese la reforma del Estatuto Institucional del Colegio de Ingenieros Especialistas de la Provincia de Santa Fe -Distrito 1- (Ley 11.291), introducida por Asamblea de fecha -16 de mayo de 2013, el cual como Anexo Único forma parte del presente. Ver más