Resolución SRT 13/2018 Aplicaciones Informáticas para Aviso de Inicio, Extensiones, Suspensiones y/o Reanudaciones de Obra

Resolución SRT 13/2018 Aplicaciones Informáticas para Aviso de Inicio, Extensiones, Suspensiones y/o Reanudaciones de Obra

Boletín Oficial Resolución SRT 13/2018: Aplicaciones Informáticas para Aviso de Inicio, Extensiones, Suspensiones y/o Reanudaciones de Obra

Anexo Resolución SRT 13/2018: Aplicaciones Informáticas para Aviso de Inicio, Extensiones, Suspensiones y/o Reanudaciones de Obra

Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-40683440-APN-SMYC#SRT, las Leyes Nº 19.549, 19.587, N° 24.557, N° 25.506, los Decretos N° 911 de fecha 05 de agosto de 1996, N° 1.057 de fecha 11 de noviembre de 2003, N° 378 de fecha 27 de abril de 2005, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 051 de fecha 07 de julio de 1997, N° 035 de fecha 31 de marzo de 1998, N° 319 de fecha 09 de septiembre de 1999, N° 552 de fecha 07 de diciembre de 2001, N° 497 de fecha 01 de septiembre de 2003, N° 743 de fecha 21 de noviembre de 2003, Nº 37 de fecha 14 de enero de 2010, N° 550 de fecha 26 de abril de 2011, N° 503 de fecha 12 de marzo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo dispuesto por el artículo 36 de la Ley Nº 24.557, corresponde a esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) regular y supervisar el sistema instaurado en dicha ley.

Que a efectos de optimizar el funcionamiento integral de dicho sistema, esta S.R.T. dictó sendas normas, a través de las cuales se exige a los empleadores cierta información, a ser presentada ante las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T).

Que a su vez, las A.R.T. tienen la obligación de informar y/o remitir dicha información a esta S.R.T., si fueran requeridos.

Que en este sentido, a través de las Resoluciones N° 051 de fecha 07 de julio de 1997, N° 035 de fecha 31 de marzo de 1998, N° 319 de fecha 09 de septiembre de 1999, N° 552 de fecha 07 de diciembre de 2001, N° 550 de fecha 26 de abril de 2011 y N° 503 de fecha 12 de marzo de 2014, se establecieron obligaciones en materia de construcción, estipulándose además el plazo para la entrega del Aviso de Obra por parte de los empleadores obligados a sus A.R.T. y el plazo que éstas tienen para comunicarlo a esta S.R.T..

Que mediante las Resoluciones S.R.T. N° 497 de fecha 01 de septiembre de 2003 y N° 743 de fecha 21 de noviembre de 2003, se fijó el funcionamiento del Registro de Difenilos Policlorados y del Registro Nacional para la Prevención de Accidentes Mayores.

Que por su parte, la Resolución S.R.T. N° 37 de fecha 14 de enero de 2010, estableció que los empleadores afiliados deben suministrar a la A.R.T., al momento de la afiliación o de la renovación del contrato, la nómina de trabajadores expuestos (N.T.E.) a cada uno de los agentes de riesgos, tornándose necesaria la creación de un formulario a fin de unificar la información allí vertida.

Que desde la sanción de las resoluciones antes citadas, el ESTADO NACIONAL ha propiciado distintos programas tendientes a la modernización de la Administración Pública, mediante iniciativas de transformación, innovación, mejora continua e integración de los procesos. Ver más

Resolución SRT 9/2018: PROCEDIMIENTO PARA EL RECHAZO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES

Resolución SRT 9/2018: PROCEDIMIENTO PARA EL RECHAZO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES

Boletín Oficial Resolución SRT 9/2018: PROCEDIMIENTO PARA EL RECHAZO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES

Anexo Resolución SRT 9/2018: PROCEDIMIENTO PARA EL RECHAZO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES

Ciudad de Buenos Aires, 11/10/2018

VISTO el Expediente EX-2018-42556640-APN-GACM#SRT, las Leyes N° 24.241, N° 24.557, N° 26.529, N° 26.773 y N° 27.348, los Decretos N° 658 de fecha 24 junio de 1996, N° 717 de fecha 28 de junio de 1996, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 840 de fecha 22 de abril de 2005, N° 463 de fecha 11 de mayo de 2009, N° 37 de fecha 14 de enero de 2010, N° 179 de fecha 21 de enero de 2015, N° 613 de fecha 1 de noviembre de 2016, N° 475 de fecha 20 de abril de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo (L.R.T.) establece la obligación de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) de brindar prestaciones en especie y dinerarias a aquellos trabajadores incapacitados laboralmente, ya sea en forma temporaria o permanente.

Que por su parte, el artículo 30 de la citada ley dispone que aquellos empleadores que hubiesen optado por el régimen de autoseguro deberán cumplir con las obligaciones que la ley pone a cargo del empleador y a cargo de las A.R.T..

Que a su vez, la Ley N° 26.773 sobre el Régimen de Ordenamiento de la Reparación de los Daños Derivados de los Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales constituye como objetivo, la cobertura de los daños derivados de los riesgos del trabajo con criterios de suficiencia, accesibilidad y automaticidad de las prestaciones dinerarias y en especie establecidas para resarcir tales contingencias.

Que el artículo 1° del Decreto Reglamentario N° 717 de fecha 28 de junio de 1996 establece que, el empleador está obligado a denunciar a la Aseguradora, inmediatamente de conocido, todo accidente de trabajo o enfermedad profesional que sufran sus dependientes, y que asimismo, también podrá efectuar la denuncia el propio trabajador, sus derechohabientes o cualquier persona que haya tenido conocimiento. Ver más

Derrumbe: imágenes desnudan falta de control

Libres los principales imputados por las muertes en el derrumbe, la controversia por las responsabilidades ante la tragedia se reavivan. Análisis de los elementos de seguridad y los requisitos en una obra de la magnitud del “acueducto de Huaico”.

 

Lo primero a tener en cuenta es que según las distintas organizaciones dedicadas a la regulación de la seguridad y salud ocupacional, en las obras civiles, los derrumbes se encuentran entre los accidentes con fatalidad más comunes. Ver más

La seguridad laboral española, a la cola en los índices europeos

España registra algunas de las peores cifras de siniestralidad laboral de la Unión Europea. Los datos más recientes de Eurostat (publicados en 2015) aseguran que España ocupa el cuarto puesto en accidentes mortales y el tercero en número de incidentes graves. En concreto, el pasado año registró casi 500 muertes y más de 3.900 accidentes que implicaron más de cuatro días de baja.

Uno de los últimos informes de la oficina estadística de la UE, Eurostat, publicado en 2015, plasma un déficit en materia de prevención de riesgos laborales en España. “Los 28 países que conformamos la Unión Europea sumamos 3.739 accidentes mortales y 2,3 millones de incidentes graves. En la primera lista negra, España ocupa el cuarto puesto de toda la Unión, y el tercero en el caso de los accidentes de gravedad”, comenta Ismael Sánchez-Herrera, presidente de la Asociación de Especialistas en Prevención y Salud Laboral (Aepsal).

Año tras año, las cifras de siniestralidad laboral en España van creciendo. Según datos del Ministerio de Trabajo, entre enero y junio de 2018 se contaron más de 650.000 accidentes laborales, de los cuales 300.000 fueron con baja, cifras muy parejas a las recabadas en el mismo periodo de 2017.

Sin embargo, en el cómputo global del pasado ejercicio, España registró más de 1,3 millones de accidentes laborales, de los cuales 596.000 fueron con baja. En este bloque, más de 3.900 tuvieron un carácter grave (que implica más de cuatro días de baja) y casi 500 repercutieron en el fallecimiento del trabajador. Ver más

Familia Insaurralde: “Techint prefiere pagar por obreros muertos antes que perder producción”

La hermana y el cuñado de Rubén, el trabajador fallecido el 10 de agosto en Ternium-Siderar de Ensenada, cuentan con dolor y bronca cómo y por qué murió el joven ingeniero.

Rubén Insaurralde era ingeniero mecánico. El viernes 10 de agosto estaba en el comedor de la planta de Ternium Siderar (Grupo Techint) ubicada en Ensenada. Faltaban 15 minutos para las dos de la tarde y su turno terminaba. Alguien le pidió que revise un puente grúa. Él accedió, aunque no le correspondía.

Minutos después, ante los ojos atónitos de sus compañeros, su vida se terminaba. El arnés que debía protegerlo ante una caída, generó su muerte. Tenía las manos engrasadas. Ver más

Exclusivo BBC: las terribles y silenciosas muertes de decenas de personas dentro de depósitos de granos en Brasil

Los ayudantes Edgar Jardel Fragoso Fernandes, de 30 años, y João de Oliveira Rosa, de 38, estaban comenzando su jornada laboral en un almacén de granos cuando les pidieron que desatascaran un depósito lleno de soja.

El efecto «arena movediza» es una de las principales causas de la muerte por soterramiento en los depósitos de granos.

Era abril de 2017, cuando una enorme cosecha confirmaba las previsiones de que Brasil tendría la mayor producción de soja de su historia.

Qué es el «karoshi», la muerte por exceso de trabajo que en Japón es un problema de salud pública

Sin embargo, cuando los obreros estaban tratando de destrabar el conducto que permitía la salida de la soja del armazón, sufrieron un accidente y quedaron sepultados por varias toneladas de granos.

Los dos murieron al instante.

Y como ellos, una investigación exclusiva de BBC News Brasil reveló que, desde 2009, al menos 106 personas han muerto en silos donde se almacenan granos, la mayoría después de quedar enterrados. Ver más