Los hechos se remontan a 2018 y CCOO denuncia que, «en gran número de ocasiones», hay mutuas que «intentan ocultar» el origen profesional de este tipo de dolencias.
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha reconocido como accidente de trabajo un ataque de ansiedad sufrido por una trabajadora de la residencia de personas mayores San Andrés de Eibar y, por ello, establece que ha de ser la mutua Fraternidad quien ha de hacerse cargo de la prestación económica derivada del mismo, según ha informado CCOO de Euskadi.
Según ha explicado el sindicato, la trabajadora sufrió un ataque de ansiedad en su puesto de trabajo como auxiliar de enfermería de la residencia. El citado ataque de ansiedad le sobrevino al verse involucrada en una discusión entre otra compañera y una supervisora. La auxiliar tuvo que acudir a urgencias y permanecer de baja durante aproximadamente mes y medio, entre agosto y octubre de 2018.
CCOO ha señalado que la mutua Fraternidad, responsable de las contingencias profesionales en la empresa, y a la que la trabajadora acudió a recibir el tratamiento pertinente, «no quiso hacerse cargo del citado tratamiento ni de la prestación económica por accidente de trabajo, intentando ocultar que el periodo de baja que se iniciaba estaba relacionado con las condiciones de trabajo».
Según CCOO, la sentencia considera «incuestionable» que el origen de la baja médica «ha de ser necesariamente laboral al haberse producido en tiempo y lugar de trabajo, aunque no se hayan producido lesiones corporales físicas debidas a una acción súbita o violenta, acción con la que puede en un principio identificarse el accidente de trabajo en su sentido más clásico».
La resolución judicial hace constar, además, que «no hay nada que haga pensar que la trabajadora tenga una personalidad sensible o padezca cualquier patología previa que pudiese desvirtuar la relación del ataque de ansiedad con circunstancias del entorno de trabajo», subraya el sindicato.
El sindicato ha considerado que, en un gran número de ocasiones, hay mutuas que «intentan ocultar» el origen profesional de este tipo de dolencias, argumentando que «no ha existido hecho causal súbito que actúe como desencadenante del accidente de trabajo». «Pretenden argumentar que si no hay golpe, caída, atrapamiento o similar, tampoco puede haber accidente de trabajo, lo que tanto esta sentencia como la propia legislación desmienten», ha añadido.
Por ello, CCOO ha hecho un llamamiento a todas las personas trabajadoras que sufran este tipo de episodios a que acudan en primer lugar a su mutua correspondiente para que se tramite la baja por accidente laboral, y al propio sindicato si la mutua «pretende ocultar el origen profesional de la dolencia».