Decreto 282/2021 Pcia. Santa Fe: Apruébese la reglamentación de la Ley Provincial 14.003 (Ley 14.003 Adhiere a la Ley nacional 27.348 Complementaria de la Ley de Riesgos del Trabajo)

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”

VISTO:

El expediente Nº 01601-0100313-0 del registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad por el cual se promueve la reglamentación de la Ley Provincial Nº 14.003 de Adhesión a la Ley Nacional Nº 27.348 – Complementaria de la Ley nacional Nº 24.557 de Riesgos del Trabajo-; y

CONSIDERANDO:

Que por Ley Provincial Nº 14.003 la Provincia de Santa Fe, ha adherido a la Ley nacional Nº 27.348 “Complementaria de la Ley de Riesgos del Trabajo” en su Título 1, de conformidad a lo dispuesto por sus artículos 1º, 2ºy 3º estableciendo condiciones particulares de adhesión;

Que se ha celebrado en fecha 06 de abril de 2021 convenio de colaboración y coordinación entre el Poder Ejecutivo Provincial y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo a los fines de que las Comisiones Medicas Jurisdiccionales instituidas por el artículo 51º de la Ley Nº 24.241, actúen en la provincia de Santa Fe como instancia prejurisdiccional;

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Resolución SRT 20/2021: Cese de la Incapacidad Laboral Temporaria

Ciudad de Buenos Aires, 14/04/2021

VISTO el Expediente EX-2021-30921946-APN-SAT#SRT, las Leyes N° 24.241, N° 24.557, N° 26.425, N° 26.773, N° 27.348, N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus prórrogas, Nº 367 de fecha 13 de abril de 2020, N° 167 de fecha 11 de marzo de 2021, los Decretos Nº 1.883 de fecha 26 de octubre de 1994, N° 659 de fecha 24 de junio de 1996, Nº 717 de fecha 28 de junio de 1996, Nº 2.104 y Nº 2.105 ambos de fecha 04 de diciembre de 2008, N° 49 de fecha 14 de enero de 2014, la Resolución del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN (M.E.) N° 108 de fecha 15 de marzo de 2020, las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.) N° 207 de fecha 16 de marzo de 2020 y N° 296 de fecha 02 de abril de 2020, las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DE TRABAJO (S.R.T.) N° 1.378 de fecha 21 de septiembre de 2007, N° 179 de fecha 21 de enero de 2015, N° 298 de fecha 23 de febrero de 2017, N° 886 de fecha 22 de septiembre de 2017, Nº 38 de fecha 09 de mayo de 2018, N° 19 de fecha 7 de noviembre de 2018, N° 33 de fecha 27 de diciembre de 2018, N° 48 de fecha 25 de junio de 2019, Nº 44 de fecha 15 de mayo de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020, se amplió en el país la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (O.M.S.) en relación con el Coronavirus COVID-19.

Que en el marco de dicha emergencia sanitaria y con el fin de proteger la salud pública, mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus prórrogas, se estableció para todas las personas que habitan en el Territorio Nacional o se encuentren en él en forma temporaria, la medida de “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio” avanzando hacia un principio de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio”, en donde no se verifique la “transmisión comunitaria” del virus SARS-CoV-2 y se cumpla con los parámetros epidemiológicos y sanitarios establecidos en la norma.

Que las Resoluciones del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN (M.T.E. Y S.S.) N° 207 de fecha 16 de marzo de 2020 y N° 296 de fecha 02 de abril de 2020, suspendieron el deber de asistencia al lugar de trabajo de todos los trabajadores y trabajadoras incluidos en los grupos de riesgo por la autoridad sanitaria nacional y de quienes se encuentren a cargo del cuidado de niños, niñas o adolecentes mientras dure la suspensión de clases en las escuelas establecida por Resolución del MINISTERIO DE EDUCACIÓN DE LA NACIÓN (M.E.) N° 108 de fecha 15 de marzo de 2020.

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Resolución SRT 19/2021: Derógase la Resolución SRT 90/2019

Ciudad de Buenos Aires, 13/04/2021

VISTO el Expediente EX-2019-94683696-APN-GACM#SRT, las Leyes N° 19.549, N° 24.241, N° 24.557, N° 27.348, N° 27.541, los Decretos de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y su prórroga, N° 297 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus prórrogas, los Decretos N° 1.759 de fecha 03 de abril de 1972 (t.o. 2017), N° 298 de fecha 19 de marzo de 2020 y sus prórrogas, las Resoluciones de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 179 de fecha 21 de enero de 2015, N° 298 de fecha 23 de febrero de 2017, N° 4 de fecha 11 de enero de 2019, N° 90 de fecha 7 de noviembre de 2019, N° 4 de fecha 5 de febrero de 2021, N° 9 de fecha 5 de marzo 2021, la Disposición de la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas (G.A.C.M.) N° 2 de fecha 28 de enero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 51 de la Ley N° 24.241, sustituido por el artículo 50 de la Ley N° 24.557, dispuso la actuación de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y la Comisión Médica Central -como instancia recursiva-, en el ámbito del Sistema de Riesgos del Trabajo.

Que el artículo 21, apartado 1, inciso a) de la Ley N° 24.557 establece que dichas comisiones serán las encargadas de determinar la naturaleza laboral del accidente o profesional de la enfermedad, el carácter y grado de la incapacidad y el contenido y alcances de las prestaciones en especie.

Que posteriormente, la Ley N° 27.348 determinó que la intervención de las Comisiones Médicas Jurisdiccionales y del Servicio de Homologación constituido en tal esfera, así como la de revisión de la Comisión Médica Central o de la justicia ordinaria laboral, constituyen las instancias para la tramitación de los reclamos derivados del Sistema de Riesgos del Trabajo.

Que, en ese contexto, mediante la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 90 de fecha 7 de noviembre de 2019, se aprobó el “Procedimiento ante la Comisión Médica Central, para los trámites regulados en las Resoluciones S.R.T. N° 179 de fecha 21 de enero de 2015 y N° 298 de fecha 23 de febrero de 2017”.

Que dicha resolución entraría en vigencia el 1° de febrero de 2020, encomendándose a la Gerencia de Administración de Comisiones Médicas (G.A.C.M.) la coordinación de las acciones tendientes a la implementación de los procesos y recursos necesarios para materializar la operatividad del procedimiento regulado en su Anexo IF-2019-100068887-APN-SRT#MPYT.

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Policía de Cipolletti fue embestida cuando regresaba a su casa y la ART deberá cubrir el accidente laboral

Una agente de la policía de Río Negro que prestaba funciones en Cipolletti fue embestida cuando se movilizaba en moto desde la comisaría a su domicilio particular. El incidente ocurrió en inmediaciones de González Larrosa y Dante Alighieri y de las pericias surgió que la mujer arrastrará, como consecuencia del episodio, una incapacidad permanente.

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Condenan a San Isidro por accidentarse un trabajador

La justicia provincial ratificó la responsabilidad solidaria del Municipio de San Isidro con el obrero. En un hecho que ocurrió durante la construcción del edificio municipal. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso presentado por la comuna, que pretendió desentenderse de los daños sufridos por un albañil que participaba en la construcción del edificio municipal, aludiendo que se contrató a una empresa para la concreción de la obra. El Superior Tribunal de Justicia, mediante Sentencia Laboral N°43/21 rechazó el recurso presentado por la Municipalidad de San Isidro contra el fallo de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Laboral de Goya que hizo lugar a la demanda de daños y perjuicios presentada por un trabajador.

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Quedó en bancarrota y se lanzó a un horno con metal fundido

Se dieron cuenta de lo que había hecho el hombre tras revisar grabaciones de cámaras de seguridad.

El hombre decidió quitarse la vida tras perder millonaria suma de dinero. 
Foto: Youtube Mr Tay

Tras quedar en bancarrota por perder mucho dinero en el mercado de valores, un obrero de una siderúrgica, de 34 años, se suicidó lanzándose a un horno con metal fundido.

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